El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

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El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

miércoles, 23 de marzo de 2016

"Si Ramírez quiere guerra con los trabajadores la va a tener"

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

MOVILIZACIÓN POPULAR CONTRA LOS ABUSOS DEL "PATRÓN" MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ


CANARIAS SEMANAL


La Plataforma Sindical y Popular de apoyo a la plantilla de trabajadores del Grupo RALONS ha convocado una nueva concentración para denunciar los abusos del magnate canario de la Seguridad Privada Miguel Ángel Ramírez (...).
   El 9 de enero del pasado 2015 se celebraba en Las Palmas de Gran Canaria una[Img #43726]manifestación organizada con el objeto de denunciar "los continuos abusos" y las presuntas ilegalidades que - según manifiestan sus asalariados - se cometen en la empresa Seguridad Integral Canaria, integrada en el Grupo RALONS y propiedad de Miguel Ángel Ramírez.


   El pasado 14 de enero, algo más de un año después de aquella movilización, trabajadores y sindicalistas volvían a salir a la calle para rechazar públicamente "las prácticas caciquiles" de Ramírez.


   Continuando con este calendario de movilizaciones, la Plataforma Sindical y Popular de apoyo a la plantilla de trabajadores del Grupo RALONS ha convocado una nueva concentración, que se celebrará el próximo jueves 31 de marzo, entre las 9 y las 13 horas, en el número 28 de la Calle Albert Einstein de Las Palmas de Gran Canaria. Frente a la sede del grupo empresarial mencionado.


    El acto, organizado por la  Plataforma sindical y popular en apoyo a la plantilla del Grupo RALONS, tiene por objeto protestar "contra los recortes salariales, la precariedad en el empleo y las acciones antisindicales" que  -dicen - "deben sufrir los trabajadores de Miguel Ángel Ramírez".


   La Plataforma convocante, constituida por Alternativa Sindical, USO, Intersindical Canaria, FSOC, Convergencia Sindical y los Comités de Unidad Obrera (CUO), ha realizado un llamamiento a "los más de 7000 trabajadores de Seguridad Integral Canaria y RALONS para que se sumen a esta acción y se organicen para combatir estos abusos".


   "Somos conscientes - afirman- de las dificultades que implica participar en estas protestas que se van organizando. La represión que se ejerce busca provocar el miedo, para paralizar cualquier tipo de respuesta". Sin embargo, debemos ser inteligentes y responder a la represión con más organización".


   Los convocantes solicitan, igualmente, el apoyo de otras organizaciones y comités de empresa, que puede ser expresado poniéndose en contacto con la Plataforma en la dirección electrónica  plataformaralons@gmail.com


   "Miguel Ángel Ramírez ha declarado una guerra a todos y cada uno de los trabajadores y trabajadoras de RALONS. ¡ Y si quiere guerra -concluyen -  la va a tener!".

lunes, 21 de marzo de 2016

INTIMIDAD EN EL ÁMBITO LABORAL

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

El Tribunal Constitucional avala instalar cámaras en los centros de trabajo


ECOLEY

El Tribunal Constitucional avala que los empresarios instalen cámaras de vigilancia en los centros de trabajo, sin consentimiento de los empleados, "para controlar el cumplimiento del contrato".

La sentencia, de 3 de marzo de 2016, subraya que la Ley Orgánica de Protección de datos, aunque reconoce que la imagen es "un dato de carácter personal", contiene excepciones a esa regla general y, entre otros casos, "dispensa de la obligación de recabar el consentimiento del afectado en el ámbito laboral cuando el tratamiento de datos de carácter personal sea necesario para el mantenimiento y el cumplimiento del contrato firmado por las partes".
Sin embargo, el fallo reconoce que cuando las imágenes se utilicen "con finalidad ajena al cumplimiento del contrato" sí es necesario el consentimiento de los trabajadores. El Constitucional desestima así el recurso de amparo presentado por una trabajadora que fue despedida por el empresario, tras comprobar en las cámaras que había sustraído dinero de la caja.
La magistrada Roca Trías, ponente de la sentencia, argumenta que el Estatuto de los Trabajadores atribuye al empresario la facultad de dirección, lo que le permite "adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana". En este sentido, sostiene que "el consentimiento se entiende implícito en la propia aceptación del contrato".

