viernes, 19 de agosto de 2011
UGT CONDENADO POR CONDUCTA ANTISINDICAL
REDACCIÓN / HUELVA
Nuevo varapalo al resultado del XI Congreso Provincial de UGT en Huelva de octubre de 2009 que ganó la candidatura encabezada por el actual secretario general, Jorge Puente, tras lograr aglutinar un 65,1% de apoyos frente a una lista alternativa. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una sentencia en la que condena a UGT por conducta antisinsical debido al cese del entonces secretario de Organización de la Federación de Servicios (FSP), Miguel Ángel Navarro. Junto a él fueron suspendidos también el secretario general de la Federación, otro miembro de la Ejecutiva y un cuarto sindicalista, impulsores de una candidatura alternativa a la de Puente que, finalmente, no pudieron presentar al ser expulsados.
El fallo examina no sólo la suspensión de sus derechos como afiliado al sindicato sino también la disolución de la Comisión Ejecutiva Provincial a la que pertenecía Navarro. Según los fundamentos de derecho, la denuncia y el recurso fueron presentado por entender que "el actor fue apartado de forma inmediata de todas sus funciones y cargos representativos, así como de su condición de liberado sindical y afiliado, para impedirle su acreditación como candidato" a ser elegido secretario general de UGT-Huelva. Asimismo, alude a que se le impidió "el ejercicio de los derechos sindicales, acudiendo a un expediente sancionador relámpago sin la existencia de antecedente alguno y basado en hechos pueriles, actuándose de facto incluso antes del inicio del procedimiento sancionador".
Sobre la disolución y la consiguiente sustitución en sus funciones de los órganos directivos de la Federación, considera que "dicha medida de especial gravedad podrá adoptarse cuando en el organismo se estén produciendo irregularidades relevantes, especialmente de carácter económico, debiendo ser sometida a la ratificación del primer Comité que se celebre tras su práctica". El Tribunal entiende que no se dieron estas circunstancias en este caso, ya que "no consta la existencia de las irregularidades mencionadas, ni tan siquiera en el propio expediente disciplinario" en el que se acaba sancionando a Navarro.
Las sentencias de los tribunales de justicia dejan entrever que en el XI Congreso Provincial de UGT Huelva se produjeron irregularidades que impidieron que la candidatura alternativa a Jorge Puente pudiera presentarse en las elecciones y resultara vencedora en el cónclave celebrado en octubre de 2009. A las anteriores sentencias condenatorias contra UGT por conducta antisindical de la Unión Provincial contra Juan Gómez y Francisco Gómez del Juzgado de lo Social 3 de Huelva, se suma ahora ésta del máximo Tribunal andaluz.
Tras la impugnación del Congreso, rodeada del más absoluto silencio desde hace veintiún meses en el fuero interno, los tribunales resucitan las anomalías que se cometieron con los anteriores dirigentes de la FSP-UGT Huelva y el cese sorpresa de la cúpula de la Federación que condujeron a la reelección de puente como secretario general.
Ahora, la Sala de lo Social condena al sindicato UGT por vulnerar la libertad sindical y los derechos fundamentales del candidato a la Secretaría General Miguel Ángel Navarro con todas las actuaciones que adoptó la organización con el fin de descabezar y suprimir el movimiento alternativo a Jorge Puente.
En el fallo, el Tribunal revoca la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Huelva y condena al sindicato por vulnerar el derecho de libertad sindical de Navarro y fija una indemnización para paliar los daños morales y profesionales ocasionados con las medidas adoptadas.
Llama la atención en su contenido el hecho de que no es hasta el día 3 de noviembre de 2009, un mes después del Congreso, cuando la Comisión de Garantías de UGT recibe una denuncia contra Navarro que tras expediente contradictorio, según el Tribunal, es sancionado por falta muy grave con la exclusión de la vida orgánica del sindicato.
La sentencia, recurrible ante la sala cuarta del Tribunal Supremo, declara producida la vulneración de la libertad sindical, pero entiende que ello no puede originar la revocación de los actos realizados por UGT y la reposición al momento anterior a producirse aquélla, puesto que se trata de situaciones que dependen de la condición de afiliado de Navarro, que ahora ha perdido con la resolución del expediente sancionador por parte de la Comisión de Garantías.
El Tribunal remite a Navarro a la interposición de una demanda por el procedimiento ordinario para hacer frente a la anulación del procedimiento sancionador incoado y a la restitución de sus derechos como secretario de Organización de la FSP-Huelva y en su condición de afiliado al sindicato.
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