El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

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El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

miércoles, 17 de marzo de 2010

El TSJA declara improcedente el despido de un empleado que agredió a su jefe.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

La actitud del empleado "no reviste la gravedad exigible" para el despido.

El TSJA confirma una sentencia del Juzgado de lo Social 4 de Granada.

Al margen de los golpes, le insultó y le llamó "cobarde" y "sinvergüenza"
Efe | Granada

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Social 4 de Granada que declaró improcedente el despido a un trabajador que al intuir que iba a ser despedido insultó y agredió a su jefe, empujándole y lanzando patadas de kárate al aire.

En la sentencia, que ha adelantado el periódico económico Expansión, la sala de lo Social del Alto Tribunal andaluz considera que la actitud del empleado, directivo de una empresa inmobiliaria con sede en Granada, "no reviste la gravedad exigible para constituir causa de despido".

Entiende el tribunal que hay que "conectar las expresiones que utilizó" el trabajador para referirse a su superior con "la situación y contexto" en el que el que el empleado se encontraba en ese momento.
Carta de despido

Los hechos se remontan al 3 de julio de 2007, cuando al trabajador, director general de Negocio de la inmobiliaria, le fue entregada la carta de despido, en la que la empresa justificaba la decisión en su "continua y voluntaria disminución" del rendimiento en el desempeño de su cargo, lo que consideraba una infracción laboral muy grave susceptible de ser sancionada con el despido.

En el acto de entrega de la carta, el trabajador, al intuir su contenido, "visiblemente alterado y alterando la voz" amenazó e insultó al jefe, al que llamó "cobarde" y "sinvergüenza", chocó su rostro con el de su superior, empujó a éste hasta que perdió el equilibrio y cayó al suelo y lanzó patadas de kárate al aire.

En una segunda carta remitida al trabajador por burofax al día siguiente, la empresa reforzó su decisión de despedirle al sumar a los motivos anteriores -disminución del rendimiento laboral- la actitud del empleado, que consideró una falta muy grave.

Denuncia en la vía penal

En su día, el responsable de la inmobiliaria denunció en un Juzgado de guardia por la vía de lo penal los insultos e intento de agresión del que fue objeto por parte del trabajador.

Sobre los motivos alegados por la empresa para el despido, la Sala de lo Social de Alto Tribunal andaluz, ante la que ambas partes presentaron un recurso de suplicación, considera que aunque el hecho de que el trabajador intuyera que iba a ser despedido no justifica su comportamiento, "sí por lo menos atenúa su gravedad".

Agrega que "sin perjuicio de que el comportamiento del trabajador pudiera resultar acreedor de una sanción", que en su caso pueda imponerle el empresario, "no es adecuada a tal comportamiento la imposición de la sanción de despido, que es la más grave que existe en el ámbito laboral".

Contra el fallo, que también se refiere a las cuestiones relativas a la indemnización por el despido, cabe recurso de casación.



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