El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as
El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

viernes, 18 de julio de 2014

No hay negociación de buena fe con los trabajadores por parte de la empresa si, al estar "abocada irremediablemente a su liquidación", unos días antes de declararse el concurso, trata de resolver sus problemas...

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

Es nulo el ERE de una entidad "abocada a la liquidación"


ECOLEY

No hay negociación de buena fe con los trabajadores por parte de la empresa si, al estar "abocada irremediablemente a su liquidación", unos días antes de declararse el concurso, trata de resolver sus problemas mediante medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada. Por tanto, esas medidas adoptadas por la compañía son nulas, debiendo la empresa reponer a los trabajadores en las condiciones anteriores a la extinción de sus contratos de trabajo.

A esta conclusión ha llegado la Audiencia Nacional, en sentencia de 13 de junio de 2014, en tanto que los problemas de la empresa, en el caso enjuiciado, "no eran coyunturales, sino estructurales".

Omisión de documentos


Recuerda el ponente de la Audiencia Nacional, el magistrado Bodas Martín, que el artículo 18 del Real Decreto 1483/2012, que regula la documentación en los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada, dice textualmente que "la documentación justificativa que debe acompañar a la comunicación de la apertura del periodo de consultas será necesaria para acreditar la concurrencia de la causa y que se trata de una situación coyuntural de la actividad de la empresa".

Explica que, a pesar de los defectos de forma en la documentación ofrecida por la compañía, los representantes de los trabajadores aceptaron parcialmente la suspensión de los contratos y la medida de reducción de jornada, por lo que "nos permite concluir que la omisión de documentación no impidió, en ningún caso, la negociación del periodo de consultas". Ahora bien, dicho esto, mantiene que es cierto que la empresa "promovió un procedimiento concursal, que activó su liquidación, unos días después de concluir sin acuerdo el período de consultas, lo que provocó, a su vez, la extinción de todos los contratos de trabajo de la misma, acordados en el procedimiento concursal por el administrador concursal y los trabajadores y autorizados por el juez del concurso.

Algo que "permite presumir razonablemente", asegura también Bodas Martín, "que no negoció de buena fe, al ser impensable que una empresa, abocada irremediablemente a su liquidación, pudiera enfrentar sus problemas económicos mediante una suspensión de contratos unos días antes, por lo que consideramos que quebró también las exigencias de buena fe en la negociación del período de consultas".

Un argumento que queda reforzado en tanto que la compañía "ni probó, ni intentó probar, de qué modo la suspensión de contratos y la reducción de jornada hubiera permitido resolver su situación".

Desviación al SPEE

Por todo, concluye la Audiencia que "las medidas, promovidas por la entidad no tenían por objeto resolver eficazmente sus problemas, sino desviar al Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) las retribuciones de sus trabajadores". Y de este modo, la Audiencia anula las medidas (de suspensión de contratos y reducción de jornada) adoptadas por la compañía.


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