miércoles, 13 de enero de 2016
LIBERTAD DE EXPRESIÓN - La Corte afirma que, al condenar penalmente al letrado, se vulneró su libertad de expresión
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
ECOLEY
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a indemnizar a un abogado que fue condenado por injurias contra una juez, por unos comentarios realizados en un escrito presentado en el marco de un procedimiento judicial. Según la sentencia europea, el Estado vulneró el derecho a la libertad de expresión del letrado, recogido en el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos.
El abogado, en su escrito acusó a la juez de haber distorsionado deliberadamente la realidad, afirmó que había mentido sin vacilar e, incluso, aseguró que había emitido un informe falso con información falaz y maliciosa.
El letrado fue condenado por estos comentarios a una pena de multa de 30 euros al día durante nueve meses, y una pena privativa de libertad en caso de incumplimiento.
La sentencia argumentó que había dañado gravemente el honor de la magistrada y que, con sus palabras, había ido mucho más allá del legítimo derecho a la defensa, cayendo en la utilización del insulto y la injuria.
Después de que las distintas instancias nacionales rechazaran los recursos presentados por el abogado, decidió elevar el asunto ante el Tribunal de Estrasburgo.
La sentencia del TEDH, sin embargo, determina que la condena al letrado por parte de la Justicia española supone una injerencia en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. En este sentido subraya que, a pesar de que la condena se dictó conforme a la ley nacional y persiguiendo el objetivo legítimo de proteger la reputación y los derechos de un juez -y de manera indirecta, la reputación del Poder Judicial-, la pena fue desproporcionada.
El TEDH considera que es perfectamente aceptable castigar una conducta como la descrita en los hechos. Sin embargo, a pesar de lo serio y descortés de los términos utilizados, el letrado no los utilizó en la sala, sino que fueron expresados por escrito y sólo el juez y las partes tuvieron conocimiento de ellos.
Sus expresiones, precisa el fallo, se refirieron a la manera en que la juez condujo el asunto y, aunque agresivas, se presentaron en el marco de la defensa de los intereses de su cliente.
Por todo ello, el TEDH considera que la gravedad de la pena impuesta al letrado -pudiendo, incluso, ser privado de su libertad-, puede tener un efecto negativo en situaciones en las que están llamados a defender a sus clientes.
Los tribunales españoles, concluye, no han logrado encontrar un equilibrio justo entre la necesidad de mantener la autoridad del Poder Judicial y la protección de la libertad de expresión del abogado, por lo que condena a España a indemnizar al jurista.
Etiquetas:
ABOGADOS LABORALISTAS,
EUROPA,
JUSTICIA,
TRIBUNAL DE ESTRASBURGO
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario