El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

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El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

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Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

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SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

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LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

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RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

lunes, 20 de enero de 2014

La OCDE pide retocar los ERE en beneficio de la empresa.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

¿Más reforma laboral? La OCDE pide retocar los ERE en beneficio de la empresa


EL ECONOMISTA

L a reforma laboral de 2012 parece haber aportado "un mayor dinamismo al mercado de trabajo español y constituye un avance de cara a la reducción de la segmentación y al aumento de su competitividad a medio plazo. No obstante, podrían contemplarse ajustes adicionales para asegurar que se cumplen plenamente los objetivos de la reforma del mercado de trabajo", según se afirma en el informe The 2012 labour market reform in Spain: a preliminary assessment (La reforma laboral 2012 en España: una evaluación preliminar).

Este informe, que recoge el último número de la revista jurídica de elEconomista, 'Iuris&Lex', ofrece una evaluación inicial del impacto de la exhaustiva reforma efectuada en 2012 en el mercado laboral en España que ha modificado las normativas sobre negociación colectiva y despido. Esta evaluación complementa la ya efectuada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social (2013). No obstante, los resultados que aquí se presentan deben considerarse como preliminares, debido al breve espacio de tiempo transcurrido desde la implantación de la reforma y la complejidad que conlleva evaluar el impacto de una reforma tan exhaustiva.

Flexibilidad interna en las empresas


Considera la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) que el Gobierno de Rajoy podría considerar los despidos colectivos improcedentes como un tipo más de despido improcedente -como es el caso en la mayoría de países de la OCDE-, limitando la posibilidad de ordenar la reincorporación a los puestos de trabajo a los casos de discriminación. Asimismo, podrían retirarse algunos de los costes adicionales específicos de los despidos colectivos para el empresario introducidos por la reforma.

El informe fue encargado a la OCDE por el Gobierno español y complementa la evaluación de la reforma del mercado de trabajo 2012 llevado a cabo por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. La evaluación que se presenta se considera preliminar y confinado principalmente al impacto de corta duración de la reforma, dado que sólo un corto periodo de tiempo ha pasado desde que se llevó a cabo la reforma y la complejidad de evaluación del impacto de la reforma integral. Sin embargo, la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, la pasada semana afirmaba que no prevé hacer una nueva reforma laboral, aunque sí se ha mostrado partidaria de aceptar algunas de estas recomendaciones.

La reforma se considera con potencial para impulsar el crecimiento de la productividad y la competitividad. Las reformas de la normativa sobre el despido, gracias al aumento de la resignación del trabajo, puede impulsar el crecimiento de la productividad a largo plazo.

Las conclusiones del informe también sugieren que el periodo de prueba resulta demasiado breve para aquellas empresas que no puedan acogerse al contrato emprendedores. Podría prolongarse la duración de los periodos máximos de prueba en otros contratos indefinidos, en particular en aquellos casos en los que dicha duración sea actualmente muy inferior a la de otros países de la OCDE. Por último, aconseja conseguir una mayor convergencia entre los costes contraídos por el empresario por la extinción de los contratos indefinidos y temporales.

Según las previsiones de la OCDE, esto ya será así en el año 2015 para las empresas de menos de 25 empleados -en el caso de despidos procedentes- gracias a las ayudas ya previstas para las indemnizaciones por extinción de contrato destinadas a estas empresas así como los aumentos previstos en las indemnizaciones por extinción de contrato en el caso de contratos de duración determinada aprobados en 2010.

Al Gobierno le indica que podría considerar profundizar en el proceso de convergencia, reduciendo aún más los costes por extinción ordinaria de contratos para las grandes empresas. También evalúa el impacto de la reforma sobre la capacidad de las empresas para ajustar los salarios y la jornada laboral para hacer frente a los shocks de demanda -denominada de flexibilidad interna- , así como los flujos en el mercado de trabajo para los diferentes tipos de contratos y de la general la dualidad del mercado de trabajo español.

Considera la OCDE que se requerirían reformas complementarias para mejorar la eficacia de la reforma del mercado laboral, en particular en el ámbito de las políticas activas del mercado laboral.

Reducción de costes laborales


España ha sido uno de los países europeos en los que los costes laborales unitarios han disminuido desde 2012. Entre el cuarto trimestre de 2011 y el segundo trimestre de 2013, se redujeron en un 3,9 por ciento. Esto ha ocurrido a pesar de la retirada de la mayoría de los subsidios de contratación decidida por el Gobierno en julio de 2012, que, sin duda, empujó al alza los costos laborales, según los datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, 2013.

En el mismo período, en la mayoría de países europeos, los costes laborales registraron o bien un moderado aumento o una ligera disminución. Incluso en Portugal, que también ha sido duramente golpeada por la crisis, la caída de los costes laborales unitarios fue de 3 puntos porcentuales menores que en España. Los modelos econométricos sugieren que, al menos, 25.000 nuevos contratos indefinidos al mes en las empresas con 50 empleados o menos pueden ser atribuidos a la reforma de 2012, mientras que no hay efecto significativo en las más grandes.

Estos patrones se reflejan en los de la parte de los contratos permanentes en todos los nuevos contratos, que se estima que se han aumentado en 3 puntos porcentuales -es decir, un aumento del porcentaje de alrededor del 30 por ciento- para las empresas con 50 o menos empleados. En enero de 2013, las empresas con 50 empleados o menos representaron más de las tres cuartas partes de todos los nuevos contratos indefinidos concluyó ese mes.
La crisis económica y financiera internacional ha afectado al mercado de trabajo español con especial severidad. La tasa armonizada de paro en España alcanzó el 26,7 por ciento en octubre de 2013, la segunda tasa más alta de la zona de la OCDE -superada únicamente por Grecia- y más de tres veces superior a la media de la OCDE (7,9 por ciento).

Convenios colectivos de empresa, sectoriales o regionales


Uno de los principales elementos de la reforma es la mayor preferencia que se da a los convenios colectivos de empresa con respecto a los sectoriales o regionales, así como la mayor facilidad que se ofrece a las empresas para descolgarse de los convenios colectivos y adoptar medidas de flexibilidad interna para limitar la destrucción de empleo.

Asimismo, la ampliación de los convenios colectivos tras su fecha de finalización en caso de no alcanzarse un acuerdo se limita ahora a un periodo máximo de un año. La normativa sobre despidos también se ha modificado, redefiniéndose las condiciones aplicables al despido procedente, reduciendo las indemnizaciones monetarias por despido improcedente y eliminando la exigencia de contar con una autorización administrativa en el caso de los despidos colectivos.

Se ha introducido un nuevo contrato indefinido para empleados a tiempo completo en las pequeñas empresas con un periodo extendido de prueba de un año de duración y ha reducido los costes ligados al despido para los trabajadores indefinidos.

La reforma laboral ha mejorado la flexibilidad del sistema de negociación colectiva de una forma que rara vez se habría encontrado antes de la crisis ni en España ni en otros países de la zona del euro. Los indicadores de rigidez de la normativa laboral de la OCDE indican que la reforma ha reducido de manera significativa la rigidez de la legislación española que regula los despidos. Sin embargo, las indemnizaciones por extinción de contrato en el caso de los trabajadores indefinidos en España siguen situándose entre las más elevadas de la OCDE, a pesar de la importante reducción en la indemnización por despido improcedente de la reforma.

Los cambios en las normativas de flexibilidad interna y negociación colectiva han contribuido a la significativa moderación salarial observada en España durante el último año, aún a pesar de que parte de esta moderación sea resultado de unas prolongadas condiciones cíclicas adversas y las reducciones salariales aplicadas en el sector público.

Aunque la moderación salarial está afectando los niveles de vida de los trabajadores, ya empiezan a verse sus resultados en lo que respecta a la evolución del empleo y a puestos de trabajo no destruidos. Una vez el crecimiento económico esté asentado de nuevo, la mayor proporción de convenios colectivos a nivel de empresa dará más margen para que se trasladen los incrementos de productividad a los salarios.

En líneas generales, la economía española parece haber conseguido unos avances significativos en relación con la moderación salarial, si bien considera que es aconsejable realizar un seguimiento continuo de los efectos de la reforma y el Gobierno debe estar dispuesto a adoptar medidas adicionales si la evolución del empleo empeora.

Además, debe vigilarse la evolución de la desigualdad salarial para garantizar que los costes y los beneficios de la reforma son compartidos de manera equitativa. La reforma ha contribuido a promover la contratación indefinida. El análisis empírico del informe sugiere que la reforma podría haber creado unos 25.000 nuevos contratos indefinidos al mes, concentrándose su efecto en las pequeñas y medianas empresas -con menos de 100 empleados-.
La reforma ha contribuido a contener la duración de los periodos de paro, en particular debido a unas transiciones más rápidas hacia el empleo indefinido para aquellos trabajadores que se quedan en paro tras un empleo temporal.

Hay signos de que las bajas de trabajadores han descendido tras la reforma, en especial en los contratos temporales, posiblemente gracias al mayor uso de medidas de flexibilidad interna como alternativa a la extinción del contrato.
Todos estos resultados apuntan a un efecto positivo de la reforma a la hora de atenuar la generalizada segmentación del mercado de trabajo en España, si bien su impacto por ahora es reducido y llevará tiempo que la dualidad del mercado laboral se reduzca de forma significativa. Incluso aunque, con anterioridad al cambio legislativo efectuado en agosto de 2013, también derivara en un descenso de despidos colectivos.

Descenso de despidos colectivos


Por el contrario, la reforma redujo los despidos colectivos en mayor medida que ningún otro efecto visible sobre el individual, debido probablemente al aumento de la incertidumbre procesal que se produjo tras la eliminación de la exigencia de contar con una autorización administrativa -y el consiguiente incremento de la inseguridad jurídica- así como a la ampliación de las circunstancias en las que las empresas que efectúen estos despidos paguen un impuesto y realicen un plan especial de formación y recolocación.

La falta de efecto que ha tenido la reforma en la contratación indefinida por parte de las grandes empresas. A este respecto, el Gobierno reaccionó con rapidez abordando algunos de los elementos principales de la incertidumbre procesal a través de un nuevo cambio legislativo en agosto de 2013. Sin embargo, aún considera el informe que esdemasiado pronto para saber si estos cambios serán suficientes para restablecer en el futuro la seguridad jurídica en relación con los despidos colectivos.

Cuando los datos se desagregan por tamaño de empresa, la expansión más grande en el número de nuevos contratos indefinidos inducidos por la reforma se encuentra en las pequeñas empresas de 25 empleados o menos -45 por ciento, lo que corresponde a cerca de 21.000 nuevos contratos al mes-. Por el contrario, en las empresas con 26 a 50 empleados el aumento fue más modesto -cerca de 4.000 nuevos contratos al mes, un 28 por ciento-.



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