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martes, 12 de enero de 2016
SENTENCIA DEL TSJ DE CATALUÑA - Estrés laboral
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
EL ECONOMISTA
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña ha declarado como accidente laboral el suicidio de un empleado de una entidad financiera y, en consecuencia, ha condenado a la mutualidad a pagar una prestación de viudedad y de orfandad a su esposa e hija.
La sentencia de Primera Instancia consideró demostrado que el trabajador se encontraba inmerso en un trastorno psíquico provocado por la apertura de un expediente disciplinario por parte de la entidad financiera para la que trabajaba.
El empleado había revelado unos datos confidenciales, vulnerando así el secreto profesional, lo que podía conllevar su despido e, incluso, suponer la adopción de una acción penal contra él. Cuatro días después de la apertura del expediente, y tras consultar con un abogado las posibles consecuencias de su situación, el trabajador se quitó la vida.
Los recursos presentados por la mutualidad y la entidad financiera contra la sentencia del juzgado de lo Social de Barcelona alegaban una interpretación errónea del artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y la jurisprudencia que lo interpreta.
Argumentaban que el suicidio no aconteció ni en tiempo ni en el lugar de trabajo -se produjo a las 19 horas y la jornada laboral había finalizado a las 15 horas-. Asimismo, no consideraban acreditado que su actividad en la entidad financiera fuera la causa exclusiva de los hechos, y aseguraban que debía tenerse en cuenta el hundimiento psicológico provocado por la visita al abogado.
La sentencia del TSJ rechaza, sin embargo, los argumentos de las demandas. Se basa en la presunción de accidente laboral que establece el artículo 115.3 de la LGSS y en la doctrina del Tribunal Supremo (TS) que determina que, a pesar del carácter voluntario que tiene el suicidio, éste "a veces se produce por una situación de estrés o de trastorno mental" derivada de factores relacionados con el trabajo.
El ponente del fallo, el magistrado Sánchez Burriel, considera que "no cabe ninguna duda" del nexo existente entre el trastorno y la angustia que sufrió el trabajador tras la apertura del expediente y la decisión del trabajador.
Además, asevera que las recurrentes no han conseguido demostrar la existencia de factores ajenos al ámbito laboral que hubieran "actuado como agentes coadyuvantes de la decisión del causante" -que hubieran desactivado la presunción del artículo 115.3 de la LGSS-, ni constan "antecedentes psicológicos que permitan dar otra explicación a lo ocurrido".
Por todo ello, el TSJ catalán concluye que "el juzgador de instancia no produjo la infracción denunciada", rechaza los recursos de la mutualidad y la entidad financiera, y confirma las prestaciones de viudedad y orfandad.
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"COLECTIVO AUTÓNOMO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE" (CATT)
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MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO,
SUICIDIO
miércoles, 12 de febrero de 2014
El Tribunal Supremo acaba de aceptar, en su reciente sentencia de 26 de diciembre de 2013, que el accidente que tenga lugar en el desplazamiento desde domicilio a la residencia habitual del trabajador a efectos laborales es accidente in itinere (el que tiene lugar al ir o volver del puesto de trabajo) y que, por tanto, debe cubrirlo la mutua de accidentes que tenga contratada la compañía.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
El Supremo amplía mucho más el concepto de accidente 'in itinere'
ECOLEY
De este modo, el Alto Tribunal amplía los supuestos en que un accidente puede ser considerado in itinire, ya que, hasta ahora, sólo contemplaba aquel que tenía lugar entre el lugar de trabajo y el domicilio del trabajador. Ahora, tras este fallo, incluye también lugares de residencia distintos de la residencia principal del trabajador.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Desdentado Bonete, se suma a la amplia jurisprudencia que debate si un siniestro constituye o no accidente in itinere, regulado por el artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
En el caso, el trabajador accidentado se desplazaba los fines de semana 350 kilómetros para volver a su domicilio familiar, y sufrió un accidente de tráfico en el trayecto de vuelta, en la madrugada de domingo al lunes, pues el lunes tenía que trabajar a las 8.00 de la mañana.
