jueves, 11 de julio de 2013
El sindicato amarillo UGT de Asturias, así como su Secretario General, Justo Rodríguez Braga, fueron condenados por vulnerar los derechos fundamentales del Presidente del Comité de empresa del propio sindicato.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
CANARIAS SEMANAL
Según informa el periódico asturiano "El Comercio" el sindicato amarillo UGT de Asturias, así como su Secretario General, Justo Rodríguez Braga, fueron condenados por vulnerar los derechos fundamentales del Presidente del Comité de empresa del propio sindicato.
La sentencia condenatoria fue dictada el pasado lunes por el Juzgado de lo Social que fue comunicada a las partes el pasado martes. En ella se pone de manifiesto que "el representante de los trabajadores del sindicato recibió presiones y amenazas por haberse opuesto a un expediente de regulación de empleo (ERE) y declarar como testigo a favor de dos compañeros de trabajo que demandaron a la organización”.
El fallo, que estimó la demanda presentada por Carlos Suárez Peinado, abogado del sindicato y presidente del comité de empresa. En él se explica que los hechos tuvieron su origen en la presentación, a finales de 2012, de un expediente de regulación de empleo por parte del sindicato, que el demandante se negó a firmar. Ese ERE afectaba a 65 de los 67 trabajadores de UGT y suponía una reducción del 20% de la jornada para toda la plantilla, con un recorte de los salarios en ese mismo porcentaje.
Dos miembros del gabinete jurídico de UGT demandaron a la empresa al considerar que su trabajo había aumentado tras la reducción de plantilla en el servicio, y en el juicio el presidente del comité, Carlos Suárez, fue testigo de los demandantes. El Juzgado de lo Social Nº1 del sindicato falló el pasado 15 de febrero a favor de los trabajadores en una durísima sentencia contra el sindicato que, según reconocen los dirigentes de la central sindical, «machaca y humilla» a la organización.
Cinco días después de esa sentencia, Carlos Suárez mantuvo dos reuniones por separado con Abel Suárez, secretario de Organización de UGT-Asturias, y con Justo Rodríguez Braga, el Secretario General. En la primera. ambos se limitan a comentar el fallo, pero en la segunda la conversación fue diferente.
Rodríguez Braga, según la sentencia, le trasmitió a Carlos Suárez que el sindicato«había perdido completamente la confianza en él, ya que mantenía una conducta de confrontación y oposición» a UGT y, además, le hacían responsable del fallo del 15 de febrero en la que se condenaba a la organización. En la conversación, el secretario general le comunicó que «la relación (laboral) estaba rota y querían prescindir de sus servicios, por lo que se le invitaba a irse del sindicato dado de que ellos no podrían despedirle habida cuenta de su condición de miembro del comité de empresa».
La sentencia considera hecho probado que Rodríguez Braga le comentó al presidente del comité que «si no lo hacía así -es decir, irse del sindicato-, la relación en el futuro sería mala y tensa», algo que ya había trasladado al resto de la organización y a los secretarios generales. «Desde entonces», dice el fallo, «al demandante se le retiró el saludo por parte de los miembros de la Ejecutiva del sindicato».
El magistrado que dictó la sentencia considera que la actitud del sindicato «conlleva implícitamente una amenaza de represalias para el futuro, y en todo caso una expresa manifestación de intimidación por no haber testificado y actuado conforme al criterio del sindicato». UGT, añade el magistrado , ha adoptado una «actitud de reprobación expresa por tal motivo con amenazas veladas de consecuencias futuras, con expresas descalificaciones personales como las llevadas a cabo con motivo de un congreso en Cangas del Narcea, donde un miembro de la ejecutiva regional dijo que Carlos Suárez «había engañado a los trabajadores y que era un hijo de puta». Esas estimaciones contra Suárez fueron difundidas a todos los los secretarios generales de la organización
La sentencia condena subsidiariamente a Rodríguez Braga al estimar que su «intervención personal y directa en los hechos conlleva la asunción a título personal de una postura de reprobación y de intentar conseguir el cese del demandante como trabajador del sindicato, por lo que la condena de este último debe hacerse extensiva al Secretario general».
La sentencia ordena que en el futuro los condenados «se abstengan de realizar cualquier acto que suponga recriminación, represalia, reconvención o censura» por la actuación deSuárez Peinado como presidente del comité de empresa en el ERE o en los juicios contra el sindicato.
La tensión laboral en sindicato amarillo UGT-Asturias, con un plantilla que de más desesenta personas, estalló a raíz del ajuste que el sindicato emprendió en diciembre de 2012 sin el apoyo del Comité de empresa y con el voto en contra de la Asamblea de trabajadores.UGT redujo la jornada y el salario de la plantilla un 20%. Varios de los afectados recurrieron a los tribunales a título individual, consiguiendo sentencias favorables a sus reivindicaciones.
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