lunes, 20 de octubre de 2014
La pasada semana, se conocía la sentencia absolutoria en el juicio al que se había sometido a cinco militantes de Intersindical Canaria que, el 8 de marzo de 2012, protagonizaron un acto de protesta en la sede de la Confederación Canaria de Empresarios (...).
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
CANARIAS SEMANAL
Por CRISTÓBAL GARCÍA VERA / CANARIAS-SEMANAL.ORG.- La pasada semana, el Juzgado de lo Penal número seis de Las Palmas de Gran Canaria notificaba la sentencia absolutoria en el juicio al que se había sometido a cinco militantes de Intersindical Canaria que, el 8 de marzo de 2012, protagonizaron un acto de protesta en la sede de laConfederación Canaria de Empresarios.
Haciendo coincidir su acción con el Día de la Mujer Trabajadora, las sindicalistas entraron ese día en las oficinas abiertas al público de la patronal y desplegaron en una de sus ventanas una pancarta con el lema: "Mujeres Canarias contra la Reforma Laboral",con el objeto de señalar a los lobbies promotores y beneficiarios de la contrarreforma impuesta por el Ejecutivo Rajoy.
Pese al carácter pacífico del acto reivindicativo, algunos empleados de la Confederación trataron de impedir que éste se llevara a cabo y que fuera registrado en vídeo, lo cual dio lugar a momentos de tensión y forcejeos que se resolvieron sin más incidentes reseñables. Finalmente, la policía desalojó a las sindicalistas, que abandonaron el lugar sin oponer resistencia y concluyeron la protesta junto a la entrada de la CCE.
Los dirigentes de la patronal oriental, sin embargo, con el más que plausible propósito de cortar de raíz este tipo de protestas, decidieron emprender acciones legales contra las militantes de Intersindical y también contra el reportero que grabó lo sucedido.
Tras la denuncia interpuesta por el lobby empresarial, la instrucción del caso recayó en la magistrada María Victoria Rosell, miembro destacado de la Asociación "Jueces para la Democracia", que tomó la decisión de procesar a las cinco sindicalistas y al autor de estas líneas, por cubrir periodísticamente el acto reivindicativo filmándolo en vídeo. Posteriormente, el fiscal Miguel Pallarés dictaminaba "el sobreseimiento provisional de las actuaciones" contra quien "cumplía un objetivo informativo" en lo que - en palabras del propio fiscal - es un "centro de trabajo abierto al público".
Paradójicamente, pese a calificar las oficinas de la CCE en estos términos, el acusador del Estado dictaminó también la apertura de juicio oral contra las cinco sindicalistas, acusándolas de un delito de "allanamiento de domicilio de persona jurídica, previsto y penado en los arts. 203.2 del C.P". Por este presunto delito solicitaba para las activistas un año de cárcel.
LA PATRONAL PIDE UN AÑO Y MEDIO DE PRISIÓN PARA LAS SINDICALISTAS
Finalmente, el juicio contra las cinco sindicalistas se celebraba el 29 de julio en el Palacio de la Justicia de la capital grancanaria, donde las procesadas fueron arropadas por algo más de un centenar de personas que se concentraron para reclamar su libre absolución y expresar su rechazo al proceso.
Momentos antes de la vista, el letrado de los patronos intentaba doblegar a las militantes de IC, ofreciéndoles rebajar la petición de pena a cuatro meses si aceptaban redactar una carta para excusarse públicamente, asumiendo su supuesta "culpa". Una propuesta que fue rechazada inmediatamente por las encausadas.
Tras el inicio del juicio, las sindicalistas se declararon inocentes y recordaron que el acto por el que se las juzgaba no había tenido otro objeto más que señalar a los promotores y beneficiarios de la última reforma laboral impuesta por el Ejecutivo central.
No satisfecha con la petición de un año de prisión efectuada por el ministerio fiscal, laorganización patronal solicitó para las cinco acusadas, por mediación de su letrado, una pena de 18 meses. Tanto el fiscal como el abogado acusador sostuvieron que la pena de cárcel era la merecida por las mujeres por el "allanamiento del domicilio social de una persona jurídico-privada". Y, aunque las imágenes incluidas como prueba en el proceso demostraban que no existió ningún tipo de agresión física o verbal por parte de las activistas, ambos trataron de justificar esta petición sosteniendo que se había producido una"intimidación" contra los empleados de la CCE desde el mismo momento no cejaron en su propósito de desplegar la pancarta pese a la negativa de éstos a permitirlo.
LA JUEZ DICTAMINA QUE NO EXISTIÓ ALLANAMIENTO DE MORADA
El despliegue de la pancarta reivindicativa por el que fueron procesadas las cinco sindicalistas
En su sentencia absolutoria, no obstante, la magistrada Eva Armesto ha dictaminado que la acción reivindicativa por la que fueron juzgadas las sindicalistas no puede ser considerada como un delito de allanamiento de morada, dado que este tipo penal exige que, además de una actuación contra la voluntad del titular del domicilio, concurra violencia o intimidación, "lo que no se desprende de los hechos probados". A partir de este momento, se abre un plazo de diez días en los que la Confederación Canaria de Empresarios podrá recurrir el fallo de la juez Armesto.
Tras conocer la sentencia, fuentes de Intersindical Canaria manifestaron a la redacción de Canarias-semanal que la misma debe considerarse "un triunfo de la movilización social y de la solidaridad de la clase obrera contra los abusos de un poder empresarial que intenta reprimir y judicializar la protesta social".
"Queda claro - sostienen a este respecto desde el sindicato - que la movilización social, el apoyo recibido tanto de organizaciones sindicales y sociales en Canarias como en diferentes lugares del mundo, el respaldo institucional de diferentes ayuntamientos de las islas, y en general, la corriente de solidaridad por este caso de claro abuso de los poderosos contra el derecho a la protesta social, han sido determinantes para que finalmente se haga justicia".
"Esto demuestra también - apuntan - que si esta solidaridad fuera aún mayor y existiera más unidad en la defensa de los activistas encausados serían muchos menos los procesos que acabaran con condenas".
La sentencia de la magistrada Eva Armesto -añaden - "desmiente las tesis de su colega, la Jueza, Mª Victoria Rosell, instructora del proceso, del fiscal y de la Confederación Canaria de Empresarios".
Pese a congratularse por esta "batalla ganada", Intersindical Canaria ha querido recordar que "los efectos de la Reforma Laboral siguen haciendo estragos entre los hombres y mujeres de nuestra Nación Canaria".
"Es por ello - concluyen - que, ante la realidad demostrada en este caso de que solamente con la movilización social y la solidaridad se consiguen triunfos, manifestamos nuestra disposición a seguir en la lucha, poniendo el dedo acusador en quienes se enriquecen a costa de la pérdida constante de nuestros derechos laborales y sociales".
VÍDEO RELACIONADO: Juicio a las cinco sindicalistas de Intersindical Canaria
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