El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

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El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

miércoles, 15 de junio de 2011

LAS CAUSAS ECONÓMICAS BAJO INTERPRETACIÓN - La burocracia de la nueva normativa obstaculiza los ERE a las pymes.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"


ERE: la burocracia de la nueva normativa castiga a las pymes

EL ECONOMISTA
La burocracia de la nueva normativa dificulta a las pymes presentar una regulación de empleo.
Nueve meses después de que la reforma laboral saliera del Parlamento, se culmina el desarrollo del reglamento de los Expedientes de Regulación de Empleo, que ayer se publicó en el BOE.
Con el fin de explicar todos los detalles,elEconomista inicia hoy una serie que también detallará los avances que ha traído la nueva normativa de negociación colectiva. Por supuesto, los pronósticos que apuntaban a una clarificación de las causas objetivas de despido, para que el futuro de la empresa no dependa de la interpretación de un juez o de la autoridad laboral, no se han cumplido.Más bien todo lo contrario.
El reglamento ha detallado toda la documentación que las empresas deberán presentar para acreditar un ajuste de plantilla. En pocas palabras, la mecánica de los ERE se burocratiza bruscamente, lo que impide, o al menos encarece, que las pequeñas y medianas empresas que no dispongan de secciones contables acudan al recurso del ERE.
Eso sí, los expertos agradecen el nivel técnico que se refleja en el reglamento y que no estuvo presente en la reforma laboral. Federico Durán, catedrático del Derecho del Trabajo y socio de Garrigues, recuerda que el reglamento no puede hacer más, no puede cambiar una reforma laboral que fue insatisfactoria. Al menos, dice Durán, concreta de forma rigurosa todos los procedimientos que se deben llevar a cabo para presentar un ERE. Y es que ésta era su función.

Más burocracia: la documentación requerida se amplía

Uno de los aspectos que ha clarificado el reglamento es la documentación que debe presentar una empresa. En la anterior normativa, tan sólo se dictaba por ley la necesidad de presentar una memoria. Pero ahora el empresario debe acreditar: las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios económicos completos, cuentas de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivos, memoria del ejercicio e informe de gestión, entre otros. Todo ello debidamente auditado. En caso de no necesitar auditoría, se debería adjuntar una declaración de los representantes de las empresas explicando la exención de auditoría. Además de las cuentas provisionales de este ejercicio.
La documentación acabaría aquí si las pérdidas son reales y no futuras. La empresa que justifique pérdidas previstas se enfrenta a otro reto mayor, presentando: previsión de pérdidas con el detalle de los criterios utilizados, informe técnico sobre su carácter y evolución, datos del sector, evolución del mercado, posición de la empresa y un largo etcétera.
Así que, si nos ponemos en el lugar de una pyme, no sólo la burocracia nos ahuyentaría, sino que el coste que supondría la elaboración de estos informes para iniciar la negociación de un ERE nos encarecería todavía más el ajuste.
Cabe destacar que la vía más utilizada para que las empresas encuentren algo de flexibilidad es el despido, una cuestión que la reforma de la negociación colectiva debería cambiar, al menos en el trámite parlamentario que inicia ahora.
Por si fuera poco, todo esto se debe acompañar de un plan de acompañamiento social, cuyo obligado cumplimiento ya está en la norma.

Las pérdidas futuras como causa de despido

Uno de los grandes objetivos en la negociación de la reforma laboral era clarificar las causas económicas de despido objetivo para que su interpretación no quede en manos del juez o de la autoridad laboral competente en el caso de ser un despido colectivo.
Para lograrlo, incluso se planteó elaborar una extensa lista con los supuestos en los que se justificaba el ajuste de plantilla por esta vía. No obstante, se determinó que las causas están muy sujetas a los cambios y por tanto que muchas causas se quedarían fuera de la lista en un plazo muy breve de tiempo.
Así que, el Gobierno apostó por realizar un declaración abierta. Las empresas concurren a causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda "una situación económica negativa". Esta explicación es la que ya existía en la normativa. El nuevo texto la complementa al añadir "la existencia de pérdidas actuales o previstas", aunque sean meramente transitorias, o "la disminución persistente de su nivel de ingresos".
Antes una empresa debía registrar pérdidas durante más de un ejercicio para presentar un ERE. Ahora la empresa, se supone, que no debe esperar tanto. Tan sólo con preverlas y justificar dichos pronósticos valdría. Y, por supuesto, con registrar una disminución de ingresos.
En definitiva, si la práctica se corresponde finalmente con la teoría registrada en la norma,el coste del despido se abaratará de forma importante, ya que se podrá despedir con una indemnización de 20 días por año trabajado con el límite de 12 mensualidades en muchos más supuestos que antes.

La decisión sigue en manos de los magistrados

A pesar del avance, los expertos no consideran que todo el camino esté hecho. Falta la interpretación de los jueces para el despido individual y de la autoridad laboral en el caso de los ERE. De hecho, antes de la reforma, los motivos concretos para realizar un despido objetivo se veían en la jurisprudencia que habían creado los jueces. Y con la actual reforma pasará lo mismo.
El presidente de Sagardoy Abogados, Íñigo Sagardoy, destaca que la reforma sí que clarifica bastante las causas económicas de despidos, aunque nos deberemos esperar a la interpretación de los magistrados.
Por ejemplo, la disminución de ingresos será causa de despido, pero ¿qué nivel de decremento de ingresos justifica un ERE en la empresa? La asociación de magistrados Francisco de Vitoria hizo hincapié a este periódico en que la reforma "deja en manos de los jueces la decisión".

Limita el plazo de consultas a un máximo de 30 días

Aparte de clarificar los procedimientos que se deben seguir para presentar un ERE, una de las cuestiones que más puede agilizar el trámite de los ajustes de plantilla es que la norma recorta el plazo de consultas a un máximo de 30 días. Anteriormente, este periodo se extendía como mínimo a 30 días.
De esta manera, se comprobaba cómo las negociaciones con los sindicatos se dilataban durante meses, en los cuales el empresario flexibilizaba cada vez más sus condicionesfirmando indemnizaciones de 70 y 80 días por año trabajado.

LA UGT DESPIDE TRABAJADOR@S

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

Desde co.bas Canarias manifestamos nuestra más enérgica repulsa ante el ERE presentado por la UGT para despedir a 12 trabajadoras y 2 trabajadores de las Islas, con l@s que nos solidarizamos y mostramos nuestro apoyo a su lucha para conservar sus puestos de trabajo.

Resulta contradictorio que la UGT haya convocado una huelga general para rechazar la reforma laboral, y ahora haga uso de una de las nuevas formas de despido contempladas para rescindir la relación laboral de 12 trabajadoras y 2 trabajadores, lo que supone un importante recorte tanto de sus garantías como de sus indemnizaciones.

Pero esta deriva de la UGT no nos sorprende. Desde hace mucho tiempo trabajador@s y sindicalistas venimos rechazando y denunciando el modelo sindical de las centrales UGT y CCOO, que abandonan la defensa de los derechos de la clase trabajadora para convertirse en corporaciones “cuasi” empresariales que contratan personal, que se financian, no sólo de la cuota de sus afiliados y afiliadas, sino del dinero que reciben de la Administración pública vía acuerdos de formación y subvenciones, y cuyos cuadros dirigentes, por lo general, no proceden del resultado de las elecciones sindicales, de la elección directa de los trabajadores y las trabajadoras, sino que sus liberaciones forman parte de los acuerdos de concertación social alcanzados con la administración y la patronal.

De esas aguas, estos lodos. La manera de proceder de la UGT con estos despidos pone de manifiesto su complicidad con las políticas laborales y sociales de los gobiernos estatal y autonómico, que apelando a la crisis como disculpa, han desplegado un agresivo programa de recortes de derechos a los trabajadores y las trabajadoras, para así continuar allanando el camino a las grandes corporaciones financieras, verdaderas responsables de la crisis que padecemos.

Desde co.bas Canarias hacemos un llamamiento a la UGT para que reconsidere su proceder y tome las medidas oportunas para anular los despidos de 12 trabajadoras y 2 trabajadores, lo que sin duda abundará en la defensa del empleo como una de las herramientas principales para afrontar la situación de crisis a la que nos han conducido.

Asimismo, reiteramos muestra solidaridad y nuestro apoyo a las 12 trabajadoras y a los 2 trabajadores afectados por el ERE presentado por la UGT.

martes, 14 de junio de 2011

LOS VECINOS DE OJOS DE GARZA GANAN LA PRIMERA BATALLA

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"


CANARIAS7

Ya lo dijeron los vecinos de la playa de Ojos de Garza. La lucha contra Costas, que ordenó tirar sus casas, no iba a ser fácil, pero dejaron claro que plantarían batalla. Ayer trascendió que han ganado la primera.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha paralizado cautelarmente la orden de derribo de 7 de las casas.

