lunes, 7 de octubre de 2013
JUSTICIA INFORMA AL CONSEJO DE MINISTROS
ECOLEY
El Registro Civil se convertirá en una base de datos electrónica, que eliminará el papel en las certificaciones y en la realización de los actos de inscripción, según se regula en el Anteproyecto de Ley de Medidas de Reforma Administrativa en el Ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, sobre el que el Consejo de Ministros recibió ayer un informe del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.
Se eliminarán los miles de libros registrales en papel que se abren cada año, los millones de documentos que se entregan en este formato a las Administraciones para procedimientos. Con ello, Justicia prevé obtener un gran ahorro económico y una mejora medioambiental.
Con esta modificación legal se pretende que, a partir de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, que se encuentra en fase de vacatio legis hasta el próximo 21 de julio de 2014, la inscripción de los recién nacidos se realice directamente desde los centros sanitarios, a modo de ventanilla única.
En estos casos, los padres, asistidos por los facultativos que hubieran asistido al parto, firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que se remitirá telemáticamente desde el centro sanitario al Registro Civil, amparado con la firma electrónica reconocida del facultativo. No será preciso acudir personalmente a la Oficina de Registro Civil.
Se han previsto además las normas necesarias para los casos en que el nacimiento se hubiere producido fuera de establecimiento sanitario o cuando por cualquier otra circunstancia no se hubiere remitido el formulario oficial en el plazo y las condiciones previstos.
De esta forma se instaura la certificación médica electrónica a los efectos de la inscripción en el Registro Civil tanto de los nacimientos como de las defunciones acaecidos, en circunstancias normales, en centros sanitarios.
En materia de defunciones, la certificación médica expresará la existencia o no de indicios de muerte violenta, o cualquier otro motivo por el que no deba expedirse la licencia de enterramiento, de forma que cuando al encargado del Registro se le hayan hecho constar estos indicios, pueda dejar de expedir la licencia de enterramiento o incineración hasta recibir autorización del órgano judicial competente.
En cuanto a la seguridad en la identidad de los nacidos, se ha atendido la alarma social causada por el drama de los "niños robados", para lo que la Ley incide en la seguridad de identificación de los recién nacidos y la determinación, sin género de dudas, de la relación entre la madre y el hijo.
Estas comprobaciones se realizarán, a través de la realización y constancia de las pruebas médicas, biométricas y analíticas necesarias; y por otra parte, se multiplican los controles para el caso de fallecimiento de los nacidos en los centros sanitarios tras los primeros seis meses de gestación, exigiéndose que el certificado de defunción aparezca firmado por dos facultativos, quienes deberán afirmar, bajo su responsabilidad, que de las pruebas realizadas con el material genético de madre e hijo, no se desprenden dudas sobre su relación.
Judiciales y administrativas
La otra gran novedad es la inclusión en la futura norma de la ejecución de las propuestas relativas a la puesta en marcha de un sistema de subastas electrónicas a través de un portal único de subastas judiciales y administrativas en el BOE.
La existencia de un solo portal ofrece ventajas como familiarizar al usuario con un entorno, facilidades para darse de alta en un único lugar para poder participar en todo tipo de subastas y la existencia de un solo motor de búsquedas con toda las subastas existentes.
Publicado por
"COLECTIVO AUTÓNOMO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE" (CATT)
en
14:33
No hay comentarios:
Etiquetas:
CONSEJO DE MINISTROS,
JUSTICIA,
REGISTRO CIVIL
Congelará el Iprem para el próximo año y no descarta hacer lo mismo con el SMI.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
El Gobierno baraja congelar el salario mínimo en 645 euros
EL ECONOMISTA
El Gobierno congelará en 2014 el Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem) y no descarta hacer lo mismo con el salario mínimo interprofesional (SMI), aunque la decisión aún no está tomada, según precisaron fuentes del Ejecutivo a Europa Press.
