El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

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El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

martes, 27 de septiembre de 2016

El Tribunal Supremo acaba de sentenciar que la empresa no puede fijar en ningún caso un plazo mínimo de preaviso ni requisitos para su disfrute, al solicitar el Crédito Horario Sindical

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

Crédito horario sindical: fijar requisitos o plazos de preaviso mínimo vulnera el derecho fundamental de libertad sindical

Asesoriza

Aunque para disfrutar del derecho al crédito horario sindical se requiera preaviso y justificación, el Tribunal Supremo acaba de matizar que esto no implica en ningún caso aceptar condicionantes que extiendan el preaviso más allá de lo que suponer dar cuenta de su utilización antes de que ésta se lleve a cabo. Por tanto, la empresa no puede fijar plazos, predeterminar el tiempo mínimo de ejercicio del derecho ni establecer unilateralmente requisitos sobre su disfrute (sent. del TS de 18.05.16, a la que ha tenido acceso Cart@ de Personal y que ratifica la sent. de la AN de 30.06.14).

El sindicato mayoritario de una empresa de consultoría tecnológica presentó una demanda ante la Audiencia Nacional para que declarara nula, por vulnerar el derecho de libertad sindical, la decisión de la empresa de fijar un plazo mínimo de preaviso y una serie de requisitos para disfrutar del crédito horario sindical.

En concreto, la empresa envió a los comités de empresa de sus centros de trabajo una comunicación por la que establecía un preaviso mínimo por escrito de 48 horas (salvo en caso de urgencia) y una serie de requisitos sobre el disfrute y la justificación de las horas correspondientes al crédito sindical (en concreto, formalizar la utilización en unos partes de trabajo u hojas de actividad mensuales y una justificación por escrito del crédito sindical utilizado, indicando la hora o fecha de inicio y de finalización del crédito).

Tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo fallan a favor del sindicato y declaran nula la medida impuesta por la empresa al considerarla como una práctica antisindical y discriminatoria que conculca el derecho fundamental a la libertad sindical.

En última instancia, el TS determina que aunque es cierto que el ET establece la necesidad de preaviso y justificación, “no puede aceptarse en ningún caso que pueda someterse el disfrute del crédito horario sindical a un control rígido por parte de la empresa que amenace la independencia del representante”.

Por ello, a falta de pactos sobre el uso del crédito, o a salvo de lo que pueda disponer el convenio colectivo, “no es admisible que la empresa pueda elaborar unas normas por las que establezca una serie de requisitos condicionantes para el uso del crédito horario, ya que esto es contrario al ejercicio de la actividad sindical como parte esencial del derecho de libertad sindical”. 

Por todo ello, el TS ratifica la sentencia de la AN y declara nula la medida de la empresa, aunque rebaja los daños y perjuicios al sindicato de los 6.254 euros solicitados a los 3.000 euros, al entender que “se trata de daños morales cuya prueba resulta difícil, por lo que hay que tomar en consideración la cuantía de una multa por infracción grave en materia laboral establecida en la LISOS”.

lunes, 19 de septiembre de 2016

DERECHO LABORAL

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

El salario 'real' del trabajador se entiende en términos 'brutos'


ECOLEY

El Tribunal Supremo determina en su sentencia de 28 de junio de 2016 que, por salario real, se ha de entender la totalidad de las percepciones dinerarias o en especie que percibe el trabajador, conforme a la prestación de servicios, en los términos previstos en el artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET).

Además, la ponente, la magistrada Segoviano Astaburuaga, dictamina que todas estas percepciones se han de considerar en términos brutos, pues todas ellas integran el salario real del trabajador, con independencia de las deducciones que se practiquen a efectos tributarios y de cotización.
La sentencia rechaza los argumentos de la sentencia de contraste representada por el recurrente en la que se entendió que salario real puede identificarse con salario neto, ya que una de las acepciones de real es "lo que tiene existencia verdadera y efectiva" -según el Diccionario de la Real Academia- o "lo concreto, efectivo, existente, positivo..., de veras" -según el Diccionario del Uso del Español de María Moliner-.
Por ello, la magistrada concluye que el salario neto es el salario efectivo, existente y positivo para el trabajador, aquel del que, una vez deducidas las cargas fiscales y de la Seguridad Social, dispone el trabajador.
Si se acude a la interpretación literal del precepto controvertido, tal y como resulta del artículo 3.1 y 1.281 del Código Civil, ha de entenderse que salario real es el salario que tiene a su favor el trabajador, ya que lo real no es lo que en mano se le entrega, sino lo que tiene derecho a percibir, que es el salario que le corresponde y del que la empresa practicará las deducciones a las cargas fiscales y de Seguridad Social.
Y sigue razonando Segoviano Astaburuaga que, de entenderse que el salario real es el salario líquido que percibe el trabajador, podría resultar que, si un determinado trabajador tiene embargado o retenido por un juzgado u otro organismo una parte de su salario, para atender deudas derivadas de sentencia de condena o de incumplimientos tributarios o de otra índole, el salario neto sería muy inferior al salario bruto, produciéndose esta minoración de forma esporádica y por unas circunstancias concretas que, no justificarían que la empresa solo tuviese que abonar la diferencia hasta completar el salario neto.
Asimismo, señala que también podría suceder que, por circunstancias personales especiales, un trabajador tuviera una elevada retención por cargas fiscales y no parece razonable que en ese supuesto el complemento a cargo de la empresa se limitara a alcanzar el importe del salario neto.
Finalmente, señala que para calcular la indemnización en los despidos objetivos o disciplinarios declarados improcedentes, entre otras figuras, se calcula acudiendo al salario bruto.

viernes, 9 de septiembre de 2016

El despido disciplinario por robo es improcedente por ser ludópata el empleado

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"


Anulado un despido disciplinario al ser el trabajador ludópata


EL ECONOMISTA

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha ha anulado por improcedente el despido disciplinario de un empleado de Correos que robó siete tarjetas de crédito de envíos que tramitaba, así como otras cartas que contenían las claves de las mismas. La sentencia, de 3 de marzo, determina que la ludopatía que padecía elimina el requisito de la culpabilidad que requiere la medida adoptada por la compañía.
La resolución admite la gravedad de unos hechos que, "en condiciones normales [...] llevaría aparejada la calificación de procedencia del despido". Sin embargo, "no se cuestiona la gravedad de la conducta sino la culpabilidad del empleado".
En este sentido, la magistrada Gómez Garrido, ponente del fallo, recuerda que a efectos laborales, la culpabilidad requiere la existencia de integridad psicológica, que permita al trabajador conocer el alcance de sus actos, y de capacidad volitiva o la posibilidad de determinar sus acciones.

Compulsión invencible

La sentencia tiene en cuenta que el acusado está diagnosticado de ludopatía y que está sometido a tratamiento psiquiátrico. Dicha enfermedad "afecta gravemente a su voluntad, teniendo abolida de hecho, tal y como se afirma en la sentencia de instancia, su capacidad volitiva".
Por ello, aún admitiendo que era plenamente consciente de sus actos considera que la ludopatía anula "la inhibición de sus conductas, debido a la compulsión invencible que genera".
El TSJ cita la jurisprudencia del Tribunal Supremo que discute si la ludopatía puede integrar una eximente completa, una eximente incompleta, o una atenuante, pero no alberga dudas -razona- sobre su incidencia sobre la responsabilidad del que la padece.
Así, Gómez Garrido recuerda que la causa penal contra el trabajador fue sobreseída en atención a su enajenación o demencia.
Por todo ello, el fallo rechaza el recurso de Correos contra la sentencia de instancia al faltar en el acusado el requisito de la culpabilidad. Aunque ello "no significa que la empresa, ante la gravísima conducta del interesado, deba asumir sus consecuencias sin otras alternativas". Por ello, le insta a adoptar otras medidas, pero descartando la máxima sanción disciplinaria.
En un caso como el descrito, Iván Gayarre, socio de Sagardoy Abogados, recomienda a las empresas "realizar un despido objetivo del 52.a) del Estatuto de los Trabajadores, con el máximo rigor técnico posible para evitar el riesgo de despido nulo por vulneración de la garantía de indemnidad o discriminación por razón de enfermedad", probando que únicamente se ha tenido en cuenta el efecto incapacitante que la enfermedad tiene desde una perspectiva funcional.

miércoles, 7 de septiembre de 2016

La presión fue extraordinariamente fuerte.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

LA RENUNCIA DE SORIA: UNA DESGRACIA PARA EL BANCO MUNDIAL Y PARA CANARIAS


CANARIAS SEMANAL

La presión fue extraordinariamente fuerte. No sólo fue la opinión pública en el Estado español, en la que se incluía la de sectores del propio Partido Popular, abochornandos por los posibles efectos que su nombramiento podría acarrearles, sino que el mismo Mariano Rajoy vio amenazado el pequeño margen de maniobra de que dispone en sus operaciones de fontanería institucional, para la formación de un nuevo gobierno. El precio que había que pagar por la candidatura de Jose Manuel Soria a la dirección ejecutiva del Banco Mundial podía ser políticamente demasiado alto, aunque este nombramiento hubiera sido sugerido por  el mismísimo cuadro directivo del Ibex 35.


       A todo ello, vino A agregarse  el escándalo que la designación suscitó en los medios internacionales. La prensa y la TV de todo el mundo, conocedora  de que cuando uno de estos grandes pejes huele a podrido lo más prudente es marcar distancias, cayó a degüello sobre él. ¿Cómo era posible que todo un Gobierno en funciones se atreviera a proponer a un exministro sorprendido, de manera flagrante, con los bolsillos repletos de "papeles panameños", para una Dirección Ejecutiva en el Banco Mundial? ¿Cómo era posible que osaran avalar la candidatura de un probado embustero compulsivo para la administración  de una institución económica que carece, precisamente, de la más mínima credibilidad ante todos los pueblos del mundo? Eso era como si a EE.UU. se le hubiera ocurrido, después del affaire del Watergate, proponer a Richard Nixon para la Secretaría General de las Naciones Unidas.

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      La verdad es que la avalancha fue, más que arrolladora, brutalmente sísmica. Por otra parte, estaba claro que si su candidatura no era anulada en España, lo sería posteriormente, el próximo noviembre, en el sanedrín del Banco Mundial. Ni siquiera una institución como esta, fuertemente enmierdada en su gestión internacional, podía permitirse el lujo de aceptar directivos con trayectorias biográficas tan embarradas como la de Soria.


      Por fin, José Manuel Soria, el prepotente, el arrogante, el pagado de sí mismo, el que cada mañana cuando se levanta se pone al mundo por montera,  se vio obligado a doblar humildemente la cerviz. Y, nuevamente, su figura se vino al suelo hecha añicos.

 
Aseguran fuentes del gobierno, que el ex superministro de Industria, Turismo y Medio Ambiente, el hombre que controlaba  el 70% del Producto Interior Bruto del país  y que diligentemente lo ponía al servicio de las empresas del Ibex,  dirigió este lunes una  discreta carta al Secretario de Estado de Economía,  en la que, dolido, presentaba su renuncia al codiciado puesto de Director Ejecutivo del Banco Mundial.


    Teniendo en cuenta  cuál es la desnaturalizada esencia  de esa institución financiera internacional, hay que reconocer que el Banco Mundial acaba de perder, sin duda, una valiosísima  aportación. El Banco, que tiene como generosa función financiar a los más ricos, ya no podrá contar con el asesoramiento de un cualificado técnico, especialiizado en cómo moverse en los paraísos fiscales y en crear empresas fantasmas destinadas a la evasión  del pago de "onerosos"impuestos. Tampoco podrá contar con una portavocía ante los medios capaz de liar  con embrolladas explicaciones  a los más conspicuos representantes de la prensa y la TV.


   Sin embargo, las desdichas no solo las sufrirán los cuatreros del Banco Mundial. Para los canarios, el posible retorno de Soria a las Islas resultará también un desgraciado infortunio, una desoladora calamidad.

lunes, 5 de septiembre de 2016

¿DE QUIEN ES EL DEDO QUE NOMBRÓ A SORIA DIRECTOR DEL BANCO MUNDIAL?

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

¿QUIÉN HA COLOCADO, REALMENTE, A JOSÉ MANUEL SORIA EN EL BANCO MUNDIAL?




La elección del ex ministro José Manuel Soria, por parte del Gobierno de Mariano Rajoy, para representar a España en el Banco Mundial como Director Ejecutivo, con un salario de 226.000 euros anuales libres de impuestos, ha caído como una auténtica bomba postvacacional. Pero, ¿cómo es posible que justo en este momento el PP se haya atrevido a tomar esta decisión con un político que tuvo que dimitir, tras descubrirse que poseía sociedades en paraísos fiscales? ¿Se puede explicar, como afirman algunos, simplemente por la "desvergüenza" de los dirigentes del Partido Popular?
   Por ARTURO INGLOTT / CANARIAS-SEMANAL.ORG.-


    La elección del ex ministro José Manuel Soria, por parte del Gobierno de Mariano Rajoy, para representar a España en el Banco Mundial como Director Ejecutivo, con un salario de 226.000 euros anuales libres de impuestos, ha caído como una auténtica bomba postvacacional.


    Y no es para menos. Hace apenas unos meses, el político canario se veía obligado a renunciar a todos sus cargos, después aparecer involucrado en el caso de los Papales de Panamá, por poseer sociedades mercantiles en paraísos fiscales.  Aunque Soria, que anteriormente había salido indemne de un buen número de escándalos por presunta corrupción, realizó durante una semana todo tipo de esfuerzos por negar lo evidente, en esta ocasión su habitual estrategia de negar hasta lo evidente acabó volviéndose en su contra. Cada mentira, cada incongruencia del ministro iba engrosando más y más la losa que, finalmente, le obligó a presentar la dimisión y a retirarse discretamente a un segundo plano.


   Se acercaba la campaña para la repetición de las elecciones generales y el PP no tenía el horno para soportar semejante bollo. Soria no tuvo más remedio que apartarse por el bien de la manada.


   Pero, ¿cómo es posible que, justo en este momento, cuando Mariano Rajoy se enfrenta a una cada vez más compleja investidura, con unos socios que hacen difíciles malabarismos para apoyarles al tiempo que tratan de mantener su imagen de "luchadores contra la corrupción", el partido ultraconservador se haya atrevido a dar semejante paso? ¿Por qué recuperar al supuestamente defenestrado Soria para premiarlo con este cargo, arriesgándose a pagar un tremendo costo político?


    El desconcierto por esta decisión ha sido tal, que incluso los opinadores y tertulianos más afines al Partido Popular han tenido serias dificultades para explicar lo sucedido. Los hay que, agarrándose a un clavo ardiendo, hacen suya la justificación del Ejecutivo sobre los "méritos funcionariales de José Manuel Soria". Otros, reconocen no entender la jugada y se refieren al nombramiento como un inexplicable "error" de Mariano Rajoy.


   Por su parte, sus homólogos socialdemócratas en los medios, afines al PSOE, Podemos o Izquierda Unida, tampoco van mucho más allá en sus explicaciones, achacando la designación, simplemente, a la “desvergüenza” de los dirigentes del PP.


    Sin embargo, el descaro  del que, sin duda, hacen gala los políticos delPartido Popular, no basta para explicar una decisión que la cúpula de los conservadores sabe, con certeza, que puede perjudicar muy gravemente sus posibilidades de conformar un nuevo gobierno. Los dirigentes del PP pueden ser sinvergüenzas, pero desde luego no son estúpidos.


   Sin tener acceso a las informaciones privilegiadas que, en este caso, se mantienen en las  altas esferas, no resulta posible aventurar hipótesis fundadas sobre cuál puede haber sido el desarrollo de los acontecimientos entre bambalinas, para llegar a la “colocación” de José Manuel Soria en la institución financiera internacional.


JOSÉ MANUEL SORIA: EL HOMBRE DE LAS MULTINACIONALES ESPAÑOLAS

   Sin embargo, sí conviene introducir entre los factores de lo que, por el  momento es una incompleta ecuación, un elemento esencial, y sorprendentemente olvidado en todos los análisis periodísticos que se han realizado sobre el nombramiento.

   Durante todo su mandato como ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria hizo de todo menos perder el tiempo. Al frente de un“superministerio” esencial para el diseño de las políticas económicas del Estado,Soria se convirtió en el principal ejecutivo y representante, a nivel nacional e Internacional, de las multinacionales españolas.

   Y, particularmente, de las poderosas empresas del sector de la Energíacomo Repsol, cuyos intereses no dudó un solo segundo en poner por delante del propio futuro del Archipiélago canario.   El papel que a Soria le tocaba jugar en el Ministerio quedó también claramente expresado en el conflicto entre Repsol y el gobierno argentino. En abril del 2012, el Ejecutivo de ese país tomó la decisión de nacionalizar la empresa YPF, una filial de la multinacional Repsol. Frente a esa situación, el Gobierno español, con el ministro Soria a la cabeza, asumió como suya la defensa de los intereses de la multinacional. En aquella época,  el accionariado de la empresa no era ni siquiera mayoritariamente español. No obstante, Soria y su ministerio enarbolaron el discurso de la defensa de "nuestras empresas" y de los "intereses patrios".


   También se manifestó  de forma significativa el "activismo" de Soria a favor de las eléctricas en el decreto aprobado en octubre  de 2015, conocido como fue conocido como  "impuesto al sol". Con él, el ministro pretendió gravar impositivamente la instalación y utilización de placas solares por parte de particulares, que se autoabastecían de energía prescindiendo  de las redes de suministro en manos de Iberdrola, Endesa y Gas Natural Fenosa.


   Estos datos de la biográfica política de Soria resultan fundamentales para entender su privilegiada situación actual.


    Las conocidas "puertas giratorias", mediante las cuales se pasa de realizar estos trabajos como cargos públicos a otros oficialmente privados, para los mismos intereses, no son solo  el resultado del pago de los favores prestados. Aunque dichos pagos, desde luego, se producen, lo cierto es que años de desempeño en actividades como las que efectuó Soria al frente de suSuperministerio, como representante político del gran capital español, dan como resultado una cualificación particular para posteriores desempeños.


    Permiten, entre otras cosas, formar una  red de relaciones internacionales, contactos y "amistades" en las más altas esferas que, para la defensa de esos mismos intereses, constituye, en sí misma, un gran “capital”.  Facilitan así entrar a formar parte de una elite de “ejecutivos” que, sin ser, por supuesto, los dueños del Casino Mundial, sí les resultan a estos de gran utilidad para su gestión.


    Esta es la posición que durante años se ha ido labrando, pacientemente, José Manuel Soria, del mismo modo que antes comenzó a preparar su futuro, ejerciendo como conseguidor de los intereses de la burguesía canaria en la capital del Reino.


   De ahí provienen los poderosísimos apoyos  que permiten entender por qué, pese a las inconveniencias que ello supone a nivel interno para el Partido Popular, Soria continúa estando hoy en disposición de recoger el “fruto de sus esfuerzos”.


    Y, dado que el Banco Mundial y el FMI son, justamente, las dos instituciones internacionales donde se establece la regulación financiera más apropiada para sostener la explotación del gran capital a nivel mundial, el destino elegido para el político canario tampoco de resultar “natural”.

Las grabaciones no vulneran en ningún caso el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

La grabación por un particular sirve como prueba procesal


ECOLEY

La utilización en el proceso penal de grabaciones de conversaciones privadas grabadas por uno de los interlocutores no vulnera el derecho fundamental a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, cuando se han realizado en el ámbito particular.
Así lo determina el Tribunal Supremo (TS) en sentencia, de 15 de julio de 2016, en la que señala que este derecho no puede esgrimirse frente a los propios intervinientes en la conversación, según ha declarado el Tribunal Constitucional en su sencia de 29 de noviembre de 2009 y ya había fallado el propio TS en la suya de 9 de julio de 1993 .

