sábado, 1 de junio de 2013
Las viviendas en venta o alquiler con duración superior a los cuatro meses deberán contar desde hoy, 1 de junio, con un certificado de eficiencia energética, sin el que los propietarios podrían ser sancionados con más de 6.000 euros.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
EL ECONOMISTA
Las viviendas en venta o alquiler con duración superior a los cuatro meses deberán contar desde hoy, 1 de junio, con un certificado de eficiencia energética, sin el que los propietarios podrían ser sancionados con más de 6.000 euros, según lo dispuesto en el Real Decreto aprobado a tal efecto por el Gobierno en abril.
El Gobierno aprobó el pasado 5 de abril el Real Decreto que establecía la obligatoriedad de este certificado y, posteriormente, el PP introdujo vía enmienda en el proyecto de Ley de reforma de la rehabilitación -en trámite parlamentario en el Senado- un listado de sanciones que van desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.
Así, se entenderá por falta leve el no mencionar el certificado en la oferta de la vivienda o incumplir la normativa relativa a su renovación; será grave cuando no se presente el certificado ante la comunidad autónoma para que quede registrado o cuando no se entregue al comprador o al inquilino; y, finalmente, se considerará muy grave no contar con el certificado o haber falseado información para obtenerlo.
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