La evolución del salario mínimo se decide habitualmente a finales de año, tras consultar a las organizaciones sindicales y empresariales. Las fuentes consultadas insisten en que el tema está sobre la mesa de negociación y que aún no está cerrado.
Si se decidiera congelar el salario mínimo en 2014, éste se mantendrá en 21,51 euros al día o 645,30 euros al mes y en cómputo anual, en ningún caso por debajo de los 9.034,20 euros. Sería el segundo ejercicio, tras el de 2012, en que el salario mínimo se congelaría desde el estallido de la crisis.
El Iprem sí se congela
El año pasado, el SMI experimentó un crecimiento del 0,6%, equivalente al incremento máximo de los salarios pactados en el II Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2012-2013-2014, firmado el 25 de enero de 2012 por sindicatos y empresarios.
Lo que ha decidido ya el Gobierno es que congelará para 2014 el Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), índice que se utiliza como referencia para la concesión de becas, ayudas, subvenciones o el subsidio por desempleo, entre otros, según consta en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE).
Así, el Iprem se mantiene para el próximo año en 532,51 euros mensuales (6.390,13 euros al año en doce pagas o 7.455,14 euros al año en catorce pagas). Con la congelación de 2014, el Iprem lleva ya cuatro años sin moverse.
Otros cambios
Tal y como había anunciado, el Gobierno incrementará para el año próximo en cinco puntos la base máxima de cotización, hasta los 3.597 euros mensuales o 119,90 euros diarios. Asimismo, elevará un 2% la base mínima de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), hasta los 875,70 euros mensuales, después de haberla subida casi un 1% en 2013. Más del 80% de los autónomos cotizan actualmente por la base mínima.
En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social la base máxima de cotización para 2014 será también de 3.597 euros mensuales.
La base de cotización de los autónomos que a 1 de enero de 2014 tengan menos de 47 años podrá ser elegida por ellos dentro de la horquilla anterior (875,70 euros a 3.597). También podrán elegir su base, dentro de esa escala, las personas que se den de alta en el RETA y quienes a esa fecha tengan 47 años y su última base de cotización (diciembre de 2013) se hubiera situado en una cuantía igual o superior a 1.888,80 euros.
Los autónomos que a 1 de enero del próximo año tengan 47 años, con una base de cotización inferior a 1.888,8 euros mensuales, no podrán elegir una base superior a los 1.926,60 euros mensuales, salvo que ejerciten tal opción antes del 30 de junio de 2014, con efectos a partir del 1 de julio de ese año.
Por su parte, según consta en el proyecto de los PGE, la base de cotización de los autónomos que el próximo 1 de enero tengan 48 o más años cumplidos estará comprendida entre 944,40 euros y 1.926,60 euros mensuales, salvo algún caso excepcional.
Publicado por
"COLECTIVO AUTÓNOMO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE" (CATT)
en
14:27
No hay comentarios:
Etiquetas:
CRISIS ECONÓMICA,
REFORMA LABORAL,
SALARIOS
CANARIAS PUEDE ESTAR AL BORDE DEL CATACLISMO ECOLÓGICO
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
LOS TERREMOTOS DEL NEGOCIO PRIVADO: HOY CASTELLÓN, ¿MAÑANA CANARIAS?
CANARIAS SEMANAL
Desde el 8 de septiembre, los habitantes de Castellón - en la Comunidad Valenciana - han sufrido alrededor de 400 temblores de tierra provocados por las inyecciones de gas al almacén subterráneo del Proyecto Castor. El 1 de octubre, uno de estos terremotos sobrepasaba la magnitud de los 4 grados en la escala Richter. Durante la noche del pasado viernes al sábado se producían otros cinco seísmos de más de 2 grados de intensidad, uno de los cuales llegó a alcanzar los 3,1. Ante la comprensible alarma suscitada por estos reiterados movimientos sísmicos, el ministerio de Industria se veía obligado a paralizar temporalmente la actividad de Escal UGS, la empresa que lleva a cabo la inyección de gas en el subsuelo, mientras que la Fiscalía Provincial de Castellón incoaba diligencias de investigación penal para esclarecer los causas concretas de los múltiples terremotos que se están produciendo en el Golfo de Valencia.
