jueves, 21 de abril de 2011
Bravo de Laguna y otros dos concejales deberán abonar los costes que pagó el Ayuntamiento por una demanda - La Sala estima que la defensa es personal.
El alcalde de Santa Brígida, Lucas Bravo de Laguna (PP), y los concejales de Los Verdes Amalia Bosch y Emilio Ventura tendrán que costear de sus bolsillos la demanda que interpusieron y perdieron contra la edila Victoria Casas (CC), según la sentencia del titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Las Palmas, Alfonso Silos López de Haro.
Los tres miembros citados del grupo de gobierno interpusieron una demanda contra Casas por entender que algunos internautas que entraron en su blog virtual hicieron comentarios insultantes e injuriosos sobre ellos. En primera instancia el Juzgado dio la razón a los demandantes, pero un recurso de la concejala nacionalista revocó el fallo.
Asunto personal
Posteriormente, la concejala Casas presentó una demanda contra los tres (alcalde, primera teniente de alcalde y concejal de Tráfico) por entender que la denuncia contra ella no podía ser costeada por el Ayuntamiento de Santa Brígida, como así fue, sino que tenía que haberla pagado cada uno individualmente "puesto que no se trataba de un asunto corporativo institucional, sino de índole personal".
El juez señala en su fallo que, "considerando la anterior doctrina sobre la naturaleza del derecho al honor en los cargos públicos de carácter político, así como del hecho de que el derecho que se trataba de defender con la interposición de la demanda civil es de naturaleza eminentemente personal, de carácter subjetivo, íntimamente ligado a la persona, en ningún caso puede entenderse que se está tratando de defender el interés público del Ayuntamiento".
La sentencia recuerda también que los cargos públicos "están sometidos a las críticas de la opinión pública, que a veces pueden ser más o menos agresivas", y añade que, aunque tienen derecho a defender su honor en los tribunales, tiene que ser "partiendo del hecho de que deben ser equiparados a todos los efectos a un particular, en consecuencia no está justificado el uso de los fondos del Ayuntamiento para tratar de proteger un derecho estrictamente personal y no general".
El magistrado afirma que el derecho al honor "trasciende del cargo público que ejercen, por mucho que las expresiones emitidas en el blog se hayan proferido como consecuencia de sus actuaciones políticas y que como destaca el Tribunal Constitucional pueden defender como un particular más, sin que el Ayuntamiento deba asumir el coste de la defensa jurídica".
Etiquetas:
AYTO. DE STA. BRÍGIDA,
JUSTICIA
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