El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as
El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

jueves, 5 de marzo de 2015

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha despojado a los 41 agentes de movilidad de Las Palmas de Gran Canaria de buena parte de las funciones que les atribuyó el Ayuntamiento capitalino cuando creó el cuerpo en enero de 2013.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

La Justicia quita funciones a los agentes de movilidad de Las Palmas de Gran Canaria


CANARIAS AHORA

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal canario ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la Unión Sindical de la Policía Canaria (USP) y ha anulado un apartado del acuerdo del Consistorio, en concreto el referido a las funciones de vigilancia de la seguridad vial, apoyo al transporte, protección del medio ambiente relacionada con la contaminación producida por el tráfico rodado y la atención en los accidentes.
La Sala, presidida por el magistrado Cesar José García Otero, entiende que el Ayuntamiento se excedió al asignar a los agentes de movilidad funciones propias del cuerpo de la Policía Local.
La sentencia expone que el acuerdo del grupo de gobierno del PP convierte a los trabajadores de movilidad en “agentes de autoridad independientes” y no en un cuerpo subordinado y colaborador de la Policía Local, como establece la legislación.
“Operan como compartimentos estancos y sustractores de funciones la Policía Local”, explica el TSJC, “no es compatible que la Policía Local tenga que instruir el atestado y sea un agente de movilidad quien decida los servicios necesarios”.
La USP había solicitado en su recurso la anulación del acuerdo del Ayuntamiento por considerar que vulneraba varias leyes y disposiciones, entre ellos el Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y el reglamento de la Policía Local. Según el sindicato, los agentes de movilidad sólo pueden asumir las labores de ordenación, señalización y dirección del tráfico en el casco urbano.
También había denunciado la falta de negociación en la creación del cuerpo, ya que el Ayuntamiento no convocó una mesa de negociación con los sindicatos. A este respecto, la Sala precisa que en los municipios de gran población, como Las Palmas de Gran Canaria, la administración local tiene la facultad discrecional –sin negociación- de crear cuerpos de funcionarios a los que se les atribuye funciones que en otras localidades ostentarían las policías locales. No obstante, matiza que si el Ayuntamiento pretendía redistribuir a los policías, focalizarlos en otras labores específicas de seguridad y vigilancia y liberarlos totalmente de sus funciones de tráfico, sí debía definir las atribuciones y, para ello, acudir a una mesa de negociación.
El TSJC desestimó las causas de anulabilidad planteadas por el Ayuntamiento, que cuestionaba la capacidad y legitimación del sindicato para recurrir. La corporación municipal entendía que la creación del cuerpo de agentes de movilidad no afectaba de manera directa o indirecta a USP y que no actuaba en defensa de los derechos o intereses legítimos de un colectivo. La Sala, en cambio, asume el argumento del demandante, que defendía que las funciones de los agentes de la Policía Local, alguno de los cuales son afiliados a la la USP USP, son cercenadas por el nuevo órgano.
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria aprobó en el pleno celebrado el pasado 25 de febrero una modificación de crédito por valor de 745.000 destinada a la incorporación de 41 agentes de movilidad. Dos días antes se celebraron las pruebas de motocicleta, que superaron los 62 aspirantes. Desde la USP inciden en que la sentencia no pone en riesgo los puestos de trabajo, sino que limita las funciones de los agentes.

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