Los llamamientos a la calma realizados por el ministro de Industria, José Manuel Soria, han tenido una escasa repercusión. Este domingo, una 6.000 personas se manifestaban en Les Cases d'Alcanar -Tarragona - para exigir el cierre y desmantelamiento del depósito submarino de Gas Castor. La Plataforma Ciutadana en Defensa de les Terres del Sénia, organizadora de la acción reivindicativa, anunciaba también su intención de presentar una denuncia ante la Fiscalía de Castellón por los "daños" producidos.
¿NADA QUE VER CON EL PROYECTO DE REPSOL PARA CANARIAS?
Además de sostener que la situación provocada por la actividad gasística en Castellón "no es preocupante", el Ejecutivo Rajoy ha mostrado especial interés en desligar por completo lo que está sucediendo en esta región del proyecto para la extracción de hidrocarburos que pretende llevar adelante la multinacional Repsol en aguas canarias.
Dando un paso más allá, y refiriéndose a los diversos planes extractivos que actualmente promueve el Gobierno central, el presidente de la Mesa de Turismo, Abel Matutes, insistía en las diferencias esenciales que -según él - existen entre las prospecciones petrolíferas en el Mediterráneo y las que se van a realizar en aguas del Archipiélago. Para el ex ministro de Aznar, las primeras pueden constituir un "riesgo no sólo para el turismo, sino para la economía en su conjunto", mientras que, por el contrario, "considera razonables las autorizadas en Canarias".
Sin embargo, pese a las diferencias ficticias - y reales - que se puedan señalar entre los diferentes proyectos, no es difícil encontrar entre ellos un elemento común definitorio, que permite extraer consecuencias de lo que hoy está sucediendo en la Comunidad Valenciana:la supeditación de los intereses mayoritarios y la seguridad de las poblaciones a las milmillonarias ganancias privada de un pequeño puñado de grandes compañías.
En el caso del Proyecto Castor, aprobado por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, ni el estudio de impacto ambiental elaborado por la empresa ni el posterior aval del Gobierno "socialista" tuvieron en cuenta el riesgo sísmico existente en la zona. El principal beneficiario del negocio cuyas consecuencias están empezando a sufrir hoy los ciudadanos de Castellón, no fue otro más que magnate de la construcción y presidente del Real Madrid Florentino Pérez. Principal accionista de ACS, que posee el 66,67% de Escal UGS, que en 2012 tenía 1.518 millones de euros de activos Pérez mantiene un preacuerdo con Enagás para venderle un 33% de su participación.
En los pueblos de esta región mediterránea, tal y como hoy está sucediendo en las Islas, el proyecto fue precedido por promesas de prosperidad y fomento del empleo. Tanto la empresa promotora como el Gobierno del PSOE se encargaron de generar unas expectativas que, huelga decirlo, no se han cumplido en absoluto. "Yo no conozco a nadie del pueblo que trabaje allí", manifestaba a la prensa Manuel París, un pescador jubilado de Vinaroz en días pasados. Las mismas promesas infundadas son propagadas hoy en Canarias por el Gobierno del Partido Popular y los medios de comunicación corporativos del Archipiélago para allanar el camino a las petroleras.
No son éstas, sin embargo, las únicas similitudes que se pueden señalar en lo que se refiere al "modus operandi" de las empresas promotoras de ambos proyectos. La pasada semana se conocía que en los documentos presentados por Repsol al Gobierno español para obtener los permisos de investigación, que le fueron otorgados por el Real Decreto de 16/03/2012, que debían contener las medidas de protección ambiental para las prospecciones en Canarias, fueron calcados por la multinacional de los que ya había presentado obtener los permisos de investigación en el Mar Mediterráneo y el Mar Cantábrico. Es decir, que Repsol ignoró por completo las características del ecosistema canario y no previó ninguna medida específica de protección ambiental para el mismo. Y ello a pesar de que, las prospecciones previstas en aguas cercanas a Fuerteventura y Lanzarote se realizarán en mar abierto a una profundidad total de unos 6.500 metros, mientras que en los dos otros casos mencionados la profundidad no superaría los 385 metros.
