El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as
El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

.../...

.../...

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

miércoles, 3 de diciembre de 2014

DOCTRINA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE - El mero hecho de cerrar un vertedero o de cubrir los residuos con tierra y escombros no basta para considerar cumplidas las obligaciones derivadas de la Directiva de Residuos, según establece una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), fechada el 2 de diciembre de 2014.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

Multas millonarias por violar las Directivas de vertederos


ECOLEY

El ponente, el magistrado Aindrias Ó Caoimh, considera que las medidas de cierre y de seguridad de los emplazamientos no son suficientes para ajustarse a las exigencias de la Directiva.

Además, los Estados miembros también están obligados a comprobar si es preciso sanear los antiguos emplazamientos ilegales y, en su caso, proceder a dicho saneamiento. Precintar el vertedero e incoar un procedimiento penal contra su operador no son medidas suficientes.

Más sanciones semestrales


En la sentencia, el TJUE condena a Italia a pagar una suma a tanto alzado de 40 millones de euros una multa coercitiva de 42,8 millones de euros por semestre de retraso en la aplicación de las medidas necesarias por no haber ejecutado una sentencia del propio Tribunal de Justicia de 2007, que declaraba un incumplimiento de las Directivas relativas a los residuos.

Mediante una primera sentencia de 2007, el Tribunal de Justicia declaró que Italia había incumplido de forma generalizada y persistente las obligaciones en materia de gestión de residuos definidas por las Directivas relativas a los residuos, a los residuos peligrosos y al vertido de residuos.

 
 
En 2013, la Comisión estimó que Italia aún no había adoptado todas las medidas necesarias para ejecutar la sentencia de 2007. En particular, 218 emplazamientos situados en el territorio de 18 de las 20 regiones italianas no se ajustaban a la Directiva de Residuos (de manera que cabía deducir que debía haber emplazamientos funcionando sin autorización); además, 16 de esos 218 emplazamientos contenían residuos peligrosos, en infracción de lo dispuesto en la Directiva «residuos peligrosos.

Por último, Italia no había demostrado que cinco de los vertederos hubieran sido objeto de un plan de acondicionamiento o de una medida de cierre definitivo conforme a la Directiva de Vertido de Residuos.

En el transcurso del presente procedimiento, la Comisión Europea indicó que, según los datos más recientes, 198 emplazamientos aún no eran conformes con la Directiva y que, de ellos, 14 tampoco lo eran con la Directiva de Residuos Peligrosos. Asimismo, dos vertederos seguían sin ajustarse a la Directiva de Vertido de residuos.

Esta, no obstante, no ha sido la única multa impuesta por imcumplimiento de una sentencia de 2055, que condenó a este Estado por no respetar estas mismas Directivas, puesto que otro fallo del propio TJUE, también de 2 de diciembre de 2014, ha condenado a Grecia a pagar 10 millones de euros, que de no adoptarse medidas urgentes, podrían elevarse a 14 millones.

El ponente, el magistrado Koen Lenaerts, estima que la ejecución de la sentencia, es decir, el cumplimiento de la Directiva, supone la desafectación de los vertederos ilegales, su rehabilitación efectiva (y no sólo la programación de su rehabilitación) y la creación de las instalaciones precisas para garantizar el cumplimiento de la Directiva de manera permanente y evitar la creación de nuevos vertederos ilegales.

Para determinar el importe de la multa coercitiva, el Tribunal ha tenido en cuenta la gravedad de la infracción inicialmente declarada en la sentencia de 2005, que puede poner en peligro la salud humana, su duración (más de 9 años) y la capacidad de pago de Grecia.



No hay comentarios: