miércoles, 4 de mayo de 2011
Claves para no perderse en la trampa de las cláusulas suelo.
EL ECONOMISTA
Las asociaciones de consumidores fueron las que aunando las voces de los afectados más activos dieron la voz de alarma. Las cláusulas suelo no dejaban a las familias beneficiarse de un euribor que bajaba. Pero ¿en qué consisten?, ¿qué puede hacer usted si firmó una hipoteca con dicha cláusula? Estas son las claves de un debate que se prolongará en el tiempo.
La cláusula suelo es una disposición que aparece en las hipotecas de algunos bancos y que hace que aunque el euribor baje y baje, como hizo en su momento, las familias no se puedan beneficiar de ello. Lo que hace es limitar el mínimo a pagar, de tal manera que las hipotecas tienen un tipo de interés mínimo o suelo que puede ser del 2%, el 3% o incluso el 4,5%.
A mediados de febrero, un juez de Madrid aceptaba a trámite la mayor demanda colectiva presentada en España contra 45 entidades financieraspor la aplicación de estas cláusulas.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla ordenaba a BBVA, Caixa Galicia y Cajamar eliminar las 'cláusulas suelo' de sus contratos hipotecarios a interés variable al dictar la ejecución de la sentencia que las declaraba abusivas. El juez Miguel Ángel Navarro pidió al banco y a las dos cajas que evitaran incluir estas cláusulas hasta que la sentencia fuera firme. Las tres entidades presentaron un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla.
Por otro lado, la Comisión de Justicia del Congreso rechazaba dos enmiendas de ERC-IU-ICV al proyecto de ley de Contratos de Crédito al Consumo para introducir límites a la aplicación "abusiva" de 'cláusulas suelo' por parte de las entidades financieras en sus préstamos hipotecarios. Esta iniciativa proponía no sobrepasar el 40% del valor del índice de referencia aplicable en el momento de la firma del contrato. PSOE y PP sumaron los suficientes votos para rechazar la enmienda.
- Ahora, el mismo Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla ha establecido que BBVA, Caixa Galicia y Cajamar no deberán suprimir, provisionalmente y de forma general, las 'cláusulas suelo' que aplican a 531.761 hipotecas sino que cada cliente tendrá que solicitar judicialmente que no se le apliquen. Así lo ha determinado al estimar el escrito de oposición presentado por las tres entidades a la ejecución provisional de la sentencia que las declaró "abusivas" el pasado 30 de septiembre.
Según el auto dictado, el juez Miguel Ángel Navarro ha suspendido la ejecución provisional de la sentencia que dictó el pasado 30 de septiembre, al estimar parcialmente las alegaciones de las entidades financieras, que defendían que el cumplimiento del pago iba a provocar un "perjuicio irreparable", ya que la sentencia no es firme y está recurrida ante la Audiencia Provincial de Sevilla.
En concreto, BBVA alegó tener una cartera de más de 400.000 clientes con este tipo de cláusulas y cifró en cerca de 28 millones de euros el coste de cumplir provisionalmente la sentencia, según el auto.
Por su parte, Cajamar estimó que su cartera hipotecaria cuenta con 129.365 contratos con estas cláusulas y valoró el perjuicio en 115 millones de euros. Por último, Caixa Galicia, presentó una cartera de 2.396 contratos hipotecarios y contabilizó el gasto en 175.283 euros mensuales, sin determinar el tiempo de devolución.
En cualquier caso, el juez Miguel Ángel Navarro da la posibilidad a cada uno de los clientes de las tres entidades, que cuenten con estas cláusulas en sus contratos, de poder solicitar la ejecución provisional de la sentencia de forma individual y bajo su responsabilidad personal.
El juez critica que la asociación de consumidores Ausbanc, que inició el proceso contra las tres entidades financieras, no acredita el daño concreto para los afectados al señalar exclusivamente "puras generalidades". Desde Ausbanc aseguran que las cifras hablan por sí solas.
A modo de ejemplo realizaron cálculos sobre una hipoteca media de 150.000 euros de lo que los clientes afectados han pagado de más durante el último año (marzo 2010-marzo 2011), es decir, aquéllos que tuvieron la revisión de su tipo de interés con referencia al euribor hipotecario de marzo de 2010 (1,215 %) y a los cuales sus entidades les aplicaron en su momento la cláusula suelo:
La situación que están atravesando muchas familias por tener este tipo de cláusulas en sus contratos hipotecarios es dramática. "Muchos hipotecados se dieron cuenta de su existencia cuando vieron que sus cuotas no bajaban a pesar de que el euribor estaba en mínimos históricos", asegura Ileana Izverniceanu, portavoz de la OCU.
Pero, ¿debería conocer el ciudadano todas las cláusulas de este tipo antes de ir a pedir una hipoteca? La hipoteca compromete una gran parte de la vida del consumidor así que es esencial que se informe todo lo posible sobre el tema porque las consecuencias le acompañarán de por vida.
La OCU entiende que los ciudadanos deben informarse. El banco está obligado a comunicar todas estas cláusulas al consumidor, otra cosa es que el lenguaje sea claro y accesible, pero el futuro prestatario debe recibir una oferta vinculante por parte de la entidad financiera en la que aparezcan todas las condiciones del préstamo. A pesar de todo, desde la OCU aseguran que han recibido "consultas sobre este tipo de cláusulas de personas con estudios superiores a los que, en su entidad financiera, no se les explicó en qué consistía".
BBVA considera que se trata de"cláusulas perfectamente legales en nuestro ordenamiento jurídico que se han venido aplicando con absoluta normalidad desde hace casi veinte años".
Por su parte, expertos consultados, advirtieron que la decisión del juzgado de Sevilla modifica un contrato privado entre el banco y sus clientes sin que éstos sean parte de la causa, y que en caso de que se revoque la sentencia, el cliente tendrá que hacer frente a un desembolso extraordinario.
En este punto, desde Ausbanc aseguran que efectivamente puede haber un desembolso, pero "eso no significa que sea caro". En palabras de su presidente, Luis Pineda, "cada caso es individual y hay que ver cuánto ha perdido el cliente por la aplicación de la cláusula suelo -dependerá de la cantidad de la hipoteca contratada- y el cliente decidirá si le compensa iniciar los trámites de la reclamación o no".
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