viernes, 10 de junio de 2011
Concretamente la cuantía de este embargo es de 8.802.000 euros.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
José Manuel Rivero, abogado de reconocido prestigio, miembro del colectivo Justicia y Sociedad, que ha llevado la defensa de varias personas relacionadas con el caso Fundescan analizó en La Trapera de Radio San Borondón la sentencia dada a conocer en el día de hoy por la cual el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha procedido a acordar el embargo preventivo de los bienes y derechos de UGT Canarias por valor de casi nueve millones de euros, dejando sin efecto cualquier medida cautelar solicitada contra los dirigentes de la Fundación.
José Manuel Rivero explicó que este día ha recibido la información de que las medidas cautelares provisionales que se pidió por la administración concursal de Fundescan en el Juzgado de lo Mercantil ha acordado el embargo preventivo contra todos los bienes y derechos de UGT Canarias por 8,8 millones de euros, dejando sin efecto cualquier medida cautelar solicitada contra los patronos de la Fundación antes de julio de 2009 y después de esa fecha.
El abogado dijo que la apreciación que tiene después de asistir y defender a dos personas contra las que afortunadamente no se ha actuado, ni se ha acordado ningún tipo de medida cautelar, tras sesiones maratonianas de juicio de medidas cautelares llevadas a cabo hace una veintena de días, es que hay datos objetivos demasiado alarmantes, en el sentido de que lo ocurrido forma parte del neoliberalismo puro y duro, ya que hablamos de una Fundación, un ente institucional con una función social pública, que estaba recibiendo unas subvenciones por parte de UGT para la formación de los desempleados, que fue descapitalizada adrede para desviar el dinero que estaba recibiendo a empresas del sector privado.
Quien ejecutaba todas las adjudicaciones de planes de formación era Fundescan, por lo que era esa fundación la encargada de gestionar las subvenciones que UGT Canarias recibía con el compromiso y la obligación de desarrollar dichos planes de empleo, lo que ocurre es que con el mandato en el sindicato de Alicia Rodríguez se estaba cumpliendo todo perfectamente, pero al final de su secretaría general se produce una cuestión muy curiosa, ya que una vez cesada de su cargo por su dimisión y, por tanto, una vez que dejó de estar vigente su dirección del patronato, se produce un borrado de toda la contabilidad informatizada existente en la Fundación, así un borrado informático de todos los registros de entrada y salida, seguido de una descapitalización de Fundescan donde el dinero que recibe UGT no va a parar a Fundescan pese a que tenía una plantilla de trabajadores comprometidos con una función social, desarrollándola con mucha profesionalidad, y de buenas a primeras los trabajadores empiezan a tener muchas dificultades para cobrar sus salarios hasta que finalmente dejan de percibirlos.
Explica que el dinero que recibía UGT Canarias iba destinado a escuelas de formación privadas y no a Fundescan que era el organismo creado para eso por parte del sindicato, perjudicando por tanto a los trabajadores de la fundación, muchos de los cuales estaban afiliados a la central sindical, que se quedaron de un día para otro sin funciones que desempeñar porque los cursos a los que se habían comprometido desaparecieron y las subvenciones que tenían que haber cobrado para ese desarrollo se redireccionó a dichas escuelas privadas.
Por tanto, hemos asistido a una descapitalización de un organismo social, con una función social, donde los primeros perjudicados fueron los trabajadores de Fundescan porque de la noche a la mañana dejaron de tener una función que acometer por cuanto el dinero que debía ser destinado para el desarrollo de su actividad fue desviado a otras entidades privadas.
José Manuel Rivero explicó por tanto que el Juzgado ha acordado el embargo preventivo contra todos los bienes y derechos de UGT Canarias por 8,8 millones de euros, dejando sin efecto cualquier medida cautelar solicitada contra los patronos de la Fundación antes de julio de 2009 y después de esa fecha.
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