Rechazo de las celadas

Las grabaciones en el ámbito particular, no obstante, sí pueden vulnerar el derecho a un proceso con todas las garantías, cuando la persona grabada ha sido conducida al encuentro utilizando argucias con la premeditada pretensión de hacerle manifestar hechos que pudieran ser utilizados en su contra, en cuyo caso han de ponderarse todas las circunstancias concurrentes.
La doctrina jurisprudencial prescinde de calificar las manifestaciones realizadas por el inculpado en estas grabaciones como confesión, utilizando las grabaciones como ratificación de las declaraciones de los demás intervinientes en la conversación, que tienen el valor de testimonio de referencia sobre las declaraciones del inculpado.
La sentencia, de la que es ponente el magistrado Conde-Pumpido Tourón, ratifica que sí existe vulneración de estos derechos cuando las grabaciones se realizan desde una posición de superioridad institucional -por agentes de la autoridad o superiores jerárquicos- para obtener una confesión extraprocesal arrancada mediante engaño, salvo los supuestos de grabaciones autorizadas por la autoridad judicial conforme a los artículos 588 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim).
Por otra parte, la sentencia dictamina que las grabaciones no vulneran en ningún caso el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones. Tampoco vulneran el derecho constitucional a la intimidad, salvo casos excepcionales en que el contenido de la conversación afectase al núcleo íntimo de la intimidad personal o familiar de uno de los interlocutores.
La parte recurrente cuestionaba la validez probatoria de la grabación, estimando que cuestiona el derecho a un proceso con todas las garantías, pues las contestaciones del acusado "no se prestan en las condiciones de libertad, seguridad, serenidad y conocimiento informado necesarias para la validez o eficacia autoinculpatoria de la manifestación de un imputado".

Descubrir al delincuente

El ponente aborda otro asunto fundamental en esta sentencia como es la inexistencia de dilación en la tramitación del procedimiento penal, si los recurrentes no interpusieron la denuncia hasta dos años después de descubrirse los hechos.
Considera la sentencia que "esta demora es irrelevante a los efectos aquí invocados, pues el derecho constitucional a un proceso sin dilaciones indebidas no abarca el derecho de todo delincuente a ser descubierto y denunciado con prontitud". Siempre que el procedimiento se incoe mientras el delito no se encuentre prescrito, lo determinante es la duración del procedimiento, no el tiempo transcurrido antes de su iniciación, concluye el texto.

viernes, 26 de agosto de 2016

Las empresas tienen la obligación de registrar diariamente las horas de trabajo. La Inspección de Trabajo ha puesto su punto de mira el control de las horas extraordinarias.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

Trabajo estrecha el control de las horas extra


EL ECONOMISTA

La Inspección de Trabajo ha puesto su punto de mira el control de las horas extraordinarias de la banca, el comercio, las actividades sanitarias y servicios sociales, la industria manufacturera y los servicios de reparación de vehículos. Unos sectores que, según los datos contenidos en la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2015, han registrado un mayor volumen de tiempo de trabajo fuera de la jornada ordinaria de los empleados. En el caso del sector financiero y de seguros, además, el organismo advierte que "concentra un mayor volumen de las [horas extra] no pagadas".
En la hostelería, uno de los sectores especialmente problemáticos en este aspecto, Trabajo no ha ordenado una vigilancia especial -"por ser objeto ya de múltiples controles" en años anteriores-, pero sí recomienda mantener actuaciones regulares de verificación.
Las empresas de menos de 50 trabajadores también están siendo objeto de un examen exhaustivo por parte de la Inspección, dado que "ocupan el mayor porcentaje del tejido productivo empresarial".
Estas directrices aparecen contenidas en la Instrucción 3/2016 sobre intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias con la que el organismo pretende garantizar el cumplimiento de la normativa sobre tiempo de trabajo: el respeto a las reglas sobre jornada máxima y horas extras, así como su correcta compensación y cotización.

Cómputo diario

La Inspección de Trabajo advierte que debe prestarse especial atención "a la llevanza del registro de jornada y a los derechos de información de los representantes de los trabajadores".
Esta directriz responde a la interpretación del artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET) realizada por la Audiencia Nacional (AN), en una sentencia del 4 de diciembre de 2015 -posición reiterada en sentencias del 19 de febrero y del 6 de mayo de este año-, que establecía que las empresas tienen la obligación de registrar diariamente las horas de trabajo. Un cómputo que debe realizarse con independencia de que en la compañía se hagan -o no- horas extra.
Dichas resoluciones también determinaban que los representantes de los trabajadores deben ser informados mensualmente de las horas extra realizadas en la empresa, de acuerdo con el Real Decreto 1562/95, sobre jornadas de trabajo.
La Dirección General de Empleo también se ha manifestado de acuerdo con que el registro horario no depende de que en la empresa se hagan horas extraordinarias en sus informes del 31 de julio de 2014 y 1 de marzo de 2016.
La Inspección precisa que el registro, además de ser diario, debe incluir la hora exacta de entrada y salida de cada empleado, "no siendo aceptable para la acreditación de su cumplimiento la exhibición del horario general de aplicación en la empresa o los cuadrantes horarios elaborados para determinados periodos", pues contienen una previsión de horas de trabajo y no las efectivamente realizadas.
Además, el organismo exige que la comprobación de la existencia del registro pueda realizarse en el mismo centro de trabajo, lo que evitará -explica- que éste pueda crearse posteriormente, o ser manipulado o alterado.
La compañía puede elegir libremente el tipo o modelo de registro, pero éste, en todo caso, debe garantizar su fiabilidad y la invariabilidad de los datos.
Los inspectores también deben tener acceso al resumen de la jornada de los trabajadores que se entregue a sus representantes.