Deber de información

El Tribunal Constitucional explica que, pese a todo, el deber de información de que se puede estar siendo grabado, permanece pese a que el trabajador de su consentimiento. Con la colocación de un distintivo informativo sobre la existencia de cámaras, los trabajadores "pueden conocer la existencia de las cámaras y la finalidad para la que habían sido instaladas".
En este asunto, el Constitucional indica que "el trabajador conocía que en la empresa se había instalado un sistema de control por videovigilancia". La sentencia rechaza que "haya que especificar, más allá de la mera vigilancia, la finalidad exacta que se le ha asignado a ese control".
La sentencia cuenta con el voto particular de los magistrados Valdés y Asua. En su opinión, el fallo "supone un retroceso en la protección de los derechos fundamentales" de los trabajadores. "Las imágenes grabadas y tratadas pueden servir a propósitos tan inquietantes como la confección de un perfil ideológico, racial, sexual, económico o de cualquier otra índole, o ponerse al servicio de otras amenaza contra el individuo", concluyen los magistrados en su voto particular.

miércoles, 16 de marzo de 2016

La RSP hace un llamamiento para que este jueves 17 de marzo, las personas y organizaciones sociales se manifiesten delante del Cabildo exigiendo un bono transporte gratuito para que las personas más empobrecidas puedan gestionar las necesidades de sus vidas y las exigencias institucionales y que este sea gestionado con criterios públicos.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"


La protesta se desarrollará ante las puertas del Palacio Insular de 10.00 a 13.00 horas
La RSP se manifiesta este jueves en el Cabildo para exigir un bono de transporte gratuito
Cartel de la protesta (Foto TA)
TELDEACTUALIDAD
Telde.- La Red de Solidaridad Popular de Jinámar (RSP)  se manifestará este lunes delante de las puertas del Cabildo Insular de Gran Canaria, entre las 10.00 y 13.00 horas, para reivindicar un bono transporte gratuito para las personas más empobrecidas.

Comunicado de la RSP de Jinámar
La RSP se reunió este lunes, a requerimiento de la Presidencia del Cabildo de Gran Canaria, con el consejero de Hacienda D. Pedro Francisco Justo y la Consejera de Políticas Sociales Elena Mañez, para tratar la reivindicación de un bono guagua que garantice el transporte a todas las personas empobrecidas que lo necesiten.

En el encuentro, los consejeros citados, comunican a la RSP que dicha reivindicación irá dentro del Plan de Choque Contra la Pobreza y la Exclusión Social que el Cabildo tiene concertado con algunas ONGs entre las que se encuentran la Cruz Roja, y ONGs vinculadas a la Iglesia Evangélica.

La RSP denuncia que la concesión de ayudas públicas para que las tramiten ONGs supone la creación de servicios sociales paralelos (que contradicen lo dicho por el Presidente Antonio Morales). Que no hay garantías de transparencia en la gestión de las mismas y que algunas de estas ONGs las utilizan para potenciar sus fines religiosos, llegando a humillar a las personas empobrecidas que son derivadas por los servicios sociales a las mismas. Igualmente la RSP puso en conocimiento de los consejeros de Hacienda y de Política Social, graves irregularidades detectadas en Jinámar que suponen un mal uso de los recursos públicos, la manipulación y desaparición de datos personales que tienen que estar en manos de los servicios públicos.

La RSP reivindica que se incremente el número de  trabajadores sociales para que las ayudas procedentes de esta institución pública las gestionen profesionales, evitando las anomalías, la falta de control y las arbitrariedades que se están dando en la gestión de ayudas públicas tramitadas por organizaciones caritativas y voluntaristas.
La RSP entiende que con la gestión de estos servicios por profesionales organizados en una única red de servicios sociales, ahorrarían recursos públicos, garantizarían la no discriminación, se evitaría la picaresca, la duplicidad, la desviación de recursos y las humillaciones a los más vulnerables.

La RSP hace un llamamiento para que este jueves 17 de marzo, las personas y organizaciones sociales se manifiesten delante del Cabildo exigiendo un bono transporte gratuito para que las personas más empobrecidas puedan gestionar las necesidades de sus vidas y las exigencias institucionales y que este sea gestionado con criterios públicos.  

