El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as
El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

sábado, 27 de febrero de 2010

El impacto de la supresión gradual de la deducción de los 400 euros de ZP en las nóminas de enero.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

Una de las principales novedades tributarias para 2010 ha sido la supresión gradual de la deducción de 400 euros en el IRPF (conocidos como los 400 euros de ZP) contenida en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, y que se venía aplicando en las nóminas desde junio de 2008.

El procedimiento de supresión gradual de la deducción de los 400 euros de IRPF regulado en la citada Ley 26/2009 se ha efectuado como detallamos a continuación:

  1. Para aquellos trabajadores con un salario bruto anual inferior a 12.096,26 euros (base imponible de hasta 8.000 euros), les corresponderá la deducción íntegra, esto es, los 400 euros.
  2. Para aquellos trabajadores con un salario bruto anual comprendido entre los 12.096,27 euros y 15.645,49 euros (bases imponibles comprendidas entre los 8.000,01 y 12.000 euros), la deducción será progresiva, esto es, 400 euros menos el resultado de multiplicar por el coeficiente 0,1 la diferencia entre la base imponible que se tenga y los 8.000 euros anuales de mínima. A modo de ejemplo tenemos que para bases imponibles de 9.000 euros serán 300 euros de deducción, para 10.000 euros serán 200 euros y para 11.000 euros serán 100 euros de deducción total.
  3. Todos los trabajadores con un salario bruto superior a 15.645,49 euros (bases imponibles superiores a 12.000,01 euros) no generarán derecho a la deducción de los 400 euros.
Los salarios brutos anuales mínimos detallados en los puntos anteriores para generar derecho a la deducción serán ligeramente superiores para los siguientes colectivos de trabajadores; los contratados temporalmente, con más de dos hijos a su cargo y trabajadores que pasen pensión compensatoria al cónyuge.

En consecuencia, la incidencia más notoria de esta supresión gradual de la deducción de los 400 euros en las nóminas de los trabajadores es que, en líneas generales, todos aquellos empleados con un salario bruto anual superior a 12.096,26 euros (la gran mayoría) pasarán a soportar a partir de la nómina de este mes de enero una mayor retención de IRPF, lo que repercutirá en que el importe neto a percibir pueda ser inferior respecto a las nóminas de meses anteriores. Todo ello, sin perjuicio de otras circunstancias a considerar que puedan incidir en el tipo de IRPF finalmente aplicable en la nómina de enero, tales como: modificación de su situación personal o familiar, variación en las percepciones, etc.

A modo de ejemplo, para aquellos trabajadores que perciban un salario bruto anual superior a 15.645,49 euros la reducción del importe neto mensual a percibir será 33,33 euros (si cobran en 12 mensualidades) o 28,57 euros (si cobran en 14 mensualidades).

En resumidas cuentas, otro quebradero de cabeza más para a los departamentos de RR.HH de las empresas y asesorías laborales, en un mes de enero, ya de por sí, muy complicado.

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