El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as
El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

jueves, 15 de octubre de 2015

COBRO EXPRÉS DE DEUDAS POR EL JUZGADO

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

El 'cobro exprés' de deudas por el juzgado tarda 6 meses


ECOLEY

Una empresa que insta un proceso monitorio para cobrar una deuda o una comunidad de vecinos que pretende acabar con la morosidad de sus vecinos tarda casi seis meses en obtener el dinero adeudado, un periodo de tiempo que se ha reducido desde los casi ocho meses que se tardaba en cobrar en 2013.
Así se desprende de los datos de la estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que muestra que hay serias diferencias entre instar el cobro a través de este mecanismo judicial en una comunidad autónoma que en otra distinta.
Así, en Murcia se tarda más de nueve meses y medio en concluir el proceso, casi ocho en Andalucía o siete en la Comunidad Valenciana, frente a los casi tres meses que se tarda en Navarra, Castilla y León o el País Vasco.
El 35 por ciento de los procesos monitorios consigue concluirse sin oposición, aunque cada vez más, se detecta una merma en su eficacia por las oposiciones o maniobras elusivas de los deudores, lo que implica la continuación a través del juicio declarativo, lo que supone una pérdida de tiempo y un riesgo para el acreedor.
Así, se constata en los datos publicados por el Observatorio Jurídico de Legálitas, que la primera opción de cualquier acreedor es alcanzar un acuerdo extrajudicial con su deudor que evite acudir a un juzgado, algo que se consigue en el 39,86 por ciento de los casos registrados y que supone en los meses transcurridos de 2015 un incremento de más de 10 puntos sobre el ejercicio precedente - un 26,2 por ciento-.

Cambio en la tendencia

El informe detecta un cambio en la tendencia en cuanto a la opción elegida por los acreedores respecto a iniciar o no la vía judicial, registrando en 2015 un aumento muy importante de clientes que optan por el cauce de iniciar la vía judicial, pasando del 30,03 por ciento en 2014 a un 71,96 por ciento en lo que va de año 2015. Más del doble.
"De estos datos podría desprenderse una reactivación del sector de la recuperación de impagados, que debería suponer un descenso de la morosidad, un aumento del negocio empresarial y una mejora de las condiciones de tesorería e incluso financieras de las mismas", concluye el informe del Observatorio de Legálitas. También, se registra un importante aumento de las acciones judiciales de responsabilidad contra los administradores de empresas cuando el deudor es insolvente.
Cada vez son más los casos, frente a empresas inactivas e insolventes, en los que el ejercicio de este tipo de acciones judiciales se convierte en el único medio posible para hacer valer el derecho de crédito. Se trata de reclamar el pago a los administradores de la empresa, que deberán hacer frente al mismo con su propio patrimonio.
Los datos oficiales sobre los procedimientos monitorios facilitados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) registraron en 2014, último ejercicio cerrado, un total de 657.057 presentados ante los juzgados de Primera Instancia y Primera Instancia e Instrucción, lo que supone un incremento del 16,7 por ciento. El porcentaje de los que acaban en pago ha sido del 11,5 por ciento, con un importante incremento del 8,9 por ciento respecto de 2013.
Los procesos resueltos supusieron el año pasado un total de 674.811, lo que representa una disminución del 0,8 por ciento sobre el ejercicio anterior. Y, finalmente, quedaban pendientes de inicio al comenzar 2015 un total de 299.268 procesos.
El porcentaje de monitorios que terminan en pago, el 7,3 por ciento, es igual al del año anterior. Han acabado en ejecución 252.574, transformándose en juicios verbales 44.196 y en ordinarios 12.371. Por otras causas, que incluye supuestos de inadmisión de la petición y los de falta de competencia del juzgado ante el que se solicitó, ha terminado un 46,9 por ciento.
El número de monitorios europeos ingresado ha tenido un incremento en 2014 del 36 por ciento, habiendo aumentado en todos los TSJ con la excepción de los de Islas Baleares, Castilla-La Mancha, Cataluña, Murcia y País Vasco.
Según la estadística del CGPJ, el incremento de procesos se debe no solo a las medidas legislativas de refinanciación bancaria, sino también al fraccionamiento de las reclamaciones presentadas a través de este procedimiento para eludir el pago de las tasas, y la presentación masiva de reclamaciones por parte de las comunidades de propietarios frente a propietarios morosos, también fraccionadas para evitar el abono de las tasas judiciales.

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