Entrevistas y conclusión

La Instrucción 3/2016 concede "particular interés" a las entrevistas con los trabajadores y sus representantes. Para lograr la máxima sinceridad del entrevistado, el documento recomienda no empezar preguntando que se identifique. También prohíbe la presencia de encargados o representantes de la empresa durante las mismas.
Los inspectores, asimismo, recabarán de la empresa otros documentos necesarios para su investigación: el listado de los trabajadores, puestos de trabajo y horarios y turnos, los contratos de trabajo, en caso de existir, los acuerdos de distribución irregular de jornada y preaviso de su realización y los recibos de los salarios y sus justificantes de pago.

jueves, 25 de agosto de 2016

TENER UN TRABAJO YA NO TE SACA DE POBRE

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

"EN CANARIAS HAY PROFESIONALES TITULADOS Y CUALIFICADOS QUE NO PUEDEN PAGARSE NI LA GUAGUA"


CANARIAS SEMANAL


Las cifras del Ministerio de Empleo y Seguridad Social sobre el descenso relativo del número de parados en Canarias  han sido utilizadas por los voceros del gobierno regional para reiterar un mensaje recurrente sobre la supuesta superación de las crisis económica, que se da de bruces con la realidad de pobreza y  exclusión social que continúan extendiéndose en el Archipiélago.


    Los datos que lo atestiguan son tan evidentes que incluso los representantes de las ONGs más insertadas en el statu quo advierten sobre ello de forma recurre


   El último en alertar sobre este proceso ha sido el  presidente de la Cruz Roja en Canarias Gerardo Mesa Noda. En declaraciones efectuadas a un diario tinerfeño, Mesa Noda confirmó que la institución que preside, al igual queCáritas y otras ONGs dedicadas a estas funciones "están atendiendo hoy a un número cada vez mayor de personas".


     Sin haber terminado de registrar las cifras relativas al pasado 2015, Mesa especificó que  "solo en lo que se refiere al programa de asistencia básica para personas en situación de vulnerabilidad, estamos hablando de 81.329 personas".



   El responsable de Cruz Roja reiteró, asimismo, otro dato que apunta a la reconfiguración en la composición de las clases sociales que se está imponiendo en el Archipiélago, y en el conjunto del Estado, tras el estallido de la crisis capitalista.



  “Ahora ya no hablamos solo de familias desestructuradas o en situación de exclusión social, sino de familias de clase media donde antes trabajaban uno o los dos progenitores, que tenían una casa hipotecada y un coche. Y cuando uno o los dos se quedan sin empleo, y si además no son de aquí o no tienen a nadie que les ayude, la situación se complica. Hay casos de profesionales titulados y cualificados que no pueden asistir a cursos porque no tienen dinero para pagarse la guagua” -apuntó Mesa Noda.



    El presidente de Cruz Roja en Canarias hizo alusión, igualmente, alincremento de la pobreza infantil y a la consecuencias que a largo plazo tendrá este fenómeno para las nuevas generaciones.


    “La pobreza infantil se da en una situación de la vida en la que los niños se están formando física y mentalmente, en la que se adquieren los primeros valores. Y precisamente en esos momentos muchos menores están pasando graves necesidades, lo que además genera discriminación en el colegio, lo que sin duda influirá en su personalidad"


    En lo que respecta a la dejación del Estado con respecto una situación que,  por el contrario, se ve agravada y multiplicada por las políticas de recortes y austeridad impuestas por los gobiernos español y canario, significativamenteGerardo Mesa reconoció que   “está claro que las ONG están haciendo el trabajo que le correspondería hacer a la administración”.


    Al ser interrogado sobre la existencia de "algunos indicadores económicos que indicarían que la recuperación ya ha comenzado", Mesa respondió´, asimismo, admitiendo, otro de los resultados perseguidos por las políticas económicas para "la gestión de la crisis": la reducción drástica de los salarios.


    "Las estadísticas sobre  población vulnerable y pobreza son incontestables. Quizá han mejorado ligeramente las cifras de empleo, pero las personas que consiguen un trabajo -concluyó -  tienen unas condiciones laborales que no les permiten vivir dignamente".

miércoles, 17 de agosto de 2016

Los trabajadores españoles pierden el miedo a la baja por enfermedad tras los años de crisis.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

Sin miedo a las bajas laborales


EL ECONOMISTA


El número de casos de incapacidad temporal entre los trabajadores españoles empezó a reducirse en 2007, al mismo tiempo que se disparaba el desempleo. Pero, tras seis años de caídas, este indicador sufrió un ligero repunte en 2014, y desde entonces comienzan a subir.
En concreto, la incidencia media por cada mil trabajadores se situó en el 19,4%, un repunte que supone alcanzar el nivel más alto desde 2011, pero que aún se encuentra muy lejos de los 32,1% casos por cada mil trabajadores registrados en 2007, justo antes del comienzo de la crisis.
Además, no sólo se piden más bajas, sino que éstas son más largas. Según la Seguridad Social, duraron de media 37,8 días, con lo que la cifra subió por quinto ejercicio consecutivo, tras elevarse un 0,77% frente al año 2014. No obstante, también se quedó muy lejos de los niveles precrisis, cuando, como ocurrió en 2006, se alcanzaron los 47 días de media.
Más estadísticas en Statista

