El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as
El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

jueves, 16 de febrero de 2012

El Tribunal Constitucional ha establecido, en la primera sentencia que dicta sobre el derecho a la intimidad relacionado con las nuevas tecnologías, que los datos se almacenan en un ordenador, así como los revelados en redes sociales, descarga de archivos en Internet y compra en comercio electrónico, forman parte del ámbito personal que debe ser "constitucionalmente protegido".

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"


El TC establece que los datos almacenados en un ordenador forman parte de la intimidad

ECOLEY
Así se señala en una sentencia notificada este viernes en la que la Sala Segunda de Tribunal de garantías deniega, no obstante,el amparo solicitado por un condenado por posesión de material pedófilo en su ordenador personal. En este caso, el alto tribunal considera que la gravedad del delito investigado por la policía prevalece sobre el hecho de que se analizara el portátil sin orden judicial.
Sobre el fondo del asunto, el Tribunal Constitucional considera que si no existe duda alguna de que los datos personales relativos a una persona individualmente considerados están dentro del ámbito de la intimidad "constitucionalmente protegido", tampoco puede existir esta duda respecto del "cúmulo de información que se almacena por su titular en su ordenador personal".
Para los magistrados Eugeni Gay, Ramón Rodríguez Arribas, Francisco Hernando Santiago, Elisa Pérez Vela y Luis Ignacio Ortega, cuando una persona viaja por Internet, participa en foros de conversaciones o redes sociales, descarga archivos o realiza operaciones de comercio electrónico está revelando datos acerca de su personalidad que pueden "afectar al núcleo más profundo de su intimidad".
Estos datos puedan considerarse "livianos" o"irrelevantes" si se consideran aisladamente, ahora bien, si se analizan en su conjunto,"una vez convenientemente entremezclados", no cabe duda que "configuran todos ellos un perfil altamente descriptivo de la personalidad del titular, que es preciso proteger frente a la intromisión de terceros o de los poderes públicos, por cuanto atañen, en definitiva, a la misma peculiaridad o individualidad de la persona".

Garantías frente a los riesgos

De ahí que la sentencia haga hincapié en que "deviene necesario establecer una serie de garantías frente a los riesgos que existen para los derechos y libertades públicas, en particular la intimidad personal, a causa del uso indebido de la información así como de las nuevas tecnologías de la información".
En este caso concreto, el demandante había sido condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla en mayo de 2008 a 4 años de cárcel por un delito de corrupción de menores después de que se encontrara en su ordenador personal portátil numerosos ficheros de fotografías y vídeos en los que aparecían menores de edad en actitudes explícitamente sexuales. El Tribunal Supremo confirmó esta sentencia en febrero de 2009.
El descubrimiento de estos archivos se produjo a raíz de que el recurrente llevara su ordenador a una tienda especializada para cambiar la grabadora. Una vez efectuada la reparación y, para comprobar el correcto funcionamiento de las piezas, el empleado de la tienda descubrió los archivos con imágenes pornográficas y puso en conocimiento de los hechos a la Policía que intervino el portátil y examinó su contenido sin solicitar autorización judicial.
Para la mayoría de la Sala, se bien el recurrente de amparo no autorizó de forma expresa al encargado de la tienda acceder al contenido de sus archivos donde se hallaba el materia con contenido pedófilo, hay que valorar que puso el aparato a su disposición advirtiéndole incluso de que no teníaninguna contraseña para su acceso.

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