El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as
El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

.../...

.../...

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

lunes, 15 de septiembre de 2008

EL CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL ES OBLIGATORIO PARA OBTENER NUEVOS PERMISOS DESDE EL PASADO DÍA 11.


"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

Actualidad
ENTRADA EN VIGOR
El Certificado de Aptitud Profesional es obligatorio para obtener nuevos permisos desde el pasado día 11.
Los cursos iniciales tienen una duración de 280 horas, y no requieren tener el permiso de conducir previamente.
Lunes, 15/09/2008

NEXOBUS.net / A partir del jueves pasado, 11 de septiembre, es obligatorio para los conductores que adquieran por primera vez el permiso de conducir la obtención del Certificado de Aptitud Profesional (CAP), para acceder a la profesión de transportista por carretera, según informa la patronal Asintra.

El Certificado de Aptitud Profesional acredita que el conductor, a cuyo favor haya sido expedido, ha superado los cursos y exámenes exigidos para la obtención de la cualificación inicial de los conductores profesionales. Este certificado no tiene plazo de validez predeterminado, si bien su vigencia está subordinada a que su titular siga, dentro de los plazos previstos, los cursos de formación continua que resulten pertinentes.

El CAP es expedido por los órganos competentes para el otorgamiento de autorizaciones habilitantes para la realización de transporte público discrecional de viajeros y mercancías por carretera, es decir por las CC.AA. La modalidad ordinaria de obtención de la cualificación inicial del conductor consiste en la asistencia a un curso de 280 horas de duración, cuyo contenido versa sobre las materias que integran el programa señalado en el anexo I del Real Decreto, y la superación del examen regulado en el capítulo VI.

No es necesaria la previa titularidad de permiso de conducción para seguir los cursos y concurrir a los exámenes destinados a la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial en su modalidad ordinaria.

Quienes hayan obtenido el CAP acreditativo de su cualificación inicial en la modalidad ordinaria quedan habilitados para conducir, siempre que además cuenten con el correspondiente permiso de conducción, vehículos para cuya conducción se exija estar en posesión de permisos de la clase C o C+E, a partir de los 18 años; los que requieren permisos de la clase D1 ó D1+E, a partir de los 18 años; vehículos para cuya conducción se exija estar en posesión de permisos de la clase D ó D+E, siempre que circulen prestando servicios de transporte regular de viajeros cuyo trayecto no supere los 50 kilómetros, a partir de los 18 años; y vehículos para cuya conducción se exija estar en posesión de permisos de conducción D ó D+E, a partir de los 21 años.

Cualificación Inicial Acelerada, 140 horas
La modalidad acelerada de obtención de la cualificación inicial del conductor consiste en la asistencia a un curso de 140 horas de duración, cuyo contenido versa sobre las materias que integran el programa señalado en el anexo I, y la superación del examen regulado en el capítulo VI. No es necesaria la previa titularidad del permiso de conducción para seguir los cursos y concurrir a los exámenes destinados a la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial en su modalidad acelerada.

© http://www.nexotrans.com/nexobus / Diario online del Transporte de Viajeros por Carretera

No hay comentarios: