viernes, 28 de agosto de 2015
LA MAYORÍA DE CONDUCTORES NO RECURRE
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
EL ECONOMISTA
La recepción de una multa de tráfico es un contratiempo que suele descuadrar al conductor sancionado y, sobre todo, a su bolsillo. La mayor parte de los españoles que son multadosno acostumbran a recurrir y, sin embargo, muchas veces un recurso puede acabar por dejar sin efecto la sanción. Conocer las claves a la hora de recurrir es fundamental.
Para ello, resulta interesante conocer las situaciones en las que un recurso tiene más probabilidades de ganar la partida a las multas de tráfico. Por ello, el gabinete jurídico Pyramid Consulting, especializado en este tipo de acciones, explica aquellas circunstancias que, según su experiencia, favorecerán el éxito del eventual recurso:Siempre y cuando se tenga la más mínima duda sobre la causa de la multa, el recurso ofrecerá una buena opción de disponer de una mínima defensa para hacer justicia y huir así del ánimo recaudador del que muchos acusan a la DGT.
Errores en los márgenes de velocidad
Las multas de tráfico por exceso de velocidad son las más comunes y, aunque se tenga la creencia que son difíciles de recurrir, desde Pyramid Consulting aseguran que, en su experiencia, han comprobado que no tanto. Una de las razones a las que atribuyen el éxito de los recursos reside en ue no existe ningún radar cuyo margen de error sea del 0%, por lo que siempre habrá que fijarse en el radar que nos ha 'cazado' y comprobar su fiabilidad mediante un informe. También, por ejemplo, el hecho de que la matrícula aparezca borrosa jugará en nuestro favor para reclamar la multa con éxito.
Defecto de forma
Por defecto de forma se entiende los errores más habituales que se encuentran en las multas y que se corresponden con faltas en los datos básicos, tanto del vehículo como del autor de la sanción. Estos afectan al DNI, la matrícula, el coche, color, modelo u otra información que no aparezca correcta en la sanción. Si cualquiera de estos datos es erróneo, la multa podrá ser recurrida con éxito.
Falta de información
Si estamos ante una situación en la que se nos multa y esta implica pérdida de puntos pero el agente en ningún momento nos ha informado de ello, dicha falta de información puede llevar también al éxito en el recurso.
Caducidad de las multas
Las multas de tráfico tienen una fecha de caducidad. Las sanciones leves expiran a los 3 meses (las muy graves a los 6 meses) de haber sido cometidas. Si una infracción no ha sido publicada en el BOE o comunicada por Tráfico en los plazos previstos en función de su gravedad, quedará exento del pago. Cuando esta se reciba, restarán 20 días para interponer un recurso.
1. Te la comunican fuera de plazo.
Por ley, la Administración tiene tres meses de plazo para comunicar al infractor las sanciones leves -por ejemplo, las de estacionamiento limitado-, seis meses para las graves -hablar por el móvil- y hasta un año para las muy graves -sobrepasar en más del 50% el límite de velocidad-. Si te llegan a tu casa más tarde podrás alegar que han prescrito y no tendrás que pagarlas.
2. No te cobran la sanción a tiempo.
Tanto la DGT, como los ayuntamientos, tienen un año, desde que la sanción es firme, para iniciar el proceso de cobro de la multa. Si no cumplen dicho plazo, ya no podrán hacerlo porque la sanción habrá prescrito.
3. Presuponen que es usted el culpable.
Si no le pararon en el momento que cometió la infracción y le remiten la sanción a casa, por ley, lo primero que debe recibir es la solicitud de que identifique al conductor -a veces, esta petición se incluye en la multa que recibe en casa-. De no llegarle dicha petición -entonces el ayuntamiento presupone que el titular del vehículo es el infractor-, puedes recurrir solicitando que anulen la sanción por 'atribución arbitraria de responsabilidad'.
4. La multa tiene datos incorrectos.
Debe comprobar muy bien si en la sanción se recogen correctamente los datos de su coche -matrícula, marca, color...- y el momento y lugar exactos de la infracción.
5. El agente que le puso la sanción no se ratifica en su versión.
Si le han puesto una multa, puede recurrirla pidiendo las pruebas que le incriminan. En algunas sanciones, lo único que le inculpa es la palabra de un agente que tiene que corroborar, en un nuevo informe, su versión de los hechos. En muchos casos, el agente no llega a ratificar su versión -normalmente, por extravío del expediente; puede recurrir de nuevo por falta de pruebas- o no lo hace en un tiempo adecuado y, entonces, la multa 'caduca'.
6. Todas las multas deben ser 'iguales' y no lo son.
Todas las sanciones cometidas en idénticas circunstancias -por ejemplo, aparcar en doble fila- tienen que sancionarse siempre con la misma multa -en dinero y puntos-.
Además de los recursos en vía administrativa, no hay que perder de vista la impugnación de multas en vía judicial, donde se obtienen muy buenos resultados de anulación, consecuencia de la indefensión creada al interesado por la arbitraria tramitación del expediente. En vía judicial, actualmente, las persona físicas quedan exentas del pago de la tasa judicial, circunstancia que abarata los costes de acceso a la justicia.
En cualquier caso, cuando se trata de multas de tráfico, también es recomendable acudir a profesionales para la tramitación del expediente, por la ayuda del experto asesoramiento de las opciones de defensa con que se cuenta y de la mejor forma de tramitar el expediente para terminar con la anulación de la sanción. Además, siempre habrá algunas cuestiones de carácter formal alegables que solo son apreciables por profesionales en la materia.
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