Las viviendas que están en el punto de mira de la Demarcación de Costas de Canarias no son 7, son muchas más, tres veces más, 21 en total, pero los vecinos están convencidos de que lo que ha valido para 7, valdrá para el resto. A esas 7 les ha llegado una resolución de la Sala de lo Contencioso-administrativo en las que se les ha aceptado, a todas por igual, la solicitud que habían cursado de que los tribunales paralizasen cautelarmente los derribos ordenados por Costas hasta tanto la propia justicia no dirima cuál de las dos partes tiene la razón.

En esencia, los autos emitidos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, a uno de los cuales ha tenido acceso este periódico, justifican la decisión adoptada ante la evidencia de que si no se aplicara esta medida cautelar solicitada, y se llegaran a tirar las viviendas antes de que el tribunal decidiese quién tiene la razón, de nada valdría que al final la resolución fuese favorable a los afectados.

En el auto que firmaron los magistrados Cristina Páez, Francisco Javier Varona y Alfonso Rincón González-Alegre (este último en calidad de ponente) se apunta que la Sala, en supuestos como este que tienen que ver con la posible demolición de obras, ha optado por aplicar la doctrina jurisprudencial reiterada de suspender cautelarmente las demoliciones hasta que no se resuelva el caso de forma definitiva.

Costas defiende la recuperación del espacio que ocupan las casas, situadas en primera linea de playa, al considerar que se hallan sobre suelo de dominio público marítimo-terrestre, donde la Ley de Costas prohíbe que haya viviendas, pero los vecinos sostienen que estaban ahí antes de esa ley, que se aprobó en 1988, y que cuando se hizo el deslinde que les dejó en dominio público, en 1984, no se les notificó pese a que eran parte interesada. Costas empezó a remitirles las órdenes de derribo desde 2009, y frente a ellas los afectados han ido agotando trámites hasta el último paso, la interposición de contenciosos judiciales contra Costas.

En todo caso, los vecinos no se oponen a dejar la orilla de la playa. Quieren tener una casa a la que irse cuando derriban las suyas y para eso buscan reactivar el plan especial que iba a realojar a todo el barrio.

ASEGURAN QUE IMPULSÓ LA BURBUJA INMOBILIARIA - ¿Y se dan cuenta ahora? ¡qué inútiles!

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"


Gobierno y sindicatos culpan al sector financiero del paro

EL ECONOMISTA
Fernández Toxo y Cándido Méndez coincidieron hoy con el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez.
El secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, y el de UGT, Cándido Méndez, coincidieron hoy con el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, en culpar del aumento del desempleo en España al sector financiero y "la asunción de riesgos innecesarios e inadmisibles en el sector de la construcción".
Tanto el ministro de Trabajo como los secretarios de CCOO y UGT hicieron esta consideración durante su intervención en el curso "El nuevo sistema financiero, las nuevas infraestructuras y el nuevo mercado laboral", en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), organizado por la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE).

Sector de la construcción

Durante su intervención, el ministro de Trabajo explicó que el elevado desempleo que existe en España se explica "casi exclusivamente" por el "desplome" de la construcción. Según recordó, el 75% de los parados, es decir 3 de cada 4, corresponden a este sector o aquellos que relacionados con este área.
Y es que según aseguró el ministro, aunque en España "no tenemos el mejor mercado laboral y la mejores instituciones del mundo", éstas no son las causantes del paro, una cuestión que según matizó, "tienen más que ver con el comportamiento con el sector financiero español y la asunción de riesgos innecesarios e inadmisibles en el sector de la construcción".

Postura de los sindicatos

Preguntados por este asunto, el secretario general de CCOO explico que existe "una importante" responsabilidad en el aumento del desempleo compartida por tanto por las entidades financieras que apoyaron la burbuja inmobiliaria, como por los diferentes gobiernos, y el Banco de España, que debería haber conocido lo que se generaba alrededor de este sector y no tomaron ninguna medida, lo que amplificó sus efectos.
Además, y sobre la reforma del sistema financiero, Ignacio Fernández Toxo también criticó la idea que se nacionalicen las cajas de ahorros con dinero público y luego se privatizan mediante subastas al mejor postor.
De la misma manera se expresó el secretario de UGT, quien señaló que es "una evidencia" que el sector financiero español propició la burbuja inmobiliaria.
"La relación entre el comportamiento del sector financiero y la burbuja inmobiliaria es palpable", dijo Méndez, quien criticó que se hayan confundido las prioridades, ya que, en su opinión, lo primero que se tenía que haber abordado era la reforma financiera y no la del mercado laboral o la de la negociación colectiva.