martes, 15 de marzo de 2016

DOS SENTENCIAS CREAN JURISPRUDENCIA

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

El Supremo cambia la forma de calcular el despido improcedente


ECOLEY

El Tribunal Supremo ha puesto fin al debate jurídico surgido desde la publicación de su sentencia de 29 de septiembre de 2014, sobre el cálculo de la indemnización por despido improcedente y la forma de aplicar el tope fijado en 720 días indemnizatorios.
El Alto Tribunal ha publicado dos sentencias, de 2 y 18 de febrero de 2016, en las que rectifica el cálculo de las indemnizaciones por despido improcedente a raíz de lo dispuesto en la actual Transitoria Undécima del Estatuto de los Trabajadores. "Se concluye admitiendo la validez de la doctrina que venían manteniendo la mayor parte de los Tribunales Superiores de Justicia sobre la diferenciación dedos periodos de prestación de servicios, siendo el 12 de febrero de 2012 el separador".
Así, "se deja sin efecto la doctrina sentada en la famosa sentencia de 29 de septiembre de 2014", explica Alfredo Aspra, socio de CMS Albiñana y Suárez de Lezo.
El ponente, el magistrado Sempere Navarro dictamina que "para el tiempo anterior al 12 de febrero de 2012 opera una indemnización de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a dicha fecha, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año".
Dice Aspra que se contabilizan 19 años y dos meses de actividad. El prorrateo por meses lleva al devengo de 3,75 días indemnizatorios por cada mensualidad de servicios prestados (45:12 = 3,75).
Puesto que 19 años (19 x 12 = 228) y dos meses equivalen a 230 mensualidades (228 + 2 = 230), el total de días indemnizatorios (230 x 3,75 = 862,5) supera los 720 días indemnizatorios.

Opera la excepción

Ello significa que opera la excepción: la indemnización será de 862,5 días de salario. Prescribe la norma que "se aplicará éste como importe indemnizatorio máximo, sin que dicho importe pueda ser superior a 42 mensualidades, en ningún caso". La cuantía máxima (42 x 30 = 1260 días) está muy alejada de la devengada por el trabajador (862,5 días).
La transformación de esos días indemnizatorios (862,5) en cantidad monetaria (862,5 x 109,24 = 94.219) arroja una cifra distinta a la reconocida en el fallo inicial de la sentencia (74.386,87 ) y en el Auto aclaratorio (79.471,94), pero también a la interesada por el recurso casacional (89.134,27). Comprobación práctica de las dificultades interpretativas que la norma en cuestión suscita.
Así, aunque no se hubiera alcanzado el máximo indemnizatorio absoluto de las 42 mensualidades, el tiempo de servicios posterior a 12 de febrero de 2012 es inhábil para acrecentar la cuantía fijada. Al entrar en vigor la reforma laboral, el trabajador ha prestado servicios por tiempo superior a 19 años y eso provoca que el ulterior trabajo resulte inocuo desde la perspectiva de la Disposición Transitoria aplicable al caso.

El fallo establece que los documentos de investigación son parte de la evaluación, aunque exista confidencialidad.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

El delegado tiene acceso a los informes de seguridad laboral


ECOLEY

Los delegados de prevención de riesgos laborales tienen derecho a acceder, al igual que las Autoridades laborales, a los informes y documentos resultantes de la investigación por la empresa de los daños para la salud de los trabajadores, puesto que dichos informes forman parte del proceso global de evaluación de los riesgos laborales.
Así, lo reconoce el Tribunal Supremo, en sentencia de 24 de febrero de 2016, en la que se reconoce, tal y como lo hizo el tribunal de Instancia, que el artículo 36.2.b de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) confiere a los delegados de prevención el derecho a tener acceso, con las limitaciones previstas en el artículo 22.4 de esta Ley, a la información y documentación sobre las condiciones de trabajo necesarias para el ejercicio de sus funciones.
El ponente, el magistrado Salinas Molina, matiza, no obstante, que cuando la información esté sujeta a las limitaciones reseñadas en la Ley, sólo podrá ser suministrada de manera que se garantice el respeto de la confidencialidad.

Excepción al consentimiento

Dice la LPRL que el acceso a la información médica de carácter personal se limita al personal médico y a las autoridades sanitarias, sin que pueda facilitarse al empresario o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador.
Por su parte, el artículo 22 estipula que el empresario y las personascon responsabilidades en materia de prevención ?serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva?.
El artículo 23 de la Ley, que esblece que el derecho de información de los delegados de prevención tiene la misma extensión que la potestad informativa de la propia autoridad laboral en este ámbito, puesto que dicho artículo define la documentación que el empresario debe elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral. "Si se niega el acceso a los delegados de prevención ello sería equivalente a negar también el de la autoridad laboral", dice el ponente.
Este mismo artículo 23 contempla el derecho de información de la autoridad laboral y, por ende, de los delegados de prevención, sobre la evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, incluido el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.2.a.
Aclara Salinas Molina que la regulación de la evaluación de riesgos está en el artículo 16 de la LPRL, donde, aparte de la evaluación inicial, se dice que "la evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido".
El artículo 16.3, en relación con la investigación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por la empresa, dice que cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores "el empresario llevará a cabo una investigación al respecto, a fin de detectar las causas de estos hechos".
Finalmente, la conexión entre la evaluación y la investigación de accidentes se desarrolla en el artículo 6 del Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP), el cual nos dice que "en todo caso se deberá revisar la evaluación correspondiente a aquellos puestos de trabajo afectados cuando se hayan detectado daños a la salud de los trabajadores". Y para ello se tendrán en cuenta los resultados de ?la investigación sobre las causas de los daños para la salud que se hayan producido?.

La CEOE, aboga por reducir el “amplio porcentaje de sentencias” que son favorables al trabajador.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

La CEOE “sugiere” a los jueces que dicten menos sentencias a favor de los trabajadores


http://www.elvorticeradio.com/

La secretaria general de CEOE, Ana Plaza, ha abogado este jueves por aproximar el mundo judicial y el empresarial para lograr una mayor “sensibilidad” de los tribunales sociales hacia los problemas de las empresas y poder reducir el “amplio porcentaje de sentencias” que son favorables al trabajador.
“Un mayor y progresivo conocimiento y acercamiento entre el mundo judicial y la empresa tendrá su traslación en los pronunciamientos judiciales”, ha dicho Plaza hoy en la inauguración de las jornadas que “Análisis de la Negociación Colectiva”,organizadas por CEOE y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ha informado la patronal en un comunicado.
“De forma que con una mayor proximidad y sensibilidad hacia los problemas de las empresas nos vayamos alejando de cifras como las actuales, en donde un amplio porcentaje de las sentencias de los tribunales sociales son favorables, total o parcialmente, al trabajador“, ha añadido.
En su opinión, sólo conociendo mejor los problemas de las empresas los jueces podrán desempeñar su labor con mayores elementos de juicio y ha añadido que esta labor judicial es reconocida por los empresarios, que entienden “debe ser apoyada con los medios humanos y presupuestarios necesarios para que pueda ser desarrollada en toda su intensidad”.
Plaza ha resaltado también la importancia de la negociación colectiva para mejorar la competitividad de las empresas y la creación de empleo.
Según ha dicho, la negociación colectiva juega un papel fundamental para la actividad económica, por su incidencia directa en la regulación de las condiciones de trabajo de gran parte de los trabajadores y por su relevancia para el funcionamiento de las empresas y los sectores.
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Reducir las sentencias favorables al trabajador: Ana Plaza presiona e intenta someter a los Jueces de lo Social, quienes probablemente sean el “último reducto” que todavía permanece de un modo u otro sensible hacia la parte débil, el trabajador.
¿Qué significa “recomendar reducir el número de sentencias favorables al trabajador?
Ana Plaza lo tiene muy fácil: si cree que las actuales sentencias “favorables” al trabajador no son acorde a Derecho , en lugar de conferencias donde hablar micrófono en mano a empresarios y miembros de un CGPJ politizado y afín a los intereses de los primeros, debería estar tramitando demandas y acusaciones de prevaricación a cada juez que haya dictado una sentencia que ella considere no conforme a Ley o inadecuada a sus intereses.
Si cree que los jueces fallan “demasiado” a favor de los trabajadores, entonces es que está segura que dichos jueces prevarican por no aplicar la Ley o el Derecho como debe ser aplicado.

Si no acusa de prevaricación, simplemente miente.
En caso de que no exista prevaricación actual, nos encontramos con un hecho todavía peor: Ana Plaza está pidiendo a los jueces que prevariquen, ya que si actualmente aplicando el Derecho, las sentencias mayoritariamente dan la razón al trabajador, lo que pide es que no se aplique ese Derecho, o se aplique de manera que satisfaga los intereses de la patronal.
Eso se llama prevaricar. Prevaricar es un delito, y muy grave.
Ana Plaza pide a los jueces que cometan un delito. Y esa “petición” la hace pública. Simple y llanamente está cometiendo un delito tipificado en el Código Penal español en sus artículos 17 y 18.
 Artículo 17
1. La conspiración existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo.
2. La proposición existe cuando el que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a participar en él.
3. La conspiración y la proposición para delinquir sólo se castigarán en los casos especialmente previstos en la ley.

Artículo 18
1. La provocación existe cuando directamente se incita por medio de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante, que facilite la publicidad, o ante una concurrencia de personas, a la perpetración de un delito.

Es apología, a los efectos de este Código, la exposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor. La apología sólo será delictiva como forma de provocación y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito.
2. La provocación se castigará exclusivamente en los casos en que la Ley así lo prevea.
Si a la provocación hubiese seguido la perpetración del delito, se castigará como inducción.”