Abandono de criterios más estrictos
Con este fallo, el Supremo revisa los criterios más estrictos manejados hasta ahora para determinar cuándo un accidente debe considerarse in itinere. Ahora, señala que casos como el enjuiciado no quedan fuera del artículo 115 porque "el domicilio del que se parte es el domicilio propiamente dicho, donde se tiene la residencia -aunque sea laboral-, que persiste aunque por razones de trabajo ésta se traslade temporalmente a otro lugar".
Asimismo, presta atención a "la concurrencia de un elemento intencional, de querer continuar residiendo en el domicilio, intención que se manifiesta en la vuelta periódica al mismo cuando las obligaciones del trabajo lo permiten".
Evolución de la organización de trabajo
Y es más, asegura la sentencia que esta nueva concepción del accidente in itinere trae causa de "la evolución de las nuevas formas de organización del trabajo y de la propia distribución de éste en el hogar familiar que determinan unas exigencias de movilidad territorial que no pueden ser desconocidas por los intérpretes del derecho".
Así, y como señalaba la sentencia de contraste, "el hecho de que el trayecto fuera de la residencia familiar a la residencia habitual de los días de trabajo y que tal desplazamiento se realizara para descansar en esta última residencia antes de incorporarse al trabajo no rompe el nexo causal entre domicilio y el trabajo y, por tanto, el accidente debe ser calificado como in itinere".
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"COLECTIVO AUTÓNOMO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE" (CATT)
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jueves, 10 de enero de 2013
Accidente de trabajo
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Accidente_de_trabajo
Un accidente de trabajo es el que sucede al trabajador durante su jornada laboral o bien en el trayecto al trabajo o desde el trabajo a su casa. En este último caso el accidente recibe el nombre de in itinere.
A partir de 2005, la definición de accidente laboral también incluye a los trabajadores autónomos que previamente así lo soliciten a laSeguridad Social y abonen las cuotas sociales correspondientes.
Es por tanto necesario que se cumplan las siguientes características:
- Lesión corporal, que puede ser física o psíquica.
- Que el trabajador sea por cuenta ajena o esté dado de alta en la contingencia de accidente de trabajo como autónomo por cuenta propia.
- También se extiende el concepto a los trabajadores socios de sociedades mercantiles.
- Que el accidente con ocasión o por consecuencia del trabajo.
Se consideran asimismo laborales en España, a diferencia del resto de los países del entorno:
- Los accidentes que ocurren al ir o volver del trabajo. Denominados accidentes in itinere.
- Es necesario para considerar in itinere un accidente laboral que se haya producido entre el domicilio habitual del trabajador y el puesto de trabajo. No se considerará accidente laboral, si se producen interrupciones en el camino para realizar actos ajenos al trabajo o se dirige desde el trabajo a lugares distintos del domicilio habitual.
- Los que desempeñe el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical o de gobierno de las entidades gestoras, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en el que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.
- Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aún siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecuta el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.
- Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.
- Las enfermedades que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre y cuando se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la realización del mismo y no esté catalogada como enfermedad profesional.
- Las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
- Los infartos de miocardio, trombosis, hemorragias cerebrales o similares cuando se producen a causa o consecuencia del trabajo.
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MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
martes, 15 de mayo de 2012
Las "ausencias justificadas" serán motivo de despido.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
LA MUTUAS PRIVADAS EXPEDIRÁN LAS BAJAS POR ENFERMEDAD
CANARIAS SEMANAL
"Hasta siete facultativos pueden intervenir para dar de alta a un trabajador". "Los expertos piden mayor protagonismo de las mutuas en las altas y las bajas". "La ministra de Empleo ha legislado para acabar con el fraude del absentismo laboral". Con tan terminantes y sesgados juicios ha comenzado a presentar la prensa del establishment la última contrarreforma implementada por el Ejecutivo Rajoy en el mercado de trabajo español.
El objetivo de la misma no es original. Se trata, una vez más, de aumentar los beneficios de las grandes empresas rebajando los "costes laborales". En este caso, sin embargo, el ahorro se efectuará negando de facto el derecho a mantener un puesto de trabajo cuando se sufra una enfermedad de relativa duración. Aprobando, en definitiva, el "despido por enfermedad".