RECHAZA LA CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

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EL ECONOMISTA
El Tribunal Constitucional considera que el recorte salarial decretado en mayo de 2010 por el Gobierno para los empleados públicos no vulneró derechos fundamentales como el de la negociación colectiva.
En un auto, al que ha tenido hoy acceso Efe,los magistrados del Constitucional han rechazado admitir a trámite la primera cuestión de inconstitucionalidad que planteó por este asunto la Audiencia Nacional, al coincidir con el Ministerio Fiscal en que es "notoriamente infundada".
El máximo garante de la Constitución Española explica que "es el convenio colectivo el que debe respetar y someterse no solo a la ley formal, sino, más genéricamente, a las normas de mayor rango jerárquico y no al contrario".
Así, concluye que el decreto ley, que implicó que los convenios colectivos de las empresas públicas fueran reformados para introducir una bajada del 5% en los salarios, no vulneró el derecho a la negociación colectiva porque la intangibilidad o inalterabilidad del convenio colectivo no es uno de sus "elementos esenciales".

Fuerza vinculante de los convenios

El Tribunal Constitucional recuerda que al decreto ley solo le está vedado regular "el régimen general de los derechos, deberes y libertades del Título I de la CE" o que "vaya en contra del contenido o elementos esenciales de alguno de tales derechos", lo que no aprecia en este caso.
A su juicio, el real decreto ley sobre Medidas Extraordinarias para la reducción del déficit público, que aprobó el Gobierno el 20 de mayo de 2010, tampoco dispuso nada sobre la fuerza vinculante de los convenios, que sí está protegida constitucionalmente pero no debe identificarse o confundirse con la "intangibilidad o inalterabilidad" de esos textos de regulación de las condiciones laborales.El auto resume que las disposiciones del real decreto ley "no suponen una 'afectación' en el sentido constitucional del término, del derecho a la negociación colectiva reconocido en el artículo 37.1 de la CE, en cuanto ni regulan el régimen general de dicho derecho ni la intangibilidad del convenio colectivo se configura como uno de sus elementos esenciales".
Por tanto, "no han franqueado el límite material que al decreto-ley impone el artículo 86.1 de la CE de no afectar a los derechos, deberes y libertades del Título I de la CE".

El Tribunal Constitucional tampoco comparte los argumentos de la Audiencia Nacional de que el real decreto ley vulneró el principio de igualdad, ya que la rebaja salarial no se aplicó a los empleados de RENFE, ADIF y AENA por decisión del Ejecutivo dirigido por José Luis Rodríguez Zapatero.
Los magistrados del Constitucional también critican los fallos procesales en los que ha incurrido la Audiencia Nacional al plantear las cuestiones de inconstitucionalidad, a raíz de los recursos presentados por los sindicatos de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y de otras empresas públicas.
Entre ellas, Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) o la Radio y la Televisión Autonómica Andaluza.

Carlos Sánchez asegura que "no se va a paralizar ningún proyecto por el mero hecho de que proceda de la anterior corporación"

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"




El proyecto del tren de Gran Canaria seguirá adelante mientras se garantice la financiación por parte del Ministerio de Fomento, como ha ocurrido hasta ahora. El Partido Popular en el Cabildo, que llevará las áreas de Obras Públicas y de Transportes, hace suyos los trabajos impulsados en los últimos cuatro años por el grupo de gobierno del PSOE y Nueva Canarias, por lo que continuará con la tramitación de los 18 proyectos que ya están adjudicados, de los que siete corresponden a los tramos de vía y nueve a las estaciones.

"Nuestra posición es clara, no vamos a paralizar ningún proyecto por el mero hecho de que venga de la anterior corporación", declaró ayer Carlos Sánchez, actual portavoz del PP y futuro consejero de Obras Públicas del Cabildo grancanario, quien consideró que el tren "es un proyecto importante y bueno para la isla".

"Lo que hemos dicho -apuntó Carlos Sánchez- es que en estos momentos de muchas dificultades hay que centrarse en lo más urgente, que es la creación de empleo para lograr que los 120.000 parados puedan salir de la situación en la que están". No obstante, explicó el consejero, "eso es compatible con seguir adelante con los grandes proyectos y uno de ellos es el tren, siempre con la condición indispensable de que, como ocurre en el resto del territorio español, los ferrocarriles los financia el Ministerio de Fomento y en el caso de Canarias no puede ser de otra manera".

