jueves, 21 de noviembre de 2013
SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha avalado en una sentencia que en el ejercicio del derecho de defensa se aporten datos personales a los jueces sin consentimiento del titular, informa este tribunal.
La resolución resuelve el recurso de una mujer que habiendo actuado como albacea en un testamento se enfrentó a un pleito civil en el que un abogado aportó datos de las cuentas que tenía en una entidad bancaria situada en el paseo de la Castellana de Madrid, sin la autorización de la demandante.
La Sala confirma la decisión de la Agencia de Protección de Datos de no incoar procedimiento sancionador contra el letrado.
Los hechos que motivaron este recurso se produjeron en un juicio en el que se planteaba la nulidad de un testamento en el que el abogado de uno de los herederos aportó ante el juez información de cuentas bancarias de la recurrente, que había actuado de albacea.
Esos datos habían sido negados por la demandante en su comparecencia como testigo en el juicio civil.
La albacea se dirigió a la Agencia de Protección de Datos para instar un expediente sancionador contra el abogado, pero este organismo lo denegó y ahora la Audiencia Nacional confirma aquella decisión.
La Sala concluye que no existe constancia ni indicio alguno de que estos datos, parcialmente ciertos y de carácter genérico, hubieran sido incorporados a fichero alguno ni de que fueran objeto de algún tipo de tratamiento.
El tribunal recuerda que el artículo 11.2 de la Ley Orgánica de Protección de Datos exime de la necesidad de consentimiento del titular de los datos personales cuando son proporcionados a los jueces en el ejercicio de las funciones que tienen atribuidas.
En el presente caso a la Audiencia no le consta que el abogado denunciado diera otro destino a esos datos bancarios que el estrictamente judicial en ejercicio legítimo del derecho de defensa de los intereses de sus clientes.
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