jueves, 16 de febrero de 2012
Las condiciones de salario y jornada podrán cambiarse desde el momento en que los negocios prevean pérdidas.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
"Han dinamitado la negociación colectiva". Así describe Gustavo Santana, secretario general de UGT-Canarias, el efecto que la reforma laboral decretada por el Gobierno de Mariano Rajoy tendrá sobre los acuerdos que puedan alcanzar trabajadores y empresarios. Su opinión se basa en la posibilidad de que la empresa pueda abandonar las obligaciones recogidas en el convenio con tan solo prever pérdidas, la obligatoriedad de someterse a un arbitraje en caso de desacuerdo y la pérdida de los derechos consolidados en convenios anteriores en caso de que la falta de consenso entre las partes se prolongue durante dos años.
El Gobierno central aduce en la norma que la modificación del régimen de descuelgue -permitir a la empresa incumplir el convenio- tiene por objetivo "facilitar la adaptación de los salarios y otras condiciones de trabajo a la productividad y competitividad empresarial". O lo que es lo mismo, en caso de "existencia de pérdidas actuales o previstas", la empresa podrá modificar la "jornada de trabajo, el horario, los turnos y los salarios", entre otras cuestiones.
El doctor en Economía y profesor del Departamento de Análisis Económico Aplicado de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, José María Grisolía Santos, estima que la medida puede resultar efectiva para evitar la destrucción de empleo, al permitir "que las condiciones laborales se adapten a la realidad" de cada empresa. Es decir, abre la posibilidad a que los trabajadores acepten "reducciones salariales o jornadas a tiempo parcial a cambio de conservar el empleo".
Convenios de empresa
El 90% de los trabajadores canarios, según estimaciones del secretario de Empleo e Innovación de CC OO-Canarias, Francisco Pozo, están sujetos en la actualidad a los convenios sectoriales provinciales. Sin embargo, a partir de la entrada en vigor de la reforma, los convenios de empresa tienen "prioridad aplicativa" sobre el resto en las materias fundamentales.
De esa forma, el convenio de una empresa podrá empeorar los estándares salariales o de horario, por ejemplo, consagrados en los acuerdos sectoriales.
Más grave le resulta a Pozo que se limite "la ultraactividad a dos años". El Gobierno en su exposición de motivos de la norma "pretende evitar una petrificación de las condiciones de trabajo pactadas en convenio". Y para reducir la demora en las negociaciones limita la prórroga a dos años. Cumplido ese plazo, los derechos consolidados en el convenio pierden su efecto y hay que negociar desde cero. Si el desacuerdo persiste será el Tribunal Laboral Canario -en el caso de las Islas- el que decida.
"Están gobernando para Alemania", afirma el presidente en Canarias del sindicato CSI-CSIF, Javier Galván. Transcurridos dos años "prevalece lo que diga el empresario", asegura.
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