LA ACTIVIDAD SÍSMICA EN CANARIAS QUE TAMPOCO CONTEMPLAN REPSOL Y EL GOBIERNO
Entre las "peculiaridades" del caso canario que tanto Repsol como el Gobierno central han preferido despreciar se encuentra también la actividad sísmica registrada en la zona donde la petrolera tiene previsto realizar su actividad extractiva.
Técnicos contratados por los Cabildos de Fuerteventura y de Lanzarote han podido constatar al menos una docena de movimientos en dicha zona solo desde junio de 2012. Una circunstancia que incrementa los ya elevados riesgos asociados a la realización de prospecciones a varios miles de metros de profundidad.
Cualquiera de estos sismos, en efecto, podría provocar daños en las estructuras y conducciones de las perforadoras provocando un accidente de consecuencias devastadoras para el Archipiélago.
Tras la divulgación de estos estudios elaborados por geólogos, la multinacional ha respondido asegurando "que la posibilidad de movimientos sísmicos en la zona está contemplado en el estudio de impacto ambiental y que la compañía explota yacimientos petrolíferos en países con mayor riesgo sísmico que Canarias".
Para Repsol - y sus promotores políticos y mediáticos - cualquier señal de alerta se encuentra injustificada y responde tan solo a determinados "intereses políticos". Esta negación de la evidencia científica, junto a la utilización de expertos pagados para justificar ante la opinión pública los planes más perniciosos para las poblaciones locales, constituye también otro elemento común al conjunto de los proyectos extractivos que hoy se pretenden imponer en el Estado español.
Publicado por
"COLECTIVO AUTÓNOMO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE" (CATT)
en
14:16
No hay comentarios:
Etiquetas:
GOBIERNO DE CANARIAS,
PETRÓLEO
viernes, 4 de octubre de 2013
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA CATT
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
POR LA PRESENTE CONVOCAMOS A TODOS LOS AFILIADOS AL C.A.T.T.
A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA A CELEBRAR EN C/ VIERA Y CLAVIJO 34-36 1º-I, EL MARTES DÍA 15 DE OCTUBRE DE 2013 a partir de las 18:30 H., CON EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA:
1º ORGANIZACIÓN CENA DE NAVIDAD.
2º CONVENIO COLECTIVO.
3º VARIOS.
4º RUEGOS Y PREGUNTAS.
DADA LA IMPORTANCIA DE LOS TEMAS A TRATAR
ROGAMOS LA MÁXIMA ASISTENCIA
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de septiembre de 2013.
Publicado por "COLECTIVO AUTÓNOMO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE" (CATT) 30/09/2013
Publicado por
"COLECTIVO AUTÓNOMO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE" (CATT)
en
11:24
No hay comentarios:
Etiquetas:
ASAMBLEA CATT,
CENA DE NAVIDAD CATT 2013
El Consejo de Ministros dará luz verde al proyecto de ley de reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
El Gobierno aprobará hoy la subida de la velocidad a 130 km/h
EL ECONOMISTA
El Gobierno aprueba hoy, en su reunión del Consejo de Ministros, el proyecto de ley de reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que permitirá subir la velocidad a 130 km/h en algunos tramos de autovía y autopista e incrementar de 500 a 1.000 euros la multa por alcoholemia.
Con esta decisión, los cambios en la legislación en materia de circulación vial serán remitidos al Congreso para su trámite parlamentario y su previsible aprobación por las Cortes. Tras su aprobación por el Gobierno, está previsto que el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, salga a informar del contenido del proyecto en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Cuando el Congreso dé luz verde a esta ley, comenzará la tramitación delnuevo Reglamento de Circulación, que deberá incorporar algunas de las medidas de la reforma de la Ley de Tráfico para estar vigente en primavera. En resumen, las novedades de ambas normativas son, entre otras, la subida de la sanción económica por conducir bajo los efectos del alcohol, que se duplicará y pasará de 500 a 1.000 euros.
Otras reformas contenidas en el nuevo Código de Circulación
Asimismo, la obligatoriedad del uso del casco para menores que circulen en bicicleta tanto en ciudad como en vías interurbanas es otra de las medidas, en tanto que la utilización o no de este elemento para el resto de ciclistas en las urbes no se decidirá hasta que concluya el debate que sobre este asunto se celebrará en el Congreso.
La reforma de la Ley de Tráfico incluye pruebas de drogas y alcohol a los peatones que infrinjan normas de circulación y no solo a aquellos que sean víctimas o copartícipes de un siniestro. Además, el texto prohíbe el uso de detectores de radar y regula los sistemas de retención infantil, que pasan de un sistema de edad a uno de talla, con una previsión de 135 centímetros, salvo excepciones.
También deja preparado el anexo que incluirá el futuro reglamento con los nuevos límites de velocidad, toda vez que la pretensión de la Dirección General de Tráfico es aumentar el máximo a 130 kilómetros por hora en determinados tramos y condiciones de autovías y autopistas y rebajarlo en las carreteras convencionales e, incluso, en algunas calles de las ciudades.
miércoles, 2 de octubre de 2013
Los colegios de abogados, exentos de ceder a Hacienda informes no vinculantes sobre honorarios, así lo ha determinado la Agencia Española de Protección de Datos (Aepd).
Las minutas del abogado están fuera del alcance de Hacienda
EL ECONOMISTA
Hacienda no tiene potestad para solicitar a los colegios de abogados los dictámenes no vinculantes que emitan en relación con los honorarios de sus miembros, con el fin de investigar posibles sumas no declaradas, ya que se trata de información protegida por la Ley Orgánica de protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) que, en estos supuestos, carece de trascendencia tributaria. Sin embargo, la Inspección sí podrá requerir las minutas que efectivamente facturen a sus clientes.
Así lo ha determinado la Agencia Española de Protección de Datos (Aepd), que ha dado la razón al Colegio de Abogados de Málaga frente a Hacienda, a través de un informe jurídico dad a conocer ayer.
En ella se determina que la transmisión de los datos contenidos en el requerimiento de la Agencia Tributaria (Aeat) -en concreto, "los informes o dictámenes (...) referentes a minutas de sus colegiados, sean como consecuencia de procedimientos de jura de cuentas, reclamaciones judiciales o extrajudiciales o referentes a determinación de costas procesales-, implica la existencia de una cesión o comunicación de datos de carácter personal, definida por el artículo 3 i) de la Ley Orgánica 15/1999 como "toda revelación de datos realizada a una persona distinta del interesado".
Sin trascendencia tributaria
Así, esa cesión de datos personales sólo quedaría justificada si la información solicitada tuviera "trascendencia tributaria", lo que, según la Aepd, no se cumple en este supuesto, dado que "de los informes y dictámenes emitidos por la consultante" no puede determinarse la "cuantía real de los emolumentos percibidos por el profesional al que la información se refiere". Ello supone considerar que "tales datos carecen de trascendencia tributaria, por lo que no podrían considerarse incluidos dentro de la regla del artículo 94.1 de la Ley General Tributaria, que legitimaría su comunicación a la Administración Tributaria".
Dicho artículo determina que los colegios y asociaciones profesionales, entre otros, "estarán obligados a suministrar a la Administración tributaria cuantos datos, informes y antecedentes con trascendencia tributaria recabe ésta mediante disposiciones de carácter general o a través de requerimientos concretos, y a prestarle, a ella y a sus agentes, apoyo, concurso, auxilio y protección para el ejercicio de sus funciones".
En todo caso, la conclusión a la que llega la Aepd sólo alcanza a los supuestos de "dictámenes como consecuencia de impugnación de la tasación de costas efectuada por el Secretario Judicial", sin que se entre a valorar si revisten trascendencia tributaria "cualesquiera otros informes o dictámenes sobre retribuciones de un profesional concreto que en otro ámbito hubieran sido elaborados por el Colegio si de los mismos pudiera desprenderse lo efectivamente ingresado por el letrado.
Se da respuesta así a la duda planteada por el Colegio malagueño para conocer si éste tiene o no obligación legal de facilitar información respecto de las tasaciones de minutas de honorarios profesionales. El origen del conflicto se encuentra en un requerimiento de Hacienda, enviado a la institución el pasado mes de mayo de 2013, en el que se solicitó aportar "la totalidad de la información, referida a los ejercicios tributarios de 2009, 2010, 2011 y 2012, sobre los dictámenes emitidos referentes a las minutas de los colegiados" con el fin de detectar posibles irregularidades fiscales.
Ante este requerimiento, el decano de la corporación decidió formular una consulta ante la Agencia Española de Protección de Datos en la que se aclarara la legalidad de la cesión. En ella se planteó a la Agencia que el Colegio de Abogados sólo emite informes sobre tasaciones de costas y jura de cuentas, en cumplimiento con el artículo 246.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en consecuencia, "estos dictámenes sólo se realizan a requerimiento de los Tribunales, sin que de ellos pueda deducirse una consecuencia tributaria directa".
Además de esta consulta, el Colegio de Abogados de Málaga aseguró ayer en un comunicado que la Junta de Gobierno de la corporación ya ha presentado una reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (Tear) de Andalucía, en la que se alega "precisamente, la falta de trascendencia tributaria de la información requerida, la insuficiente motivación del acto administrativo y el carácter global e indiscriminado del requerimiento".
Publicado por
"COLECTIVO AUTÓNOMO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE" (CATT)
en
18:33
No hay comentarios:
Etiquetas:
ABOGADOS LABORALISTAS,
AEPD
martes, 1 de octubre de 2013
Los ceses de trabajadores por causas disciplinarias son considerados fraude de ley, así se establece en una sentencia de la Audiencia Nacional, de 4 de septiembre de 2013.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
El despido disciplinario masivo nulo se convierte en colectivo
EL ECONOMISTA
Se deben sumar los empleados despedidos por causas disciplinarias para comprobar si se ha superado el tope establecido por el Estatuto de los Trabajadores (ET) para promover despidos colectivos por causas económicas, organizativas o técnicas, si la empresa reconoce la improdencia del despido de la mitad de los sancionados.
Así se establece en una sentencia de la Audiencia Nacional, de 4 de septiembre de 2013, que considera probado que en dos meses, además de los 21 despidos por causas organizativas o productivas, la empresa despidió por causas no inherentes a las personas de los trabajadores a otros 35 trabajadores, y superó con creces los umbrales requeridos por el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET), que obligan al despido colectivo.
El ponente, el magistrado Bodas Martín, estima que no habiéndose realizado el periodo de consultas exigido por el artículo 51.2 del ET, procede declarar la nulidad del despido. Por ello, concluye que si se procede como en este caso, sin acreditar que hubo transacción efectiva con los trabajadores, a los que reconoció la improcedencia, éstos carecen de causa disciplinaria, por lo que no están causados por "motivos inherentes a las personas de los trabajadores afectados".
Esta actuación debe ser interpretada como que dichos trabajadores fueron despedidos por motivos "no inherentes a sus personas", al ser impensable que la empresa despidiera disciplinariamente en un periodo muy reducido de tiempo a tantos trabajadores para admitir, sin controversia acreditada, que la mayoría de dichos despidos eran improcedentes, puesto que dicha actuación acredita por sí misma la ausencia de causa disciplinaria.