Sánchez aseguró que los 18 proyectos que se están elaborando "no se van a paralizar ni se van a meter en un cajón cuando estén acabados". Al respecto, recordó que el tren se puso en marcha en la etapa de María Eugenia Márquez y continuó en 2003, ya con José Manuel Soria. "En este último mandato se han dado nuevos pasos, las adjudicaciones, y nosotros seguiremos adelante", agregó.

BORRADOR DE REFORMA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

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lunes, 13 de junio de 2011

La "flexibilidad interna" permitirá a los empresarios realizar ajustes salariales descolgándose de los convenios según su propia "coyuntura"

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"


CANARIAS SEMANAL

El Ejecutivo socialdemócrata autoriza a las empresas el despido masivo por “pérdidas transitorias”.

El pasado viernes 10 junio el ministro de Trabajo del Ejecutivo Zapatero, Valeriano Gómez,comparecía ante los medios de comunicación para dar cuenta de las nuevas "reformas" del mercado laboral aprobadas ese mismo día por el Consejo de ministros.  Como se recordará, tras la ruptura de las negociaciones sobre los convenios colectivos entre los sindicatos mayoritarios y la Patronal, el Gobierno español anunció su decisión de imponer por decreto un nuevo marco para los mismos.  La orientación de este decreto no ha supuesto ninguna sorpresa.  El Ejecutivo legislará sobre los convenios colectivos endureciendo la última contrarreforma laboral en línea con las exigencias de la Patronal y las "orientaciones" de la UE, el BE y el FMI.

En su comparecencia pública el ministro de Trabajo anunciaba que los "cambios" en el mercado laboral no afectarán solamente a la negociación colectiva, sino también al marco legal de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE).  Si la última contrarreforma laboral permitía a las empresas aplicar estos expedientes pagando solamente 20 días por año trabajado a cada empleado enviado al paro, el anterior marco legal de los ERES solo contemplaba su aplicación en aquellas empresas que acreditasen una previsión de pérdidas permanente.  El nuevo reglamento aprobado por el Gobierno socialdemócrata permitirá ahora realizar estos despidos colectivos incluso cuando las pérdidas sean solamente "temporales".  La medida viene, pues, a extender de forma decisiva la patente para despedir fácilmente y al más bajo costo. 

En lo referente a la negociación colectiva, el Ejecutivo zapatero ha liquidado definitivamente la "ultraactividad" de los mismos.  Es decir,  la prórroga que hasta el momento se aplicaba a estos convenios una vez expirados y mientras se negociaba su reedición.  En este punto, la patronal CEOE exigía que los convenios decayesen inmediatamente una vez finalizados.  En lugar de ello, el decreto gubernamental acorta de manera significativa los plazos permitidos para la negociación.  

El texto legal establece un plazo de ocho meses para convenios de hasta dos años de duración y de 14 meses para los de vigencia superior.  Pasado este periodo, en el caso de que no se llegase a un acuerdo impone como obligatoria  la intervención de un árbitro cuyo dictamen será de obligado cumplimiento.  La contrarreforma consagra, por tanto, la figura del arbitraje forzoso para "desbloquear" los convenios, acabando mediante otro método con la prórroga automática de los mismos. 



La "flexibilidad interna" 

  Otro elemento incluido en el último decreto aprobado por el Gobierno socialdemócrata es la llamada “flexibilidad interna”. Este término se refiere a la posibilidad que se ofrecerá a las empresas para descolgarse de los convenios sectoriales o provinciales, modificando a la baja las condiciones de trabajo.Incluye, asimismo, la posibilidad de realizar ajustes salariales desvinculándose de los salarios marcados por el sector.  Se permitirá también a los empresarios que distribuyan una parte de la jornada de trabajo en función de las "necesidades de la firma", con el objetivo de disminuir el pago de jornadas extraordinarias.

Un paso firme hacia la liquidación de los convenios 

La reforma de los convenios colectivos supone, en suma,  liquidar la actual prevalencia de los convenios provinciales y sectoriales y “acerca la negociación” al ámbito de la empresa. Las compañías que se rijan por éstos -más de 70% según los datos del Ministerio de Trabajo - podrán abrir un nuevo convenio de empresa "en cualquier momento", con condiciones a la baja y sin esperar a que el provincial expire.  Es decir, que las empresas podrán adaptar tanto las condiciones laborales como sus plantillas a "su propia coyuntura", sin respetar los acuerdos establecidos con anterioridad.



JUAN JOSÉ CARDONA - "EL NEGOCIADOR"

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LA CONFEDERAL DECIDE ESTA SEMANA SI SALVA A UGT CANARIAS - SI MADRID NO AVALA AL SINDICATO ÉSTE SUSPENDERÁ PAGOS

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