El Ejecutivo Rajoy también rebajará el tiempo que las empresas deben hacerse cargo del coste de la bajas laborales y aumentará el papel de las mutuas privadas en las gestión de las mismas. Medidas todas ellas que habían sido insistentemente reclamadas por la patronalCEOE y Cepyme.
BAÑEZ APRUEBA QUE SE PUEDA DESPEDIR "AUNQUE LA AUSENCIA SEA JUSTIFICADA"
Con el aplauso unánime de estos lobbys empresariales el Ministerio de Empleo encabezado por Fátima Báñez, en efecto, ha legislado. Pero no para "acabar con el fraude"de quienes pudieran fingir enfermedades para no acudir a sus puestos de trabajo, sino para que sea posible echar sin ningún tipo de freno a un trabajador con bajas justificadas. A partir de ahora, será procedente despedir a quienes no acudan a su puesto de trabajo un 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos en un periodo de doce meses, "aunque la ausencia haya sido justificada". Es decir, aunque la más grave enfermedad diagnosticada por un médico especialista sea la causa de estas ausencias.
MAYOR NEGOCIO PARA LAS MUTUAS PRIVADAS. EL PP PROFUNDIZA EN EL CAMINO ABIERTO POR FELIPE GONZÁLEZ
La contrarreforma del Gobierno del PP no solo abre las puertas para que los empresarios se puedan deshacer, sin ningún problema, del trabajador que haya cometido el terrible pecado de enfermar. También establece nueva rebajas a la aportación que las empresas realizan para cubrir las bajas aprobadas, para lo cual se disminuirá el tiempo que tienen que hacerse cargo del coste de las mismas. Actualmente se ocupan económicamente de las bajas entre el cuarto y el decimoquinto día, mientras que después se hace cargo la Seguridad Social.
Pero el proyecto del Ejecutivo Rajoy va mucho más allá. En diciembre de 1995, el Ejecutivo de Felipe González aprobaba el Real Decreto 1993/1995 que abría el camino para que las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales comenzaran a gestionar la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes. Desde entonces, estas empresas han pugnado para conquistar nuevas cuotas de mercado ocupando el lugar de los profesionales médicos del Servicio Nacional de Salud.
Las mutuas, como las clínicas y los centros de salud concertados, reciben fondos públicos, pero son compañías privadas integradas en la patronal. Sus clientes son las propias empresas interesadas en que sus trabajadores no reciban bajas, por justificadas que éstas puedan estar médicamente, que puedan alterar mínimamente sus cuentas de resultados.
Leire Txakartegi, responsable de Salud Laboral en la Ejecutiva del sindicato ELA - denuncia esta supeditación de lo público a lo privado, alertando de que "en el fondo están acercando la opción de la privatización del sistema de la Sanidad, lo que es malo no solo en general para la sociedad, sino para los trabajadores en particular, porque se utiliza la salud con criterios económicos".
Adolfo Muñoz, secretario general de este sindicato, se muestra igualmente contundente a este respecto. "Las mutuas -concluye Muñoz- se ponen al servicio de los empresarios en contra de la salud de los trabajadores. Solo quieren el negocio".
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despido,
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MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
lunes, 14 de mayo de 2012
LEY DE MUTUAS - Hasta siete médicos pueden llegar a intervenir para dar el alta a un trabajador.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
¿Hacen falta hasta siete médicos para dar de alta a un trabajador?
EL ECONOMISTA
Los expertos creen que se debe rebajar el tiempo que las empresas tienen que pagar el coste de la baja.
Ni uno, ni dos, ni tres... hasta siete facultativos pueden intervenir para dar de alta a un trabajador, aunque quien tiene la última palabra es el médico de Atención Primaria. Una cifra que se podría reducir si la futura Ley de Mutuas concediera a éstas un mayor protagonismo. Una de las reivindicaciones es que se las permita dar tanto las altas como las bajas.