El aumento de las bajas laborales también se ve reflejado en el aumento del gasto del Gobierno, que en este año alcanzará unos 6.654 millones de euros, el nivel más alto desde 2010, según un informe de la AIReF.
El gasto en incapacidad temporal crecerá en torno al 8% respecto al nivel registrado el año pasado y se situará en un nivel similar al del ejercicio 2010. Como explica la AIReF, estas prestaciones tienen "carácter procíclico, es decir se reduce en épocas de recesión (representadas mediante un aumento del desempleo) y aumenta en etapas de crecimiento económico (épocas de menor desempleo)".
Este comportamiento se produce no solo por el menor volumen de trabajadores protegidos en épocas de recesión sino porque "los trabajadores que están en activo reducen su incidencia en los periodos en los que existe alto nivel de desempleo".

jueves, 4 de agosto de 2016

Canarias es la tercera región con menos plazas de residencia para mayores financiadas con fondos públicos

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

LOS ANCIANOS CANARIOS SON LOS PEOR TRATADOS POR LA ADMINISTRACIÓN EN TODO EL ESTADO


CANARIAS-SEMANAL.ORG.-

       Canarias se encuentra entre las tres únicas comunidades del Estado que han cumplido el restrictivo objetivo de reducir su gasto hasta mantener su déficit por debajo del 0,7%. De hecho, el Archipiélago, con tan solo un 0,54% fue la comunidad con déficit más bajo, seguida de Galicia (0,57) y Euskadi, que alcanzó un 0,69%. Uno dato por el que el Ejecutivo regional recibió la felicitación del ministro de Hacienda en funciones Cristóbal Montoro. 



   Sin embargo, como de costumbre este índice macroeconómico no refleja las consecuencias que la austeridad neoliberal, aplicada a rajatabla por el Gobierno autonómico, acarrea a cientos de miles de canarios. Parados sin prestaciones a los que nunca llega la menguante Prestación Canaria de Inserción, los nuevos trabajadores pobres que deben recurrir a las instituciones de caridad al no poder afrontar sus gastos básicos con sueldos de miseria, familias desahuciadas a las que las instituciones no ofrecen ninguna alternativa habitacional... Un conjunto de colectivos sociales cada vez más numerosos entre los que cabe destacar a los ancianos.



    En lo que respecta a este vulnerable segmento de la población isleña, el último informe realizado por la Asociación de Directores y Gerentes en Servicios Sociales a partir de los últimos datos publicados por el Imserso (de 2013)indica que Canarias es la tercera comunidad con menos plazas de residencia para mayores financiadas con fondos públicos, en proporción a su población, y la segunda con peor cobertura de servicios de teleasistencia para personas de más de 65 años.




   Las Islas cuentan tan solo con 3.766 plazas de residencia financiadas con fondos públicos, que atienden al 1,23% de los demandantes potenciales de ese servicio (306.270 habitantes con más de 65 años). Por debajo de ese indicador, solo se encuentran otras dos comunidades que suelen acompañar a Canarias en la mayoría de los rankins negativos en cuanto a indicadores sociales. Galicia, con un 0,88 %, y Murcia, con un 1,19 %, mientras que la media estatal se sitúa en el 8,46 %.





   El estudio revela, asimismo,  que el servicio de teleasistencia a mayores de 65 años solo llega en Canarias al 2,01 % de sus usuarios potenciales. 6.171 personas, sobre una población total por encima de esa edad de 306.270 ciudadanos). En este caso, por debajo de Canarias solo se encuentra Galicia, con una cobertura del 0,72 % y la media estatal es del 8,46 %.




   La Asociación de Directores y Gerentes en Servicios Sociales denunciaba este mismo lunes que los recortes sociales acordados en 2012 respecto a las personas mayores se han traducido en un descenso de 10.068 plazas de financiación pública en residencias y de 200.000 beneficiarios de teleasistencia en 2013.



   Según los últimos datos publicados por el Instituto de Mayores (Imserso) a 31 de diciembre de 2013, las plazas de financiación públicas en servicios asistenciales eran 181.656, frente a las 191.724 de 2012. Respecto al sistema de teleasistencia, el número de usuarios en 2013 era de 714.080 (910.894, en 2012) y en ayuda a domicilio había 340.960 personas atendidas (384.233, en 2012). También se ha registrado un descenso en las plazas de los centros de día públicos, de 57.178 en 2012 a 54.404 en 2013.



   Para la asociación de gerentes de servicios públicos, las reformas legislativas y presupuestarias aprobadas en 2012 se han traducido "en un retroceso en los cuatro servicios asistenciales" un año después, que ha afectado a 252.929 personas mayores, que dejaron de recibir esos servicios básicos.


  "Se han cerrado residencias o están sin ocupar las plazas"- denuncia el presidente de la asociación, José Manuel Ramírez, quien explica que en el sistema de financiación público "no se cubren las plazas de los mayores que se van muriendo, a no ser que estén dentro del sistema de la dependencia".


