El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as
El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

.../...

.../...

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

jueves, 27 de diciembre de 2012

Las nuevas tasas judiciales ya han comenzado a aplicarse, a pesar de la oposición casi unánime de los distintos sectores del mundo judicial.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"


Hacienda empieza a recaudar las nuevas tasas judiciales


ECOLEY

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado sábado la Orden por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y devolución de pagos, por lo que, desde ayer, los nuevos precios ya son aplicables.
La norma fija que la gestión de la tasa corresponde a Hacienda, pero obliga a secretarios judiciales y jueces a colaborar. En el primer caso, recuerda que si no se acompaña el justificante de pago en todo escrito procesal, el secretario judicial tendrá que requerir al sujeto pasivo para que lo aporte, no dando curso al escrito hasta que la omisión se subsane. Además, los plazos seguirán corriendo mientras dure la omisión, de forma que "la ausencia de subsanación dará lugar a la preclusión del acto procesal y a la continuación o finalización del procedimiento", según el caso.
En cuanto a los jueces, la Oficina Judicial tendrá que transmitir a la Aeat la cuantía definitiva del proceso a que se refiere la tasa y la fecha de la resolución en la que se determine, permitiendo su contraste no sólo con la autoliquidación inicial hecha por el contribuyente, sino también con las autoliquidaciones complementarias y solicitudes de rectificación que se pudieran presentar.

Aclaraciones sobre el pago

La norma aprueba los llamados modelos 696 (Autoliquidación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social) y 695 (Solicitud de devolución por solución extrajudicial y por acumulación de procesos).
En cuanto al procedimiento de devolución de las tasas, se establece que éste se iniciará a instancia del sujeto pasivo, que tendrá un plazo de cuatro años para hacerlo. Sin embargo, esta posibilidad no entrará en vigor hasta abril de 2013, aunque se podrá reclamar entonces por los supuestos de pago anteriores, de forma que para ellos el reloj empezará a correr el 1 de abril.
Además, se introducen algunas aclaraciones en cuanto a los obligados a su pago. Así, para las personas o entidades adscritas a la Delegación Central de Grandes Empresas de las Delegaciones Especiales de la Aeat, así como para las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, la presentación de los modelos se hará obligatoriamente por vía telemática.
En materia de acumulación de acciones, se entenderá que se realiza un único hecho imponible cuando en la demanda se acumulen varias acciones principales que no provengan de un mismo título. En estos casos, para el cálculo del importe de la tasa se sumarán las cuantías de cada una de las acciones.

No hay comentarios: