"Ya no quedan empleados que despedir"
El presidente de la Sala de lo Social del TSJC, Guadalupe Hernández, reflexiona sobre el descenso del número de juicios por despido.
- El número de juicios por despido ha descendido, ¿se mantendrá está dinámica o se prevé un aumento?
- Yo diría que, aunque parezca una barbaridad, ya no quedan trabajadores que despedir. Quiero decir, la mayoría de las empresas, por no decir la práctica totalidad, han hecho los ajustes de plantilla que tenían que hacer. Ahora lo que hay es un goteo. El grueso se produjo a finales de 2008, en 2009 y principios de 2010. Salvo que venga otra crisis seguida, en estos momentos la situación es de relativa normalidad.
- Pese a que la tasa de paro no mejora en Canarias, descienden los juicios, ¿puede deberse también a la reforma laboral?
- Tiene que ver con los nuevos despidos objetivos que se produjeron a partir de junio del año pasado. Esos sí están afectados por la nueva ley, pero la legislación no ha producido aparentemente ningún efecto en materia de contratación y en materia de despido ha producido el efecto que se esperaba, facilitarlo.
- En consecuencia, y por mucho que se hiciese creer, ¿no fue una reforma hecha para fomentar la contratación?
- Siempre lo he dicho, es mentira que las leyes arreglen la contratación, la contratación la soluciona la mejora de la situación económica del país. Es decir, un empresario al que le va bien contrata y un empresario al que le va mal no contrata, independientemente de la ley que exista. En el tiempo que llevo yo se han hecho cuatro reformas profundas en situaciones de crisis y con ninguna de ellas se ha mejorado la contratación. La contratación aumenta con la mejora la situación económica.
- ¿Cómo están los juzgados de lo Social, hay algún tipo de colapso tras los últimos años de crisis?
- No, la jurisdicción social es la que da más rápida respuesta a los problemas que plantean los litigantes. Es una jurisdicción doméstica. La gente está esperando para comer a que tú le resuelvas el pleito. Es una jurisdicción que está prácticamente al día.
- ¿No hay entonces ningún tipo de atraso?
- Algún juzgado tiene un poco más de atraso, pero la mayoría de ellos están dando una respuesta en dos, tres o cuatro meses. La Sala sí que está atrasada. Tenemos un atasco importante de trabajo, pero la jurisdicción social, gracias al trabajo que realizan los magistrados y gracias a un plan de refuerzo que se hizo hace dos años, está bastante bien.
- ¿Qué pide usted para descongestionar la Sala?
- Nosotros necesitamos en estos momentos un refuerzo puntual en un par de juzgados de la instancia, de medio año o un año para poner esos dos o tres juzgados al día, con lo cual quedarían todos al día. Por otro lado, necesitamos un refuerzo en la Sala de un año y medio para ponerla al día. Con eso conseguiríamos que la jurisdicción estuviese completamente al día. Insisto, aquí la gente está esperando para comer, para vivir, para pagar alquiler, para que le resuelvan el pleito. Por lo tanto, es una jurisdicción en la que la celeridad es fundamental.
- ¿Cuál es el método normal por el que se están resolviendo los litigios en Canarias?
- Una de las virtudes principales del orden social, orden al que yo pertenezco, es que existe una fuerte cultura de conciliación, algo que no existe en ningún otro orden jurisdiccional. Nosotros aprendimos hace mucho tiempo que, por las propias características y la dinámica del proceso y la organización de las normas procesales, que vale más un mal arreglo que un buen pleito.
- ¿Cuántos 'malos arreglos' tienen hoy por hoy de media?
- Ahora mismo, a través de la institución del Servicio de Mediación y Arbitraje de Canarias (Semac), nos quitamos de encima casi el 60% de los pleitos. Si no fuese por el Semac, los juzgados estarían completamente colapsados o haría falta el doble juzgado. Cuando el pleito no se arregla en el Semac hay una fase posterior de conciliación ante el secretario judicial y si tampoco se logra, se puede hacer posteriormente ante el juez. Nosotros intentamos conciliar los pleitos conscientes de que si lo logramos ambas partes cobran y se van contentas para su casa. Mientras que si dictamos una sentencia se tarda muchísimo más.
- ¿Protege el proceso concursal al empleado?
- Teóricamente, el procedimiento concursal está pensando en el mantenimiento de las empresas, es decir, piensa en buscar una solución y evitar su cierre. En la medida en que se mantenga la continuidad de la empresa, se protegen los puestos de trabajo y, por tanto, indirectamente se protege el derecho de los trabajadores.
- Sin embargo, es una protección que a veces trae consecuencias negativas, ¿no?
- Muchas veces, para hacer esa protección hay que hacer suspensiones de contratos e incluso reducciones de plantilla. El problema, sin embargo, es que la práctica, lo que está enseñando es que casi el 95% de los procedimientos concursales acaban con la liquidación de la empresa. Por lo tanto, la finalidad de la ley se está cumpliendo relativamente.
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