  "La financiación pública ha dejado de prestarse en servicios que no son de dependencia; hay muchos mayores que estaban siendo ayudados por los servicios sociales de las CCAA, ayuntamientos y diputaciones, y con los recortes del Estado y de esas instituciones no ha llegado esa financiación y se han cerrado centros o han dejado de ocuparse esas plazas"- explica Ramírez.


   El informe señala que las plazas residenciales de financiación pública se han reducido un 6 % y las plazas de financiación pública en centros de día en un 5 por ciento en ese periodo. El índice de ocupación de las plazas totales en centros de día es del 56 %, quedando 38.456 plazas sin ocupar.


   Según el informe realizado por esta asociación, Murcia, Canarias, Comunidad Valenciana, Baleares y Galicia, son las comunidades con peores coberturas de esos servicios para los mayores, mientras que Castilla-La Mancha y Cataluña son las que mejores.

¿Realmente, la "Justicia" es igual para todos?

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

RECLAMAN QUE EL PRESIDENTE DE LA U.D. LAS PALMAS CUMPLA SU PENA DE PRISIÓN POR DELITO AMBIENTAL


CANARIAS-SEMANAL.ORG.-


    La Federación ecologista Ben Magec ha reclamado que el presidente de la UD Las Palmas y del Grupo RALONS, Miguel ángel Ramírez, cumpla la condena por delito ambiental a la que fue sentenciado tras haber ejecutado obras ilegales en un espacio protegido

   Los ecologistas denuncian que el polémico empresario - también imputado por un presunto fraude multimillonario a la Seguridad Social y la Hacienda Pública -  "está intentando sortear una vez más la condena a la que fue sentenciado en el año 2010", y advierten que recurrirán un posible indulto si, finalmente, el Gobierno en funciones accede a conceder esta "medida de gracia" al polémico empresario.

   "Miguel Ángel Ramírez Alonso  -recuerdan desde la Federación ambientalista - está a la expectativa de entrar en prisión para cumplir los tres años de condena e inhabilitación para el ejercicio de la actividad de la construcción a los que le condenó el Juzgado de lo Penal número 5 de las Palmas de Gran Canaria en el año 2010. Se le imputa un Delito contra la Ordenación del Territorio y el Medio Ambiente al haber construido en su finca, 'La Milagrosa', donde tiene una vivienda, sin autorización y en ningún caso autorizables, un estanque de 400 metros cuadrados, dos aparcamientos, una nueva vía, muros y una pajarera con la tala de múltiples árboles". El suelo afectado es una zona de especial protección por sus valores medioambientales y paisajísticos".

   Los ecologistas recuerdan, igualmente, que tras la ampliación de la Sentencia por parte la Audiencia Provincial de Las Palmas, "el Presidente de la U.D Las Palmas, muy bien relacionado con el Partido Popular de las Islas Canarias, y en concreto con José Manuel Soria solicitó y consiguió un indulto parcial del Gobierno de Mariano Rajoy (Real Decreto 863/2013) con el que conseguía rebajar la pena a dos años, con la obligación de demolición de todo lo ilegalmente construido".

   Ben Magec - Ecologistas en Acción solicitó entonces la anulación de este indulto "por falta de equidad, justicia y utilidad pública"  además de por otros argumentos de fondo. Para ello, presentó Recurso Contencioso Administrativo contra la decisión del Consejo de Ministros ante la Sala tercera del Tribunal Supremo.

   "Gracias a esta denuncia  -afirman desde Ben Magec -  el Tribunal anuló el Decreto del Gobierno por vulnerar el procedimiento establecido para los indultos el 8 de junio de 2015. Sin embargo, no entró en el resto de asuntos de fondo alegados por la organización".

   Miguel Ángel Ramírez, dueño de empresas de seguridad con concesiones en todo el Estado a cuenta de varios órganos públicos (Defensa, Seguridad Social y el Metro de Madrid, entre otros), de nuevo ha vuelto a reiterar la solicitud de indulto, al encontrarse con que el Juzgado de lo Penal 5 de las Palmas le ha dado fecha hasta octubre de este año para ingresar en prisión.

   El cumplimiento de la condena es una solicitud del Ministerio Fiscal que, entendiendo que las penas hay que cumplirlas, alerta de que en el caso de este empresario se podrían estar utilizando medios "torticeros" para la prescripción de la sanción, de manera que se imposibilite finalmente su ejecución.

   Es competencia del Gobierno en funciones la concesión del indulto. "Entendemos que todas las fuerzas políticas con presencia en el Congreso de los Diputados no estarán dispuestas, a estas alturas, a seguir dando muestras que todo vale cuando de gentes con grandes recursos económicos se trata", declara la organización ambiental.

   Ecologistas en Acción ya manifestó que Ramírez "no había dado muestras de arrepentimiento y que no se había justificado la necesidad del indulto por el Gobierno".

   "Además  -recuerdan - hay una oposición clara del Ministerio Fiscal y del Juzgado de lo Penal número 5 de Gran Canaria. Por añadidura, los órganos de la Administración Insular que velan por la protección del Medio Ambiente tampoco han sido consultados, siendo éste un procedimiento preceptivo en estos casos. Además, no se han acometido las obras de rehabilitación del suelo a su estado original con la eliminación de los kilómetros de caminos asfaltados, los depósitos y las construcciones ilegales, tal y como recoge la sentencia de condena".