Si la “señora” Ana Plaza, cree que los jueces actualmente fallan indebidamente a favor del trabajador porque no aplican debidamente la Ley , les está acusando de prevaricación, un delito tipificado en el Código Penal en su art. 404: “delito consistente en dictar a sabiendas una resolución injusta una autoridad, un juez o un funcionario“.
Si no existe una sola acusación por parte de la patronal (CEOE) y ni una sola demanda acusando a un solo Magistrado de ello, la patronal está mintiendo y sólo está actuando como lobby para amedrentar a jueces y fiscales de lo Social a que se plieguen a sus exigencias e intereses, ignorando el Derecho y condenando más si cabe a la parte débil que es el trabajador.
Si, como es obvio, no puede acusar de nada al actual procedimiento ni magistrados ni sentencias de lo Social, lo que está pidiendo a los jueces es que prevariquen. Les está pidiendo que ignoren a sabiendas la Ley, que dejen de aplicarla y que favorezcan sus intereses, los intereses de la patronal.
Eso le convertiría en delincuente, por el mero y simple hecho de que está incitando a los jueces a la comisión de un delito.
Que en la patronal alguien sea un delincuente, a nadie le extraña. Que lo diga ante miembros de un Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) politizado y condicionado en lo que debería ser un órgano independiente ( Actualmente y tras la reforma del 27 de Junio de 2013, los partidos políticos de ambas cámaras, Congreso y Senado, nombran a “sus” candidatos sin ningún tipo de limitación) , tristemente hoy en día, a nadie le extraña tampoco.
Que acaben consiguiendo derribar los Juzgados de lo Social y hagan de dichas Salas un lodazal donde los intereses y beneficios empresariales campeen a sus anchas y prevalezcan sobre el derecho de un simple trabajador, tristemente, tampoco sorprenderá a nadie.
Antonio J. Mayor

lunes, 14 de marzo de 2016

“Los trabajadores fijos tienen demasiados derechos”. Un mensaje que es tan falso como antiguo.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"


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Dos meses antes de la celebración de las elecciones del 20-D, la CEOE ( patronal española) en boca de su presidente Joan Rosell, se empleó a fondo para, desde todos sus medios posibles y afines (prensa, radio, podcasts, tv….)  transmitir, difundir y aparentemente justificar frente a la sociedad el mensaje que mejor representa sus intereses y que es vendido bajo el pretexto de buscar un inexistente “bien común”:  “Los trabajadores fijos tienen demasiados derechos”.
Un mensaje que es tan falso como antiguo y que, desde la CEOE, viene siendo percutido con la certeza que otorga saber que flotan sobre un mar de corrupción y clientelismos, que tarde o temprano arrojará los frutos pretendidos aunque sea de manera paulatina y a base de arañar ventajas con cada reforma laboral conseguida.
No hace falta remontarnos muy atrás en el tiempo, en 2004, el Presidente de la CEOE de Galicia, Antonio Fontenla, (Caso Someso, con “presuntas” irregularidades, corrupción, valoraciones catastrales , enajenaciones, adjudicaciones a dedo,  ilegalidad en planes urbanísticos y todo tipo de expropiaciones  a finales de los 80 y principios de los 90 durante el desarrollo de la urbanización de Someso, que costaron a las arcas públicas unos 50 millones de euros),  repetía el mismo mantra argumentando que eran los derechos de los trabajadores fijos los “culpables” de la precariedad laboral.
Curiosamente, el 9 de Mayo de 2012, Construcciones Fontenla, de la cual “Don” Antonio era el máximo accionista, presentó suspensión de pagos y “concurso de acreedores” en el momento en que dicha sociedad elevaba su deuda a más de 40 millones de euros y no era capaz de hacer frente a ninguna de sus obligaciones.
Su empresa hizo de la precariedad laboral su principal fuente de ingresos, con prácticamente la totalidad de contrataciones temporales, precarias y escasamente remuneradas. Y pese a obtener el máximo beneficio del trabajo de los demás, sólo supo pedir dinero prestado una vez tras otra, hasta acumular 40 millones de deuda y ni un solo piso vendido en el año 2012.  Al final, suspensión de pagos, acreedores engañados que acumularon pérdidas por el impago de Fontenla, trabajadores a la calle y si te vi ya no me acuerdo.
Que Construcciones Fontenla viviese de “conseguir” todo el crédito que pidiese en connivencia con las entidades bancarias y que el negocio girase en  “conseguir” adjudicaciones de  contratos públicos ,  el tal Fontenla prefería omitirlo de manera “discreta”. La misma discreción con la que omitía el modo en el que el dinero pasaba de las arcas publicas a bolsillos privados en base a concursos, adjudicaciones, licitaciones, recalificaciones, denuncias y todo tipo de negocios “políticos”, mientras públicamente culpaba a la estabilidad en el empleo de la existencia de  precariedad, o dicho con otras palabras, la culpa de que existan muchos trabajadores temporales la tenían los derechos de los trabajadores fijos, de modo tal que si se quitasen esos derechos, los temporales pasarían a ser “estables”.
Por cierto, Antonio Fontenla, el mismo que dice que los trabajadores fijos tienen “demasiados” derechos, sigue siendo administrador de tres empresas más: Hidroeléctrica del Arnoya SL, Aparfont SL y Monelos Aparcamientos, y lo que es mejor, es accionista de otras seis empresas, entre ellas, Iglevaz, la sociedad creada por la familia del exalcalde coruñés Francisco Vázquez para gestionar sus inversiones eólicas.
Ya se sabe, nada mejor que las cadenas de favores, máxime cuando éstas se hacen estando por medio contratos, subvenciones y ayudas con dinero público….hoy por ti y mañana por mí.
Nada mejor que alcaldes y “empresarios” compartiendo el dinero de todos con empresas e intereses “comunes” mientras achacan todos los males a que los trabajadores indefinidos gozan de demasiados derechos.
Desproveer de derechos a los trabajadores fijos los convierte prácticamente en temporales sólo que con una etiqueta diferente. Y ya se sabe: déspido barato, sueldo barato, condiciones baratas, inestabilidad barata, precariedad barata y pobreza laboral garantizada. Eso sí, maximización del beneficio empresarial, mayor ganancia, mayor riqueza, mayores coches, mejores chalets unifamiliares , mejor American Express, y mejor menú en  cenas de “Empresarios” brindando con el concejal y alcalde o el ministro de turno por una nueva adjudicación, un nuevo contrato o un nuevo “negocio” que permita seguir llenando los bolsillos con dinero de todos.
En junio de 2010, un señor llamado Gerardo, y de apellido Diaz Ferrán, presidente nacional de la CEOE,  hinchaba la boca y los pulmones diciendo a los cuatro vientos que “limitar la temporalidad provocaba la destrucción del empleo”, para añadir cuatro meses más tarde aquello de “Sólo se puede salir de la crisis trabajando más y ganando menos..”
En Septiembre del año pasado (2015), Gerardo Diaz Ferrán fue condenado por la Audiencia Nacional a cinco años y medio de cárcel por robar de manera continuada todo el dinero a los clientes de su empresa Marsans. Como es natural, en principio lo había negado todo, llegando incluso al más puro estilo Pinochet, a fingir mal estado de salud o conspiraciones políticas que le acusaban sin fundamento alguno.
Acorralado por las deudas, los impagos y lo que es peor, por las acusaciones particulares, la movilización de los afectados y las  inspecciones contables, policiales y por la evidencia, se derrumbó frente a un Juez , frente a los trabajadores que fraudulentamente no pagaba y continuamente engañaba y despreciaba, y  frente a los cientos y miles de clientes robados, engañados y estafados.
Su defensa legal vio rápidamente que la única salida era conseguir algún atenuante que redujese la pena de cárcel, porque el sinvergüenza de su cliente no tenia defensa posible alguna.
