El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as
El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

jueves, 7 de agosto de 2008

EL TC SUSPENDE LA INSTALACIÓN OBLIGATORIA DE TACÓGRAFOS Y EL CONSEJO DEL TRANSPORTE DE LA LEY CANARIA DE CARRETERAS.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

El TC suspende la instalación obligatoria de tacógrafos y el Consejo del Transporte de la Ley canaria de Carreteras.

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 6 Ago. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Constitucional (TC) suspende el artículo 88 así como la disposición transitoria III de la Ley de Canarias 13/2007 sobre la ordenación del transporte por carretera, eliminando así la iniciativa legal de instalar obligatoriamente tacógrafos en los transportes públicos, así como el Consejo Canario del Transporte como órgano superior consultivo en la Comunidad autónoma.

Así se recoge hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el que se señala que el auto de 24 de julio de 2008, el TC acordó sobre el recurso de inconstitucionalidad, interpuesto por el abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, mantener la suspensión de sendas disposiciones legales.

La Ley Canaria de Ordenación de Carretera recogía en el artículo 88 la instalación de un tacógrafo de manera preceptiva en los vehículos dedicados a los transportes transportes públicos y privados complementarios de viajeros y de mercancías. Esta aparato debía estar homologado y serviría de control y registro de la velocidad, distancias recorridas, tiempos de conducción y marcha de los mismos, y tiempos de descanso, con algunas excepciones.

La disposición tercera de este normativa se refería a la creación de un Consejo Canario del Transporte. Este sería un órgano superior consultivo, de asesoramiento y debate en materia de transportes de la Comunidad Autónoma compuesto por responsables de la política de los transportes en el Archipiélago y los sectores económicos y sociales interesados, en función de su representatividad.

El Abogado del Estado en representación del presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, según se ha expuesto en el documento, interpuso este recurso de inconstitucionalidad tras invocar el artículo 161.2 de la Constitución española que permite al estado recurrir cualquier decisión autonómica, obligando al TC a tomar una decisión en un plaza de 5 meses para ratificar o levantar la demanda del Estado.

En este sentido el Constitucional ha levantado la suspensión a los artículos 104 y 105 de la Ley Canaria de Ordenación de Carreteras.

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