Pero el tiempo es oro para las empresas, que ven cómo sus costes laborales crecieron un 1,6% en el último trimestre de 2011, al tiempo que sus ingresos merman. Por ello, en opinión de los expertos, la ley debería, además, rebajar el tiempo que las compañías tienen que hacerse cargo del coste de la baja. Actualmente se ocupan económicamente de las bajas entre el cuarto y el decimoquinto día, después se hace cargo la Seguridad Social. Además, "las Mutuas han demostrado su eficacia", opina Javier Blasco, director jurídico y de prevención de Adecco.
Una de las losas de las empresas españolas es el absentismo laboral. La ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha legislado para acabar con este fraude, que representa la primera causa de pérdida de productividad en nuestro país. Aproximadamente, un millón de personas faltan a su puesto de trabajo a diario, lo que traducido en cifras representa la cifra nada desdeñable de 64.000 millones de euros. Desde la patronal de los empresarios han calculado que el fraude por absentismo laboral derivado de la enfermedad común y los accidentes no laborales está entre un 20% y un 30%.
Se acabó el 'picoteo'
Báñez ha desvinculado el absentismo colectivo del individual. Es decir, los absentistas profesionales ya no pueden diluir sus ausencias en las del resto de la plantilla. De modo que es procedente despedir a quien no acuda a su puesto de trabajo un 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos en un periodo de doce meses, aunque la ausencia haya sido justificada. Esto quiere decir que la empresa puede valorar cada caso en concreto.
El exsecretario de Estado de Seguridad Social Octavio Granado opina que la reforma laboral "ha resuelto el problema del mal uso de las bajas", pero lamenta que "lo que en términos colectivos era razonable, en términos individuales se presta al abuso". "Es una regulación excesiva", sentencia. Sin embargo, para Blasco, "el Ministerio ha afinado para acabar con ese picoteo de bajas de corta duración".
El problema puede ser más simple de solucionar. Granado apunta en dos direcciones. De un lado, opina que se trata de "buscar un sistema retributivo que incentive el trabajo" porque si se cobra igual por ir al trabajo que por quedarse en casa, la gente se va a quedar en casa, considera el exsecretario de Estado. De momento, del primer al tercer día de baja, el trabajador asume la carga económica. Sin embargo, recuerda Granado, "el 95% de los convenios establece que la empresa paga". Por lo tanto, se trata de un problema de organización.
En este sentido, para la patronal "se deberían incluir en los convenios colectivos cláusulas que desincentiven el absentismo laboral para lo que también habrían de reducirse o eliminarse las mejoras sobre la prestación económica por ITCC que las empresas pagan en gran parte de los casos en los procesos de baja por ITCC".
Demasiadas bajas en Sanidad
Por otro lado, Granado habla de la reclasificación profesional. Paradójicamente, la sanidad es el sector en el que más bajas se producen. "Un médico de más de 60 años tiene las mismas labores que un joven", lo que provoca que esa carga deteriore su salud, mientras que en sectores como la construcción, por ejemplo, a medida que avanza la edad de los trabajadores, se les va recolocando en puestos diferentes. "No se verá a un albañil que haya cumplido ya los 64 años subido a un andamio. Le pondrán a hacer otras funciones", explica Granado.
Las bajas ya no son un refugio
El exsecretario de Estado de la Seguridad Social recuerda que España era uno de los países en los que se producían más bajas hasta el año 2006. Un liderazgo que tenía un precio para la Seguridad Social: 12 de cada cien euros. Ahora, ese coste se ha conseguido reducir a la mitad. Al mismo tiempo, consideran desde Adecco, se están infravalorando los recursos de los que disponen las mutuas".
En concreto, se estableció que las bajas superiores a los 18 meses, así como las bajas reincidentes, fueran concedidas por los facultativos de la Seguridad Social y no de Atención Primaria.
"Comenzamos a corregir esta tendencia antes de la crisis", eso explica la caída de las bajas durante el periodo de recesión. Todo lo contrario de lo que ocurrió en la década de los 90, cuando para blindarse ante los despidos, los empleados optaban por forzar una baja. "Se convirtieron en una prestación-refugio", recuerda el exsecretario de Estado de Seguridad Social a este periódico.
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CRISIS ECONÓMICA,
MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
viernes, 20 de enero de 2012
270 millones de trabajadores son víctimas de accidentes laborales en el mundo.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
EL "IMPUESTO DE SANGRE" QUE PAGAN LOS ASALARIADOS
CANARIAS SEMANAL
Como si de un documento clandestino se tratara, pasó desapercibido en los grandes medios de comunicación un informe revelador publicado por la Organización Internacional del Trabajo, (OIT) en el que se ponía de relieve que cada año en este planeta unos 270 millonesde asalariados son víctimas de accidentes de trabajo, y que 160 millones de ellos contraen enfermedades profesionales. Otra de las cifras escalofriantes que subrayaba el informe mencionado es que alrededor de 2 millones de trabajadores mueren en el ejercicio de su profesión cada año. Es decir, una media de 5.000 asalariados por día.
Pero lo tremendo de los datos es que el mismo informe subraya que estas cifras están muy por debajo de la realidad. Según la Caja Nacional del Seguro Médico de Francia, por ejemplo, el trabajo mata anualmente en ese país a 780 trabajadores. Más de dos asalariados por día. Durante el proceso de las primeras fases de la revolución industrial estas muertes eran denominadas "el impuesto de sangre" que tenía que pagar la clase trabajadora a cambio de salarios de miseria.
Pero lo tremendo de los datos es que el mismo informe subraya que estas cifras están muy por debajo de la realidad. Según la Caja Nacional del Seguro Médico de Francia, por ejemplo, el trabajo mata anualmente en ese país a 780 trabajadores. Más de dos asalariados por día. Durante el proceso de las primeras fases de la revolución industrial estas muertes eran denominadas "el impuesto de sangre" que tenía que pagar la clase trabajadora a cambio de salarios de miseria.
En Canarias, durante el pasado año se registraron 27.352 accidentes laborales, de los cuales 27.113 fueron leves, 219 graves y 20 mortales. Los sindicalistas de la CNT denunciaban hace escasas fechas que “la actual dinámica gubernamental de recortes” en los presupuestos destinados a la formación, vigilancia e inspección en prevención de riesgos laborales, así como “la postura empresarial de reducir los gastos en el equipamiento, control y mejora en seguridad”, supondrán un repunte en el número de accidentes y en la gravedad de los mismos en el curso de los proximos meses.
Pero la cuestión no consiste sólo en cuántos asalariados mueren durante su jornada de trabajo. De los sobrevivientes, cientos de miles finalizan su vida laboral desgastados y extenuados, sin poder disfrutar su jubilación con plenitud después de 40 ó 50 años de trabajo. Aunque la esperanza de vida ha aumentado considerablemente en los últimos decenios, la vida de un jubilado moderno se convierte en una auténtica explosión de enfermedades: afecciones cardiovasculares, depresiones, ataques cerebrales, artrosis, deficiencias sensoriales, demencia seniles… La mayoría de esas afecciones han sido provocadas por las condiciones que han rodeado su historia laboral.
Quizá por ello en este marco de avances tecnológicos sin precedentes, que objetivamente debería de servir para permitir a los seres humanos disfrutar plenamente de la última cuarta parte de su vida como premio a sus servicios a la colectividad, resulta especialmente repugnante la ofensiva generalizada del gran capital para ampliar la edad de jubilación tratando de retrotraerla a la existente en la primera mitad del siglo XX.
Pero la cuestión no consiste sólo en cuántos asalariados mueren durante su jornada de trabajo. De los sobrevivientes, cientos de miles finalizan su vida laboral desgastados y extenuados, sin poder disfrutar su jubilación con plenitud después de 40 ó 50 años de trabajo. Aunque la esperanza de vida ha aumentado considerablemente en los últimos decenios, la vida de un jubilado moderno se convierte en una auténtica explosión de enfermedades: afecciones cardiovasculares, depresiones, ataques cerebrales, artrosis, deficiencias sensoriales, demencia seniles… La mayoría de esas afecciones han sido provocadas por las condiciones que han rodeado su historia laboral.