Esa atenuante fue la “confesión” ante la sociedad y ante  los clientes y trabajadores robados, engañados y estafados, y sobre todo ante el Juez,  que no era más que un mentiroso, un estafador, un evasor de dinero, un delincuente y un ladrón.  O dicho en términos jurídicos, según la sentencia, culpable de los delitos de alzamiento continuado de bienes, concurso fraudulento, blanqueo de capitales e integración en banda criminal.
Hace poco menos de veinte días, la Audiencia Nacional ha condenado de manera firme a este delincuente a otros dos años de cárcel y al pago de 1,2 millones de euros por el delito de apropiación indebida, robando a 4.706 clientes todo el dinero de las reservas efectuadas.  Junto a ello, también fue condenado a dos años y dos meses de cárcel por el fraude a la Hacienda Pública en la compra de Aerolíneas Argentinas por Air Comet.
Suma y sigue en un total de más de 9 años de condena al que fuere flamante presidente nacional de la Confederación de Empresarios Españoles ( CEOE), y que resulta que lo único que en realidad era,  es ladrón, estafador,  integrante de banda criminal,  evasor de impuestos y  todo un delincuente con mayúsculas.
El mismo delincuente aupado por la patronal, que en todo momento era y es consciente de sus trapos sucios ( no en vano hasta el actual presidente Rosell sigue abogando por la “inocencia” de su predecesor..), y que vio en su figura la del valioso tonto útil que vocearía sin descanso los mantras ordenados.
Llegamos al presente, y el mensaje sigue igual, inalterado e impasible el ademán como más de uno de los apellidos de dicha patronal recuerda con nostalgia. A fecha de hoy, y tomando como referencia el año 2004 del citado Fontenla, ( con anterioridad España ya habia transitado por trece reformas laborales con el mismo propósito), se han producido cuatro reformas laborales, todas ellas flexibilizando cada vez más el mercado de trabajo, e inclinando la balanza ,sin ningún tipo de pudor ni recato, en detrimento de la parte débil: el trabajador.
Joan Rosell, actual presidente de la CEOE y sucesor en el cargo al delincuente confeso el “Sr.” Diaz Ferrán, y siguiendo la hoja de ruta marcada, tal y como decíamos al principio,  hace escasos cinco meses acusaba a los trabajadores fijos de ser los causantes de la precariedad laboral, afirmando que los trabajadores fijos tienen demasiados derechos, y se hace necesario “relajarlos”. No era nada nuevo, lleva repitiendo lo mismo desde hace varios años, simplemente cambiando alguna palabra por otra, como ocurría en agosto de 2013 en declaraciones a Onda Cero, donde volvía a decir que “es necesario quitar privilegios a los trabajadores indefinidos”..
Llegados a este punto, es conveniente recordar por si alguien lo desconoce, que desde su fundación allá por el año 1977, y cada vez con mayor poder e influencia, es la CEOE quien dicta, influye, ordena, configura y diseña todas y cada una de las reformas laborales llevadas a cabo en nuestro país. El modus operandi, al igual que sus intenciones, ha sufrido muy poca variación: Incremento de propaganda y presión mediática elevando sus pretensiones y augurando pobreza y miseria si no se siguen sus postulados, diseño de la Reforma Laboral de turno sin parecer que se hace, publicación de la Reforma y de nuevo otra campaña mediática publicitando su malestar y queja por la “insuficiencia” de dicha Reforma o por la “suavidad” de la misma.
El resultado es evidente: con cada reforma se logra arrebatar y extinguir parte de los derechos sociales adquiridos y se logra avanzar un poco mas en la pretendida completa flexibilización del mercado laboral, una flexibilización que persigue la ausencia o mínima capacidad de control , supervisión y  regulación pública  en los procesos de contratación y despido, la ausencia de obligaciones de salarios mínimos, la ausencia de pactos salariales, y la conducción del trabajador para que sea éste quien , de manera individualizada, negocie su remuneración con el empresario en base a términos o condiciones fijados de antemano por la empresa , en una relación desigual en la que la negociación parte desde posiciones muy diferentes: débil la del trabajador y dominante la de la empresa.
Joan Rosell es consejero desde el año 2007 de Caixabank, antes conocida como “La Caixa”, la misma “Caixa” que tiene en nómina en Suiza como directora Internacional de la Fundación de dicha entidad bancaria a una tal Cristina de Borbon, a la sazón hija de quien fue “Rey” de España, Juan Carlos y hermana del actual, Felipe.
En menos de diez años, La Caixa subió más del 200% el salario a Cristina, abonándole una cantidad actual que ronda los 240.000 € anuales. Por supuesto, tan pronto como el escándalo Noos se hubo hecho de dominio público, el banco se apresuró a ofrecerle un destino fuera de España , concretamente en Ginebra ( Suiza), para seguir con su “gestión” sea esta cual fuere.
Sólo queda preguntarnos si el consejo del señor Rosell en dicha entidad pasó por pagar un cuarto de millón de euros a una persona que, para con sus propias empresas, ( las que tiene con su marido y yernísimo Urdangarín), resulta que firmaba las cosas sin mirar, afirmaba desconocer lo que se desarrollaba en ellas, y permanecía ajena a cualquier negocio llevado a cabo desde las mismas, mientras seguía firmando cada documento, contrato, papel o escrito que le llegaba.
Para la Caixa, y su consejero Rosell, los derechos de Cristina como indefinida  siempre serán pocos.