Esta situación constituye un "fuerte indicio de fraude de ley", por cuanto el reconocimiento de improcedencia permite presumir que los despidos disciplinarios encubrían su verdadera causa, que era económica, técnica, organizativa o de producción, de conformidad con el artículo 6.4 del Código Civil.
Precisa también el magistrado que la Sala no pretende equiparar mecánicamente el reconocimiento de la improcedencia de un despido disciplinario con la concurrencia de fraude de ley, ya que dicha actuación empresarial puede deberse a una transacción legítima.
Plazo de 90 días
Repasando la jurisprudencia del Tribunal Supremo, estima Bodas Martín que el Alto Tribunal exige, como requisitos constitutivos para que la empresa esté obligada a promover despido colectivo, que se superen los umbrales del artículo 51.1 del ET en un periodo establecido de 90 días y que concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
En estos casos, deberán computarse, además de los despidos producidos por dichas causas, cualesquiera otro que no esté basado en motivos inherentes a la persona del trabajador distinto de los previstos en el artículo 49.1.c del ET.
Si no se hiciera así, si se excluyera del cómputo a los trabajadores despedidos en el periodo de referencia por motivos no inherentes a su persona -concluye la sentencia-, salvo la excepción mencionada, no sería posible la integración, promovida por el Tribunal Supremo.
Publicado por
"COLECTIVO AUTÓNOMO DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE" (CATT)
en
16:02
No hay comentarios:
Etiquetas:
despido,
SENTENCIAS CATT
Arteaga y Santana, que inmortalizaron la afable reunión posando sonrientes para la posteridad, evitaron realizar la más mínima crítica a los planteamientos expresados por el dirigente patronal.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
CC.OO. Y UGT LAVAN LA CARA AL PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE STA. CRUZ
CANARIAS SEMANAL
![Los secretarios generales de CC.OO.-Canarias y UGT-Canarias, Juan Jesús y Artega y Gustavo Santana, posan sonrientes con el portavoz del lobby patronal [Img #21848]](http://canarias-semanal.org/upload/img/periodico/img_21848.jpg)
Los secretarios generales de CC.OO.-Canarias y UGT-Canarias, Juan Jesús y Artega y Gustavo Santana, posan sonrientes con el portavoz del lobby patronal
El pasado 13 de septiembre el presidente de la patronal del metal (Femete) de la provincia occidental, José Luis García Martínez, sustituía a Ignacio González como presidente de laCámara de Comercio, Industria y Navegación de Comercio de Santa Cruz de Tenerife. De inmediato, el nuevo dirigente patronal, quiso dejar meridianamente clara su intención de defender con beligerancia los intereses empresariales, a costa de los escasos derechos que aún conservan los asalariados del estado español.
Durante su discurso de toma de posesión García Martínez destacó la "necesidad" de conseguir una "unión empresarial para levantar la voz y exigir decisiones valientes y eficaces a nuestros políticos, para pedir a nuestros sindicatos que, al mismo tiempo que defienden los derechos de los trabajadores, también velen por la productividad de la empresa canaria...".En este discurso, el nuevo presidente de la Cámara adelantaba también su intención de seguir reclamando una "rebaja de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social".
Fue en una entrevista concedida al diario derechista El Día, sin embargo, donde el representante del lobby patronal defendió, sin ningún tipo de tapujos, el despido libre y gratuito. Preguntado acerca de las razones por las que se destruyen las empresas en Canarias, José Luis García relacionó directamente este fenómeno con las indemnizaciones que dichas empresas deben pagar al despedir a sus trabajadores.
"Las indemnizaciones a los empleados han bajado a 20 días por año hasta un tope de 12 meses en la ley cuando hay causas económicas, pero luego eso va a tribunales y allí suelen negarlo, por lo que hay que pagar más. La empresa, que lucha por sobrevivir, no tiene de dónde sacar más dinero para las liquidaciones. La indemnización vale mucho, es como si siguiera pagando el sueldo a los trabajadores que despidió para poder sobrevivir"- manifestó.