Quizá por ello en este marco de avances tecnológicos sin precedentes, que objetivamente debería de servir para permitir a los seres humanos disfrutar plenamente de la última cuarta parte de su vida como premio a sus servicios a la colectividad, resulta especialmente repugnante la ofensiva generalizada del gran capital para ampliar la edad de jubilación tratando de retrotraerla a la existente en la primera mitad del siglo XX.
No resulta extraño, pues, que en Grecia, Italia, Alemania, Francia y España se estén multiplicado los paros y huelgas en protesta contra el desmantelamiento del sistema de jubilación. La patronal y sus portavoces en las instancias de poder argumentan que el peso de las pensiones se convertirá en una carga insoportable para el Estado. Pero, independientemente de las trampas que encierra esa argumentacion, hay que preguntarse: Si se considera "normal" que 2 millones de trabajadores pierdan su vida anualmente por accidentes de carácter laboral, ¿por qué se niegan con furia a considerar con la misma "normalidad" que las empresas participen en mayor medida en las pensiones de su personal? En la respuesta está la clave.
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LABORAL,
MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
jueves, 7 de abril de 2011
De entre las ayudas que concede, destaca la compensación económica por la pérdida de ingresos como consecuencia de un accidente de trabajo, la especial atención a los casos de gran invalidez, a la adaptación y rehabilitación de viviendas, a la adecuación de vehículos propios y a las ayudas familiares.
Asepeyo destina 459.265 euros en 294 ayudas a trabajadores por accidente laboral o enfermedad profesional en Canarias
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 7 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Comisión de Prestaciones Especiales de Asepeyo, órgano de participación que resuelve la concesión de ayudas de la Mutua, ha aumentado en un 374,19 por ciento el número de casos atendidos de trabajadores que han sufrido un accidente laboral o una enfermedad profesional en las Islas Canarias, con un total de 294 ayudas otorgadas y un importe de 459.265 euros durante 2010, un 226,70 por ciento más que en el ejercicio anterior.
En un comunicado, la entidad explicó que la Comisión promueve la integración social de las personas con una minusvalía causada por un accidente de trabajo o enfermedad profesional, y la sensibilización y el apoyo profesional mediante ayudas económicas.
De entre las ayudas que concede, destaca la compensación económica por la pérdida de ingresos como consecuencia de un accidente de trabajo, la especial atención a los casos de gran invalidez, a la adaptación y rehabilitación de viviendas, a la adecuación de vehículos propios y a las ayudas familiares.
Asimismo, Asepeyo comentó que teniendo en cuenta el contexto económico actual, y con el compromiso de atenuar dentro de sus posibilidades la situación de algunos trabajadores que han quedado con secuelas tras un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, la Comisión ha ampliado los tipos de ayudas sociales otorgadas.
Entre éstas figuran una ayuda anual a los pensionistas con gran invalidez, el coste de los gastos de familiares acompañantes por día de ingreso en el hospital, o la ayuda a los viudos y viudas de los trabajadores accidentados que tenían reconocida una incapacidad en grado de gran invalidez o absoluta.
En el conjunto de España, la Comisión de Prestaciones Especiales de Asepeyo ha destinado 10.569.264 euros en concepto de ayudas sociales a nivel nacional, cifra que supone un incremento del 64,5 por ciento respecto al importe otorgado en estos casos durante el año anterior.
En total, se han atendido 5.793 casos, un 101,2 por ciento más que en el 2009. De esta manera, Asepeyo sigue siendo la mutua que otorga cerca de la mitad de todas las ayudas del sector, mientras que para este año 2011, la Comisión cuenta con un presupuesto autorizado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración de 11.700.000 euros.
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MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
miércoles, 20 de octubre de 2010
EN EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
CANARIAS AHORA
Sin embargo la tasa de mortalidad ha aumentado respecto a 2009.
viernes, 17 de septiembre de 2010
Para el reconocimiento de este incentivo se exigirá un plan pactado, en el ámbito de la empresa, con la representación de los trabajadores.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional podrán compensar a las empresas que promuevan programas tendentes a mejorar las ... ampliar
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MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
viernes, 10 de septiembre de 2010
Se dedica a hacer de "policía o guardia pretoriana" del Servicio de Personal del ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
Derecho a enfermar sin coacciones
CANARIAS SOCIAL
Francisco González Tejera
Ibermutuamur, es una mutua con unos sospechosos y presuntos vínculos con el PSOE en las administraciones donde gobierna, siendo actualmente la mutua del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Donde curiosamente y a los pocos meses de ser nombrado alcalde, Jerónimo Saavedra, suspendieron el contrato con la Mutua Universal y por la vía rápida, sin contar con los representantes de los trabajadores, concertaron con Ibermutuamur las Contingencias Comunes de los más de 3000 empleados públicos de esta importante administración pública, siempre iluminados por el telón de fondo de unas más que jugosas cifras en dicha contratación, además de un alto grado de oscurantismo y nocturnidad en todos los trámites de este vergonzoso proceso.
martes, 7 de septiembre de 2010
... tras detectar irregularidades contables por una cuantía de seis millones de euros, y posteriormente lo despidió alegando motivos disciplinarios...

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
Declarado procedente el despido del anterior director gerente de la MAC
CANARIAS24HORAS
Tenerife/ El juzgado de lo social número 7 de Santa Cruz de Tenerife ha considerado procedente el despido del anterior director gerente de la Mutua de Accidentes de Canarias (MAC), Norberto Cejas, informó hoy el Ministerio de Trabajo. La Secretaría de Estado de la Seguridad Social suspendió en sus funciones hace un año a Cejas, tras detectar presuntas irregularidades contables por una cuantía de seis millones de euros, y posteriormente lo despidió alegando motivos disciplinarios.
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martes, 27 de abril de 2010
Este 28 de abril se celebra el Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo bajo el lema Por un trabjo sin víctimas.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
SB-Noticias.- Intersindical Canaria, ante el 28 de abril, día Internacional de la Seguridad y Salud en el trabajo, recuerda que en el mundo cada año se producen en el trabajo 1.100.000 muertos, 250 millones de accidentes, 686.000 diarios, 475 por minuto y 8 por segundo, siendo 160 millones los trabajadores/as que enferman en todo el mundo cada año debido a las condiciones insalubres e inseguras de su trabajo. En Canarias, durante el período febrero 2009-enero 2010, se produjeron 27.871 accidentes laborales, de los cuales 148 fueron graves y 19 fueron mortales.
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LABORAL,
MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
sábado, 27 de febrero de 2010
SINIESTRABILIDAD LABORAL.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
826 trabajadores fallecieron en accidente laboral en 2009
EL ECONOMISTA
Un total de 826 trabajadores fallecieron en accidente laboral en 2009, lo que supone 239 menos que en 2008, lo que en términos relativos implica un descenso en este tipo de siniestros del 22,4%.
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LABORAL,
MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
domingo, 3 de enero de 2010
"Tenemos que desarrollar y probar programas que enfoquen directamente la situación en el empleo de las personas con depresión".

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
RRHH Digital
Según un estudio que publica la revista American Journal of Health Promotion, el estrés psicológico en la oficina o en el puesto de trabajo puede hacer ... ampliar
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MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO
sábado, 12 de diciembre de 2009
Según Trabajo.
RRHHDigital
Los costes laborales derivados de la siniestralidad laboral ascendieron a 8.500 millones de euros en 2008, con un coste medio de 10.644 euros por accidente, según ... ampliar
miércoles, 14 de octubre de 2009
A estos fallecidos hay que sumar 132 muertes más 'in itinere', yendo o viniendo al lugar de trabajo.
ArchipielagoNoticias.com
El número de fallecidos es menor que el registrado en el mismo periodo de 2008 y la crisis tiene que ver en el descenso. La caída es especialmente notable es el sector de la construcción y en la industria.
Según los datos del ministerio de Trabajo, en los primeros ocho meses del año se produjeron 413 muertes en el puesto de trabajo, un 26,6% menos que en el mismo periodo de 2008 (es decir, 150 fallecidos menos).
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