martes, 24 de abril de 2012
Los ERES se disparan un 72,6%. Los trabajadores suspendidos de empleo un 74%
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
CANARIAS SEMANAL
La última contrarreforma laboral impuesta por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, con la excusa de su supuesta utilidad para "crear empleo" ya está funcionando a pleno rendimiento. Y los datos sobre sus efectos no pueden resultar más demoledores. En los dos primeros meses posteriores a la entrada en vigor de la nueva legislación del Trabajo, el número de trabajadores afectados por Expedientes de Regulación de Empleo (EREs) aumentó un 54,8%.
En concreto, un total de 60.569 trabajadores se vieron afectados por un ERE hasta febrero, en contraste con los 39.128 trabajadores que estuvieron implicados en una regulación de empleo durante los dos primeros meses de 2011.
Según las estadísticas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, los expedientes autorizados se elevaron un 45% en los dos primeros meses del ejercicio, hasta sumar 4.528, frente a los 3.124 del mismo periodo de 2011.
Los ERE en los que se alegaron "causas económicas" se dispararon un 72,6% en los dos primeros meses, hasta sumar 3.035 expedientes. El 67% del total de expedientes registrados en el periodo. Por causas técnicas, se autorizaron 64 expedientes hasta febrero, dos menos que en el mismo periodo de 2011, mientras que por causas organizativas o de producción se registraron 1.333 expedientes, con un crecimiento del 10,2%. Por "fuerza mayor" hubo 95 ERE, cuatro más que en los dos primeros meses de 2011.
De los 60.569 trabajadores afectados por ERE hasta febrero, un total de 12.493 personastenían un ERE de reducción de jornada, un 25,7% más que en los dos primeros meses de 2011. El número de expedientes de reducción de jornada se incrementó un 41,9%, hasta los 1.519 procesos.
DESPIDOS MASIVOS SIN AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
El incremento exponencial de los despidos masivos, lejos de constituir una sorpresa, es una de las facilidades que de manera explícita otorga la nueva legislación a las empresas. La reforma laboral ha suprimido la anterior obligación de contar con una autorización administrativa para proceder a los despidos colectivos o a a la aplicación de medidas de suspensión de contrato o reducción de jornada por parte del empresario.
La nueva regulación mantiene la formalidad de un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, y una mediación de la autoridad laboral, pero concede al empresario la decisión última, al igual que en los despidos individuales.
Etiquetas:
REFORMA LABORAL
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