Juan Rosell tambien fue consejero de Enher,  empresa eléctrica que fue absorbida y fusionada con ENDESA, y que se vio envuelta en no pocos negocios, cuanto menos “sospechosos”. Sirva como ejemplo la adjudicación de la conducción y aprovechamiento hidroeléctrico del embalse de Yesa, en la que se cometieron todo tipo de irregularidades, miradas hacia otro lado y vulneraciones de las leyes medioambientales, en tanto en cuanto se hizo cuanto fue necesario para silenciar el grave daño, deterioro y perjuicio por el impacto ambiental que suponía. Hasta tal punto fue la presión e influencia para conseguir la obra (por supuesto, pagada con dinero publico), que Dolores Carrillo Dorado, por aquel entonces Directora General de Evaluación Ambiental, derogó  la vigente Declaración de Impacto Ambiental y “elaboró” otra nueva que ignorase el daño y satisficiera los intereses de los promotores.
Nadie como Rosell para explicar que, en temas de electricidad, los enchufes son un elemento básico.
La lista de consejerías es realmente grande ( Enher, Endesa, Uniland, Siemens, Aguas de Barcelona, Caixa Bank , Gas Natural o Applus..) , sólo con ver dichos nombres cualquiera se puede imaginar la limpieza del tablero en el que juega.
Consejerías aparte, Joan Rosell era propietario de Tecnitoys, la empresa que fabricaba los “Scalextric”, y que se declaró en quiebra y concurso de acreedores ( conviene tener muy en cuenta que el actual uso generalizado que se da a la figura del concurso no es otro que el de liberarse de parte del pasivo o deudas pendientes, logrando de este modo la continuidad de la empresa gracias al impago acordado o impuesto a los acreedores, que no tienen otra alternativa entre cobrar la mitad o no cobrar nada), contando en dicho momento entre sus accionistas a su propio padre Juan Rosell Codinachs, el grupo Planeta y el grupo Arnau.
En el momento de la declaración de quiebra, su pasivo alcanzaba los 14 millones de euros, mientras que su principal activo, Scalextric, misteriosamente, había sido previamente vendido al grupo Borrás por una cifra desconocida. Tan desconocida como el numero de acreedores que vio como la empresa bajaba la persiana y dejaba de pagarles las facturas pendientes.
Cualquiera podría llegar a dudar y pensar que Tecnitoys vendió los activos de la empresa de manera fraudulenta para no tener que perder dinero sus propietarios a la hora de hacer frente a las obligaciones y deudas pendientes….cualquiera menos los trabajadores que se fueron a la calle y los acreedores que se quedaron sin cobrar todo o parte de lo que se les debía, éstos lo tenian más que claro.
Desde la patronal, se actúa como lobby al servicio de los intereses propios, unos intereses que no representan ni tan siquiera el 2% de la sociedad española, pero que nada serían sin la existencia del 98% restante y sin que éste se hallase a su servicio.
Las empresas del IBEX 35, actualmente emplean a 1,12 millones de personas, lo que supone sobre el total de población activa, ( 22.8 millones) que “dan” trabajo directo a únicamente el 4.91 % de la misma.
Pagan menos en impuestos que en el reparto de dividendos a sus accionistas. Todas ellas, prácticamente sin excepción, están en situación de default técnico, o quiebra , por más que se intente afirmar que sólo el 40%  de las mismas se halla en dicha realidad. Sostenidas por operaciones crediticias, inyecciones de dinero público y contratos a costa del ciudadano de a pie, mantienen complejos entramados societarios en los más diversos paraísos fiscales, para garantizar el adecuado trasvase de fondos ( en castellano se llama evasión) y no tener que tributar en España, cobrando del país pero pagando nada o lo mínimo para no levantar sospechas, y saqueando las arcas publicas de la manera más vergonzosa y ruin que uno pueda llegar a imaginar.
Asientos en consejos de administración, donde justificar el cobro de una nómina y pagar por los servicios prestados a una interminable caterva de políticos que vendieron y siguen vendiendo lo que queda de país al mejor postor, han hecho del concepto de puertas giratorias un modo de vida del mismo modo que las hienas lo hicieron a base de devorar carroña.
El único objetivo, es el mismo que se pretende desde las tesis liberales : reducir el Estado a la minima expresión posible, desproveer de cualquier sistema de protección social y capacidad de control o regulación públicos, dividir y aislar al trabajador para que éste compita a la baja por su trabajo, y soñando con que llegue el dia en que  sólo pida comida a cambio de trabajar.
La flexibilidad, no se puede imponer en la mayoría de países europeos de manera inmediata y repentina, por lo que se hace necesario ir aplicándola de manera paulatina, poco a poco, arañando con cada reforma laboral un poco más de protección al débil y un poco más de derechos, hasta llegar a conseguir la flexibilización pretendida sin que la sociedad se dé cuenta de ello, y por supuesto, para cuando dicho momento llegue, sin que dicha sociedad tenga ya mecanismos o resortes para reaccionar y rebelarse.
Esa rebelión o capacidad de reacción,  hace ya mucho tiempo que dejó de ser una realidad, para convertirse en una palabra de ficción, más cercana a los cuentos de hadas que a la capacidad de todos para defender ya no sólo nuestros derechos, sino la propia supervivencia a futuro.
Rosell sabe muy bien que cuenta a su favor no con miles, sino con millones de españoles que seguirán afirmando aquello de “Son quienes me pagan, yo no quiero saber nada de nada ni meterme en problemas…..”
Mientras, en España, durante el año 2015 se alcanzó el máximo histórico de contratos temporales firmados: 17,07 millones frente a un mísero dato de 1,5 millones de contratos indefinidos.
Actualmente la duración media del contrato precario en España ( del contrato temporal) es de 53,4 dias.
Y es sólo el principio, todavía queda mucha precariedad por llegar.
Pueden estar completamente seguros.

Antonio J. Mayor