"Soy partidario - afirmó sin ambages - de que a la empresa no le cueste nada el despido de un empleado, que la indemnización que se dé no salga del empresario".
Las provocadoras declaraciones, recogidas en las páginas de esta misma publicación digital, provocaron una contundente respuesta de la Confederación General del Trabajo en Tenerife. A través de un comunicado, el sindicato libertario "rechazaba" la defensa de José Luis García "del despido gratuito y la eliminación de derechos laborales" y le instaba a “tener más respecto por conquistas que la clase trabajadora ha alcanzado mediante la lucha y el sacrificio".
"PARA MÍ, LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES SON SAGRADOS", DIJO EL DIRIGENTE PATRONAL A LOS BURÓCRATAS SINDICALES
Muchísimo más "tolerantes" con las pretensiones de García Martínez se han mostrado, sin embargo, CC.OO y UGT en Canarias. Este mismo lunes, los secretarios generales en las Islas de los dos principales sindicatos amarillos, Juan Jesús Arteaga y Gustavo Santana, mantenían una cordial y, al parecer, fructífera reunión con el presidente de la Cámara de Comercio.
En el marco de este "encuentro de trabajo" el dirigente empresarial no tuvo reparos a la hora de negar las manifestaciones que había realizado hace apenas una semanas. Sin inmutarse, García Martínez aseguró a los secretarios generales de CC.OO y UGT que "él no es partidario del despido libre y sin indemnización". En este sentido, dijo que sus declaraciones habían sido"malinterpretadas" y que "jamás he pensado que un trabajador se vaya de una empresa con una mano delante y otra atrás".
“Para mí - llegó a decir el vocero de la Cámara de Comercio a los dos burócratas sindicales - los derechos de los trabajadores son sagrados". Acto seguido, y ante la pasividad complaciente de Arteaga y Santana, García volvió a insistir en los "elevados costes del despido que - en su opinión- deben asumir los empresarios "en nuestro país".
José Luis García recurrió también al socorrido comodín de la situación de los "pequeños empresarios" para volver a la carga contra las "cargas impositivas" que - dijo - "son un serio obstáculo a la creación de empleo y a la contratación indefinida de trabajadores".
En línea con el discurso ortodoxo de todas las organizaciones patronales del Estado García Martínez defendió, finalmente, que "hay que actuar no sólo en el coste para el empresario cuando finaliza la relación laboral con el trabajador, sino en el aminoramiento de los costes permanentes que asume el empresario al contratar a un trabajador".
"La crisis -concluyó dirigiéndose a los secretarios generales de CC.OO. y UGT-Canarias -solo se puede combatir desde la unión y el consenso. No podemos seguir atrincherándonos. Hay que buscar el diseño de buenas políticas en el marco de un amplio consenso".
Esta recurrente trampa ideológica, que trata de equiparar una sociedad de clases con intereses antagónicos con una familia o un barco en el que todos deberíamos "remar en la misma dirección", coincidió con el expresado por los dos "sindicalistas".
Tras el encuentro, Juan Jesús Arteaga y Gustavo Santana manifestaron que éste "sirvió para abordar la necesidad de fomentar el diálogo social en Canarias de cara a trabajar, desde el consenso, en el objetivo común de reactivar la economía y la recuperación del empleo". "El diálogo social -insistieron -tiene que servir para encontrar alternativas que den respuesta al desempleo y la pobreza en Canarias".
Arteaga y Santana, que inmortalizaron la afable reunión posando sonrientes para la posteridad, evitaron realizar la más mínima crítica a los planteamientos expresados por el dirigente patronal. Asumiendo, o al menos fingiendo que lo hacían, que para José Luis García Martínez no hay nada más “sagrado” en este mundo que “los derechos de los trabajadores”.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)







